Norma Legal Oficial del día 09 de agosto del año 2012 (09/08/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, jueves 9 de agosto de 2012

NORMAS LEGALES

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Proyecto de Inversion Publica ­ PIP de Emergencia, cuya meta, actividades, estructura de costos de las partidas y subpartidas, monto total y plazo de ejecucion, aprobado en la Ficha Tecnica de PIP de Emergencia, deben ser respetados en la etapa de ejecucion. Articulo 2º.- Encargar a la Oficina de Administracion del INDECI, las acciones para la Transferencia Financiera aprobada en el Articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Forman parte de la presente Resolucion los Anexos Nºs. 02, 03 y 04, en cinco (05) folios, referidos al control y seguimiento de las metas fisicas y financieras, a fin de que la Unidad Ejecutora reporte mensualmente los avances hasta la culminacion del PIP, los mismos que seran remitidos al INDECI. Articulo 4º.- La Unidad Ejecutora beneficiada debera sujetarse a las obligaciones y procedimientos establecidos en las Directivas Nº 001-2012-EF/63.01, aprobada por Resolucion Directoral Nº 001-2012-EF/63.01 y Nº 0022012-EF/63.01, aprobada por Resolucion Ministerial Nº 069-2012-EF/15, el Decreto de Urgencia Nº 008-2012 y sus normas complementarias sobre la materia, para la ejecucion de los Proyectos de Inversion Publica (PIP) de Emergencia declarados elegibles por la Direccion General de Politicas y Normas del Ministerio de Economia y Finanzas, cuyo incumplimiento derivara en las responsabilidades y acciones legales a las que hubiere lugar. Articulo 5º.- Encargar a la Direccion Nacional de Logistica la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 6º.- Encargar a la Oficina de Estadistica y Telematica disponer la Publicacion de la presente Resolucion y sus Anexos en el MORDAZA Institucional (www. indeci.gob.pe). Articulo 7º.- Disponer que la Secretaria General e Imagen Institucional registre la presente Resolucion en el Archivo General del INDECI, y remita MORDAZA autenticada por Fedatario a la Empresa Municipal de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Amazonas SRL ­ EMUSAP SRL, Provincia de Chachapoyas, del Departamento de Amazonas, al Gobierno Regional de Amazonas, a la Sub Jefatura, a las Oficinas de Asesoria Juridica, de Planificacion y Presupuesto y de Administracion y a la Direccion Nacional de Proyectos Especiales, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA E. MURGUEYTIO MORDAZA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 825462-7 RESOLUCION JEFATURAL Nº 161-2012-INDECI 5 de MORDAZA de 2012 VISTOS: El Oficio Nº 1089-2012-EF/63.01 y el Informe Nº 204-2012-EF/63.01 de fecha 02.ABR.2012, de la Direccion General de Politica de Inversiones del Ministerio de Economia y Finanzas, el Oficio Nº 1736-2012/INDECI/4.0 del 10.MAY.2012 y el Memorandum Nº 343-2012-INDECI/14.0 del 05.JUL.2012 de la Direccion Nacional de Proyectos Especiales del INDECI, sus antecedentes, y; CONSIDERANDO: Que, la Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29813, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, dispone que en la Reserva de Contingencia se ha incluido hasta la suma de S/. 50 000 000,00 (CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES) a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), para destinarla a las acciones que realice durante el Ano Fiscal 2012, a fin de brindar una respuesta oportuna ante desastres de gran magnitud, que permita mitigar los efectos daninos por el inminente impacto de un fenomeno natural o antropico declarado, determinado por el organismo publico tecnico-cientifico competente, y rehabilitar la infraestructura publica existente. Ademas, en caso de ser necesario, para mitigar los efectos daninos a la actividad agropecuaria altoandina, se considera una respuesta oportuna la provision de forraje, alimentos para ganado, vacunas y vitaminas para animales;

Que, asimismo la mencionada Disposicion exceptua de la declaracion de viabilidad y autoriza al Ministerio de Economia y Finanzas para aplicar un procedimiento simplificado para determinar la elegibilidad, a propuesta de la Direccion General de Politica de Inversiones, como requisito previo para la ejecucion de los proyectos de inversion publica que apruebe la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 001-2012EF/63.01, se aprobo la Directiva Nº 001-2012-EF/63.01, "Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refiere la Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29813, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012"; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 069-2012EF/15, se aprobo la Directiva Nº 002-2012-EF/63.01, "Directiva del Procedimiento Simplificado para determinar la Elegibilidad de los Proyectos de Inversion Publica de Emergencia ante la presencia de Desastres de Gran Magnitud"; Que, el numeral 9.1 de la Directiva Nº 001-2012EF/63.01, senala que ocurrido el desastre de gran magnitud o declarado oficialmente el peligro inminente del mismo por el organismo publico tecnico cientifico competente, las Entidades asignaran los recursos presupuestarios para la atencion de las emergencias realizando las modificaciones presupuestarias que correspondan, en el MORDAZA de las disposiciones legales vigentes y, solo en el caso que no cuenten con la disponibilidad de recursos presupuestarios, el Titular de la Entidad solicitara al INDECI los recursos a que se refiere la Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29813, de acuerdo a lo establecido en la Directiva mencionada; Que, a traves del Oficio Nº 1089-2012-EF/63.01 y el Informe Nº 204-2012-EF/63.01 de Vistos, la Direccion General de Politica de Inversiones del Ministerio de Economia y Finanzas, entre otros, declaro elegible y aprobo siete (07) Fichas Tecnicas de Proyectos de Inversion Publica ­ PIP de Emergencia, solicitados por el Gobierno Regional de MORDAZA, correspondientes a la Municipalidad Distrital de Cabanaconde, Provincia de Caylloma, del Departamento de MORDAZA, denominados "Rehabilitacion de la bocatoma Ayrampo de la Comision de Regantes Campina producidos por la crecida del Rio Cabanaconde y entrada de huaycos el dia 7 de febrero en el Distrito de Cabanaconde, Provincia de Caylloma, Region Arequipa", "Rehabilitacion de la bocatoma MORDAZA de la Comision de Regantes Campina producidos por la crecida del Rio Cabanaconde y entrada de huaycos el dia 7 de febrero en el Distrito de Cabanaconde, Provincia de Caylloma, Region Arequipa", "Rehabilitacion de la bocatoma Cusqui de la Comision de Regantes Campina producidos por la crecida del Rio Cabanaconde y entrada de huaycos el dia 7 de febrero en el Distrito de Cabanaconde, Provincia de Caylloma, Region Arequipa", "Rehabilitacion de la bocatoma Kallimarca de la Comision de Regantes Campina producidos por la crecida del Rio Cabanaconde y entrada de huaycos el dia 7 de febrero en el Distrito de Cabanaconde, Provincia de Caylloma, Region Arequipa", "Rehabilitacion de la bocatoma Liguay de la Comision de Regantes Campina producidos por la crecida del Rio Cabanaconde y entrada de huaycos el dia 7 de febrero en el Distrito de Cabanaconde, Provincia de Caylloma, Region Arequipa", "Rehabilitacion de la bocatoma Pueblo de la Comision de Regantes Campina producidos por la crecida del Rio Cabanaconde y entrada de huaycos el dia 7 de febrero en el Distrito de Cabanaconde, Provincia de Caylloma, Region Arequipa" y "Rehabilitacion de la bocatoma MORDAZA de la Comision de Regantes Campina producidos por la crecida del Rio Cabanaconde y entrada de huaycos el dia 7 de febrero en el Distrito de Cabanaconde, Provincia de Caylloma, Region Arequipa"; por el monto total de S/. 36 816,00 (TREINTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS DIECISEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES), senalando ademas que sera financiado con recursos de la Reserva de Contingencia, establecidos en la Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29813 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012; Que, mediante el Oficio Nº 1736-2012/INDECI/4.0, el Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, solicita al Ministerio de Economia y Finanzas la aprobacion del Decreto Supremo que permitira atender el requerimiento solicitado por el Gobierno Regional de Arequipa;

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