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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 25 de agosto de 2012 473365 POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI, en Sesión Extraordinaria de fecha 13 de julio del 2012, con el voto por Mayoría del Consejo Regional y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 101º del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, aprobó el siguiente Acuerdo Regional: Primero.- AUTORIZAR la Transferencia del bien inmueble de propiedad del Gobierno Regional de Ucayali a favor de la Corte Superior de Justicia de Ucayali-Poder Judicial, el mismo que se encuentra ubicado en el Lote 05 de la Manzana 46D del Plano Regulador de Pucallpa, ubicado en el Jr. Ucayali, cuya anotación de inscripción de la partida es la Nº 00006254 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Pucallpa; Segundo.- Se comunique a la Corte Superior de Justicia de Ucayali, que presente al Consejo Regional, previa autorización el plan de inversión acreditando los respectivos planos y estudios técnicos legales para la ejecución de la obra, Se deja constancia el voto en contra del Consejero Regional Sr. Rómulo Javier Bonilla Pomachari; Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Administración del Gobierno Regional de Ucayali, publicar el presente Acuerdo Regional en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en un diario de circulación local y a la Ofi cina de Sistemas su difusión en el portal Institucional del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob. pe); POR TANTO: Mando se publique y cumple. ORISON ARMANDO LEVEAU BARTRA Consejero Delegado Consejo Regional 832561-1 Aprueban solicitud de transferencia de obras de electrificación a favor de Electro Ucayali S.A. CONSEJO REGIONAL DE UCAYALI ACUERDO Nº 093-2012-GRU/CR Pucallpa, 31 de julio del 2012 POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI, en Sesión Ordinaria de fecha 18 de julio del 2012, con el voto por Mayoría del Consejo Regional y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 101º del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, aprobó el siguiente Acuerdo Regional: Primero.- APROBAR la solicitud de Transferencia de Obras de Electrifi cación a favor de Electro Ucayali SA, de las siguientes obras: 1. Electrifi cación AA.HH. La Paloma, Red Primaria y Secundaria; 2. Electrifi cación Alumbrado Público “Los Nogales”; 3. Electrifi cación Red Primaria y Secundaria “San Lorenzo”; 4. Electrifi cación y Alumbrado Público “Jr. Abraham Valdelomar”; 5. Complementación del Canal Aductor Central Hidroeléctrica “Canuja”; 6. Electrifi cación “Caserío Naranjal” Red de Distribución Secundaria en 380/220V; 7. Electrifi cación Red Primaria y Secundaria “Caserío Dos de Mayo”; 8. Electrifi cación Red Secundaria “Caserío San Pablo de Tushmo”; 9. Electrifi cación Red Primaria en 10 Kv. “Caserío La Florida”; 10. Electrifi cación Red Primaria y Secundaria “Urb. Primavera II Etapa”; 11. Electrifi cación Integral de los AA.HH. Pueblo Libre, La Molina, Santa Graciela” en 10 Kv; 12. Mejoramiento del Sistema Eléctrico de la “Localidad de Aguaytía”; 13. Electrifi cación ·CC.NN. San Francisco”; 14. Iluminación de la Losa Deportiva del “AA.HH. Los Rosales”; 15. Iluminación de la Losa Deportiva del “AA.HH. Próceres de la Independencia”; 16. Canal Aductor Central Hidroeléctrica Canuja-Atalaya, a fi n de dar cumplimiento a lo dispuesto por la ley Nº 29608 – Ley que aprueba la Cuenta General de la República correspondiente al Ejercicio Fiscal 2009, mediante el cual se establece las acciones de saneamiento de la Información Contable en el Sector Público; debiendo el Titular de la Entidad cumplir con remitir las acciones de saneamiento y los resultados alcanzados por el Comité de Saneamiento Contable al Congreso de la República y a la Dirección Nacional de Contabilidad Pública; Se deja constancia de los votos en abstención de los Consejeros Abog. Indira Mariana Urcia Arévalo y CPCC Manuel Antonio Poblete Vega; Segundo.- ENCARGAR a la Ofi cina Regional de Administración del Gobierno Regional de Ucayali la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Ofi cial El Peruano, en un diario de circulación regional y a la Ofi cina de Sistemas su difusión a través del portal Institucional del Gobierno Regional de Ucayali” (www. regionucayali.gob.pe). POR TANTO: Mando se publique y cumple. ORISON ARMANDO LEVEAU BARTRA Consejero Delegado Consejo Regional 832558-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE Modifican el D.A. Nº 012, en lo relativo al lugar donde se llevará a cabo Ceremonia de Matrimonio Civil Comunitario DECRETO DE ALCALDÍA Nº 023 Ate, 20 de agosto de 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; el Decreto de Alcaldía N° 012 de fecha 22 de junio de 2012; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 012 de fecha 22 de junio de 2012, se autorizó la realización del Matrimonio Civil Comunitario por el 191° Aniversario de la Creación Política del Distrito de Ate; asimismo, en su Art. 3° se establece como pago por derecho de Matrimonio Civil Comunitario la suma de S/. 50.00 (Cincuenta con 00/100 Nuevos Soles) por pareja; indicando los requisitos exigibles; en su Art. 4° se exonera la publicación de los Edictos Matrimoniales de los contrayentes, en virtud de lo señalado por el Art. 252° del Código Civil y en su Art. 5° se señala el cronograma de inscripción y se indica como fecha de Celebración del Matrimonio Civil Comunitario, el día domingo 26 de agosto de 2012, a horas 12:00 del mediodía en la Plaza de Armas del Distrito de Ate; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972;