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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE AGOSTO DEL AÑO 2012 (25/08/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 76

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 25 de agosto de 2012 473370 VISTO: El Informe Nº 049-2012-GPPR/MDSA de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, mediante el cual solicita la conformación del Comité Electoral, para proceso de elección de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local para el Distrito de Santa Anita para el período 2012 – 2014. CONSIDERANDO Que, acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades son los órganos de gobierno local y tiene autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia Que mediante Ordenanza Nº 00091/MDSA, se regulan el Procedimiento para el Proceso de Elección de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Concejo de Coordinación Local Distrital, señalando su conformación y funciones en los artículos 9º y 10º de esta misma norma; Que mediante Decreto de Alcaldía Nº 0009-2012/ MDSA, se aprueba el cronograma de elecciones de los representantes de las organizaciones de la Sociedad Civil ante el Concejo de Coordinación Local Distrital de Santa Anita para el período 2012 – 2014; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. DECRETA: Artículo Primero.- CONFORMAR el Comité Electoral para la Elección de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital – CCLD en el distrito de Santa Anita, período 2012 – 2014, según el siguiente detalle: • Presidente : Sra. JOVANA JANAMPA FUERTE – Subgerente de Desarrollo Humano e Inclusión Social • Secretario : Sr. MARCELINO LIPA HANCCO – Gerente de Rentas • Vocal : Sr. YEHUDI CHIRINOS BERROCAL – Gerente de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización • Suplente : Sra. MARIELA ALEJANDRO HUARAC – Jefa de Participación Vecinal Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios Públicos y Desarrollo Social y a la Subgerencia de Desarrollo Humano e Inclusión Social el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LEONOR CHUMBIMUNE CAJAHUARINGA Alcaldesa 832365-1 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN N° 696-2012-RASS Mediante Ofi cio Nº 758-2012-SG-MSS, la Municipalidad de Santiago de Surco solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución N°696-2012-RASS, publicada en la edición del día 19 de agosto de 2012. En el Artículo Segundo, en el Cuadro General de Distribución de Áreas DICE: ÁREA ÚTIL 13,99.80 ÁREA DE CIRCULACIÓN 6,579.60 DEBE DECIR: ÁREA ÚTIL 13,990.80 ÁREA DE CIRCULACIÓN 6,579.80 833154-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY Aprueban Reglamento Interno del Concejo (RIC) de la Municipalidad ORDENANZA MUNICIPAL Nº 007-2012-MDCH Chancay, 20 de julio de 2012. VISTO: En Sesión de Concejo Ordinaria de fecha 20 de julio del año en curso, el Dictamen Nº 007- 2012-GM/CGM, mediante el cual la Comisión en Gestión Municipal, pone a consideración el proyecto de ordenanza que aprueba el Reglamento Interno de Concejo (RIC); y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 194º de la Constitución Política, concordante con el Art. 2 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que las municipalidades son órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de conformidad con el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las Ordenanzas Municipales son normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicio públicos y las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa; Que, la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, en su artículo 9º Inc. 3) y 12, prescribe que es atribución del Concejo Municipal, aprobar su régimen de Organización Interior y Funcionamiento y aprobar por Ordenanza el Reglamento del Concejo Municipal; En uso de las facultades establecidas por los artículos 9º, 20º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972; y con el voto por mayoría de los señores Regidores se aprueba la siguiente ordenanza: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO INTERNO DE CONCEJO (RIC) Artículo Primero.- APROBAR el REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO (RIC) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY, el cual consta de 100 Artículos, XIII Títulos, 02 Disposición Transitorias y 01 Disposición Final, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DERÓGUESE, cualquier disposición que se oponga a la presente norma municipal. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando se registre, publique, cumpla y archive. JUAN A. ALVAREZ ANDRADE Alcalde 832208-1