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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 25 de agosto de 2012 473361 Autorizan a Financiera Confianza el traslado de agencia ubicada en el distrito y provincia de Huancayo, departamento de Junín RESOLUCIÓN SBS Nº 6073-2012 Lima, 15 de agosto de 2012 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Financiera Confi anza para que se le autorice el traslado de una agencia ubicada en el Distrito y Provincia de Huancayo, Departamento de Junín; y, CONSIDERANDO: Que, la empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentación pertinente para el traslado de la ofi cina solicitada; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfi nanciera “B”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley N° 26702 – Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y el Reglamento de Apertura, conversión, traslado o cierre de ofi cinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolución N° 775-2008 y modifi catorias; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS N° 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Financiera Confi anza el traslado de su agencia ubicada en la Esquina Calle Real N° 495 y Paseo de la Breña del Distrito y Provincia de Huancayo, Departamento de Junín, a su nuevo local ubicado en Calle Real N° 352, 354 y 356, Distrito y Provincia de Huancayo, Departamento de Junín. Regístrese, comuníquese y publíquese. DEMETRIO CASTRO ZARATE Intendente General de Microfi nanzas 832129-2 Autorizan viaje de funcionarios para participar en reuniones que se llevarán a cabo en Bolivia y Trinidad y Tobago RESOLUCIÓN SBS N° 6469-2012 Lima, 23 de agosto de 2012 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La comunicación cursada por el Ministerio de Relaciones Exteriores a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fi n de participar en la III Reunión de la Comisión Mixta Peruano – Boliviano sobre Cooperación en Materia de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible, Prevención del Consumo, Rehabilitación, Control del Tráfi co Ilícito de Drogas y sus Delitos Conexos, la misma que se llevará a cabo el 29 de agosto de 2012, en la ciudad de Santa Cruz, Estado Plurinacional de Bolivia; CONSIDERANDO: Que, en el indicado evento que contará con la participación de distintas autoridades de los gobiernos de Bolivia y Perú, se analizarán y discutirán, entre otros temas que conforman la agenda temática, aspectos relacionados con el intercambio de información y experiencias en investigaciones por el delito de lavado de dinero (legitimación de ganancias ilícitas), así como se revisarán los programas de capacitación en temas que son de competencia de esta Superintendencia; Que, en tanto los temas que se desarrollarán en el citado evento redundarán en benefi cio del ejercicio de las funciones de supervisión y regulación de la SBS, se ha considerado conveniente designar al señor David Cifuentes Mendoza, Analista Principal del Departamento de Análisis Operativo de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, quien representará a esta Superintendencia en la mencionada reunión de trabajo; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-15, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2012, estableciéndose en el Numeral 4.3.1., que se autorizarán los viajes al exterior de los funcionarios para eventos cuyos objetivos obliguen la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones ofi ciales que comprometan la presencia de sus trabajadores, así como para el ejercicio de funciones o eventos de interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia resulta necesario autorizar el viaje del citado funcionario, para participar en el referido evento, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y tarifa CORPAC serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2012; y, En uso de las facultades que le confi ere la Ley Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2012, N° SBS-DIR-ADM-085-15, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje al señor David Cifuentes Mendoza, Analista Principal del Departamento de Análisis Operativo de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú de la SBS, del 27 al 30 de agosto de 2012 a la ciudad de Santa Cruz, Estado Plurinacional de Bolivia para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irroguen el cumplimiento de la presente autorización, según se indica, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2012, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 878.14 Viáticos US$ 600.00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 833160-1 RESOLUCIÓN SBS N° 6470-2012 Lima, 23 de agosto de 2012 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES