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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 13 de diciembre de 2012 480793 Vivienda de Técnicos y Sub Ofi ciales Santa Beatriz de Villa, y; CONSIDERANDO: Que, a través del Expediente N° 139621-2012, de fecha 26 de julio de 2012 (fs. 01 al 111), la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, remite copia certifi cada de la Resolución Gerencial Nº 124-2012-MVES-GDU, de fecha 15 de junio de 2012 (fs. 103 al 106) y sus Rectifi catorias Resolución Gerencial Nº 258-2012-MVES-GDU (fs. 137 al 139) y Resolución Gerencial Nº 443-2012-MVES- GDU (fs. 169 y 170) de fechas 13 de setiembre y 15 de noviembre de 2012, respectivamente, que aprueban la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada para Uso Residencial de Densidad Media “R-4”, del terreno de 24,500.00 m2, ubicado en la Mz. A, Parcela N° 4, Distrito de Villa El Salvador, Provincia y Departamento de Lima, de propiedad de la Sra. Digna Villa Vda. De Concha con el 41.18% de acciones y derechos y de la Asociación de Vivienda de Técnicos y Sub Ofi ciales Santa Beatriz de Villa con el 59.19% de acciones y derechos, cuyo plazo para la ejecución de obras complementarias de Habilitación Urbana como son la construcción de pistas, veredas y la implementación de las áreas verdes, sea de treinta y seis (36) meses, bajo la supervisión y responsabilidad del Arquitecto Juan Mansilla Hurtado con Registro CAP N° 4394; asimismo habiendo cumplido con realizar los pagos de los défi cit de Aportes Reglamentarios a las entidades correspondientes, de conformidad al Plano signado Nº 1 y la Memoria Descriptiva actualizada, con el fi n de obtener la conformidad correspondiente; Que, con Informe N° 338-2012-MML-GDU-SPHU- DCO, de fecha 25 de setiembre de 2012 (fs. 142 al 145), la División de Control de Obras de esta Subgerencia manifi esta que la presente Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada para Uso Residencial de Densidad Media “R-4”, del terreno de 24,500.00 m2, aprobada por la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, mediante la Resolución Gerencial Nº 124-2012-MVES-GDU, de fecha 15 de junio de 2012 y , Resolución Gerencial N° 258-2012- MVES-GDU de fecha 13 de setiembre de 2012 cumple los Planes Urbanos en lo referente a zonifi cación; por cuanto el predio materia de evaluación respeta la zonifi cación con la que se encuentra califi cada como Residencial de Densidad Media-R4 de conformidad a la Ordenanza N° 195-MML, vigente al momento de iniciar el presente trámite, a vías; por cuanto el terreno no se encuentra afecto a ninguna vía perteneciente al Sistema Vial Metropolitano, de conformidad a la Ordenanza N° 341-MML, con respecto a las vías locales Calles 1, 2, y 3, se propone una sección A-A y C-C de 9.00 ml y 12.00 ml. respectivamente, de acuerdo a los módulos establecidos por el RNC para vías locales secundarias; sin embargo, se observa que la sección A-A, no considera el módulo de estacionamiento de 1.80 ml, tal como lo establece la norma, para la Av. Los Algarrobos, se propone la Sección F-F, de 30.00 ml. con los módulos de acuerdo a lo establecido para vías local principal y para los Pasajes peatonales, si bien se han considerado las secciones mínimas establecidas, no se ha tomado en cuenta que la vereda debe tener como mínimo tres módulos y estar ubicado en el centro de la vía; sin embargo, las vías locales son competencia de la Municipalidad Distrital de conformidad al artículo 2° de la Ordenanza N° 786-MML y a aportes reglamentarios, por cuanto el trámite de Habilitación Urbana Ejecutada, iniciada en el año 2005, corresponde la aplicación de los aportes reglamentarios dispuestos en Ordenanza N° 292- MML, sin embargo, la Comisión Técnica, dictaminó con fecha 10 de agosto de 2006, la aplicación de los aportes reglamentarios dispuestos en la Ordenanza N° 836-MML, la propuesta presentada considera redimir en dinero parte de los aportes destinados a Recreación Pública, y la totalidad de los aportes a las otras entidades, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 10° de la Ordenanza N° 836-MML, concordante con el Reglamento Nacional de Construcciones y Ordenanza Nº 292-MML, para Habilitaciones Urbanas Ejecutadas, por lo que en ese sentido corresponde remitir los actuados al Área Legal para emitir el acto administrativo correspondiente; Que, mediante Informe Nº 466-2012-MML-GDU-SPHU- AL, de fecha 21 de noviembre de 2012 (fs. 173 al 175), el Área Legal de esta Subgerencia señala, que se encuentra acreditada la propiedad a favor de la ASOCIACIÓN DE VIVIENDA DE TÉCNICOS Y SUBOFICIALES SANTA BEATRIZ DE VILLA y la señora DIGNA VILLA VDA. DE CONCHA, del terreno de 24,500.00 m², el mismo que consta inscrito en la Partida Electrónica 42431923 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima - Zona Registral Nº IX (fs. 24, 152 al 154); en virtud del cual vienen tramitando el presente procedimiento administrativo de Habilitación Urbana; asimismo, en sujeción a los principios de Legalidad y Debido Procedimiento previstos en el Artículo IV, de la Ley Nº 27444 y, se advierte de los actuados que no se encuentra acreditado la totalidad de los propietarios, por cuanto la sumatoria realizada hace un total de 99.37% de acciones y derechos, siendo necesario la totalidad de los mismos para la tramitación de la Habilitación Urbana, hecho que si bien es cierto, no es materia de verifi cación por parte de este Corporativo; ello no limita para efectuar la recomendación pertinente a la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, en sujeción a los principios de Legalidad y Debido Procedimiento previstos en el Artículo IV, de la Ley Nº 27444 y, en su condición de ente competente para aprobar los procedimientos de Habilitaciones Urbanas en su jurisdicción, emitir el Acto Administrativo, guardando coherencia con la inscripción registral obrante en autos, a efectos de no incurrir en responsabilidad administrativa, prevista en el Art. 239º de la citada Ley, y en cumplimiento de la Ley Nº 26878 y Decreto de Alcaldía Nº 079, normas aplicables al presente procedimiento, en cuanto a quien solicita la Habilitación Urbana, es el propietario registral; Que, de acuerdo a la evaluación técnica y legal, señalada en los Informes Nº 338-2012-MML-GDU- SPHU-DCO y Nº 46662012-MML-GDU-SPHU-AL, de fechas 25 de setiembre y 21 de noviembre de 2012, respectivamente; la presente Habilitación Urbana, cumple los Planes Urbanos, en lo referente a zonifi cación, vías y a aportes reglamentarios; por lo que en observancia de la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878 y el Decreto de Alcaldía Nº 079, corresponde a esta Subgerencia Establecer la Conformidad de la Resolución Gerencial Nº 124-2012-MVES-GDU, de fecha 15 de junio de 2012 y sus Rectifi catorias Resolución Gerencial Nº 258- 2012- MVES-GDU (fs. 137 al 139) y Resolución Gerencial Nº 443-2012-MVES-GDU de fechas 13 de setiembre y 15 de noviembre de 2012, respectivamente, expedidas por la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador; Con el visto bueno de la División de Control de Obras y del Área Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y las Leyes Nº 26878, Ley Nº 27444, Reglamento Nacional de Edifi caciones - RNE, Ordenanzas Metropolitanas N° 195-MML, N° 341-MML, N° 836-MML y Reglamento Nacional de Construcciones; SE RESUELVE: Artículo 1°.- ESTABLECER LA CONFORMIDAD de la Resolución Gerencial Nº 124-2012-MVES-GDU, de fecha 15 de junio de 2012 y sus Rectifi catorias Resolución Gerencial Nº 258-2012-MVES-GDU (fs. 137 al 139) y Resolución Gerencial Nº 443-2012-MVES-GDU de fechas 13 de setiembre y 15 de noviembre de 2012, respectivamente, expedidas por la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, que Aprueba la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada para Uso Residencial de Densidad Media “R-4”, del terreno de 24,500.00 m2, ubicado en la Mz. A, Parcela N° 4, Distrito de Villa El Salvador, Provincia y Departamento de Lima, de propiedad de la Sra. Digna Villa Vda. De Concha con el 40.18% de acciones y derechos y de la Asociación de Vivienda de Técnicos y Sub Ofi ciales Santa Beatriz de Villa con el 59.19% de acciones y derechos, cuyo plazo para la ejecución de obras complementarias de Habilitación Urbana como son la construcción de pistas, veredas y la implementación de las áreas verdes, sea de treinta y seis (36) meses, bajo la supervisión y responsabilidad del arquitecto Juan Mansilla Hurtado con Registro CAP N° 4394; asimismo habiendo cumplido con realizar los pagos de los défi cit de Aportes Reglamentarios a las entidades correspondientes, de conformidad al Plano signado Nº 1 y la Memoria Descriptiva actualizada, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- RECOMENDAR a la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, dar fi el cumplimiento a la normatividad en materia de Habilitaciones Urbanas, en cuanto a quien solicita la Habilitación Urbana, es el