Norma Legal Oficial del día 13 de diciembre del año 2012 (13/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 13 de diciembre de 2012

Articulo 17°. Atribuciones de la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Republica Son atribuciones de la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Republica: 1. Aprobar la Politica General del Poder Judicial a propuesta del Consejo Ejecutivo. 2. Elegir en votacion secreta, entre sus magistrados jubilados o en actividad, al representante de la Corte Suprema ante el MORDAZA Nacional de Elecciones. 3. Elegir en votacion secreta al representante ante el Consejo Nacional de la Magistratura. 4. Sistematizar y difundir la jurisprudencia de las MORDAZA Especializadas de la Corte Suprema y disponer la publicacion trimestral de las ejecutorias que fijen principios jurisprudenciales que han de ser de obligatorio cumplimiento en todas las instancias judiciales. 5. Designar a los Jueces Supremos integrantes del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. 6. Designar al Juez Supremo Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura. 7. Ejercer el derecho a iniciativa legislativa. 8. Designar cada dos anos y con una votacion no menor al ochenta por ciento del total de Jueces Supremos, a dos Jueces Superiores Ad hoc titulares y con experiencia de cinco anos en el cargo, a los que se les asigna competencia a nivel nacional, encargados de resolver las solicitudes de operaciones especiales, a que se refiere la Ley del Sistema de Inteligencia Nacional ­ SINA y de la Direccion Nacional de Inteligencia ­ DINI. 9. Las demas que senala la Constitucion, la Ley y el Reglamento. Articulo 18°. Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial es el organo de direccion y gestion del Poder Judicial, cuya estructura organica asi como las funciones de las unidades organicas que la componen se regulan por la Ley Organica del Poder Judicial y su Reglamento de Organizacion y Funciones. Articulo 19°. Organos del Consejo Ejecutivo. El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial cuenta para el desarrollo de sus funciones con la Gerencia General y la Oficina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz y a la Justicia Indigena, como organos de linea; como organos de apoyo con el Centro de Investigaciones Judiciales, la Oficina de Organizacion de MORDAZA de Merito y de Antiguedad, la Oficina de Medicion del Desempeno Jurisdiccional y la Secretaria General del Consejo Ejecutivo; y como organos de asesoramiento, con la Oficina de Cooperacion Tecnica Internacional y Asesoria Legal. Articulo 20°. Funciones y Atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Son funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial: 1. Proponer a la Sala Plena de la Corte Suprema la Politica General del Poder Judicial y aprobar el Plan de Desarrollo del mismo. 2. Fijar el numero de Jueces Supremos Titulares. 3. Determinar el numero de MORDAZA Especializadas Permanentes y excepcionalmente el numero de MORDAZA Transitorias de la Corte Suprema. 4. Aprobar el Proyecto del Presupuesto del Poder Judicial, propuesto por la Gerencia General y ejecutarlo una vez sancionado legalmente, conforme a las normas de la materia. 5. Velar por el respeto de las atribuciones y garantias del Poder Judicial. 6. Resolver en MORDAZA instancia las reclamaciones contra los acuerdos y resoluciones de los Consejos Ejecutivos Distritales o de la Sala Plena de la Corte Superior, ante la inexistencia de los primeros. 7. Acordar el horario del Despacho Judicial de la Corte suprema. 8. Aprobar el cuadro de Terminos de la Distancia, asi como revisar periodicamente el valor de los costos, multas y depositos correspondientes y otros que se establezcan en el futuro. 9. Distribuir la labor individual o por comisiones, que corresponda a sus integrantes.

10. Absolver las consultas de caracter administrativo que formulen las MORDAZA Plenas de los Distritos Judiciales. 11. Dar cuenta al Congreso de la Republica y al Ministerio de Justicia de los vacios y deficiencias legislativas que encuentren los magistrados en el ejercicio de sus funciones, asi como de las contradicciones e incompatibilidades constitucionales, sin perjuicio de la iniciativa que sobre este proposito pueda asumir directamente o por la Sala Plena de la Corte Suprema. 12. Definir anualmente la politica de desarrollo de la Justicia de Paz, asi como aprobar el Reglamento de aranceles por diligencias y actividades especiales que deban realizar los jueces de Paz; el Reglamento de eleccion y seleccion de jueces de Paz, y el Reglamento para la creacion y supresion de Juzgados de Paz. 13. Resolver conforme a su Reglamento, los asuntos relativos a traslados de los magistrados, funcionarios y demas servidores del Poder Judicial. 14. Fijar las cuantias y sus reajustes para determinar las competencias jerarquicas. 15. Designar comisiones de asesoramiento, investigacion y estudio. 16. Designar al Gerente General del Poder Judicial y a los demas funcionarios que le senale la Ley y los Reglamentos. 17. Crear Gerencias y Subgerencias dependientes de la Gerencia General, en consideracion a las necesidades del Poder Judicial. 18. Emitir los informes que le solicite el Congreso de la Republica; la Sala Plena de la Corte Suprema y el Fiscal de la Nacion, sobre los asuntos de su competencia y solicitar los que se relacionen con sus funciones. 19. Supervisar la conservacion y buen recaudo de los bienes incautados cuya libre disposicion esta supeditada a la resolucion de los juicios penales, conforme a ley. 20. Proponer a la Sala Plena de la Corte Suprema, en forma excepcional, la distribucion de causas entre las MORDAZA Especializadas, fijando su competencia a fin de descongestionar la carga judicial, pudiendo conformar MORDAZA Transitorias por un termino no mayor de tres meses, en casos estrictamente necesarios. 21. Asegurar la progresiva habilitacion y adecuacion de locales judiciales a nivel nacional, en los cuales funcionen los organos jurisdiccionales con su respectivo personal auxiliar. 22. Disponer y supervisar el desarrollo de los sistemas de informatica que faciliten una eficiente funcion de gestion, el eficaz control de la conducta funcional y del trabajo jurisdiccional de todos los miembros del Poder Judicial y la organizacion estadistica judicial, conforme con las propuestas que le formule la Gerencia General. 23. Celebrar toda clase de convenios de cooperacion e intercambio con entidades nacionales y extranjeras, dentro de la Constitucion y las leyes, para asegurar el financiamiento de sus programas y el cumplimiento de sus fines; en tal sentido fijar la metodologia pertinente y ejercer el control de la aplicacion de los fondos respectivos dando cuenta a la Sala Plena de la Corte Suprema. 24. Coordinar con la Academia de la Magistratura para el desarrollo de actividades de capacitacion para los magistrados. 25. Asegurar el pago integro de las remuneraciones de los magistrados y demas servidores del Poder Judicial, segun lo establecido en la Ley Organica. 26. Crear y suprimir Distritos Judiciales, MORDAZA de Corte Superiores y Juzgados, cuando asi se requiera para la mas rapida y eficaz administracion de justicia, asi como crear MORDAZA Superiores Descentralizadas en ciudades diferentes de las sedes de los Distritos Judiciales, de acuerdo con las necesidades de estos. La creacion de Distritos Judiciales se realiza en funcion de areas de geografia uniforme, la concentracion de grupos humanos de idiosincrasia comun, los volumenes demograficos, rural y MORDAZA, el movimiento judicial y ademas la existencia de vias de comunicacion y medios de transporte que garanticen a la poblacion respectiva un facil acceso al organo jurisdiccional. En todo caso, la creacion o supresion de Distritos Judiciales, MORDAZA de Cortes Superiores o Juzgados, se sustentan estrictamente en factores geograficos y estadisticos. 27. Reubicar MORDAZA de Cortes Superiores y Juzgados a nivel nacional, asi como aprobar la demarcacion de

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