Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 (13/12/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 43

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 13 de diciembre de 2012 480777 El Intendente General de Supervisión de Conductas VISTOS: El expediente N° 2012037930, así como el Informe N° 922-2012-SMV/11.1, del 03 de diciembre de 2012, de la Intendencia General de Supervisión de Conductas de la Superintendencia Adjunta de Supervisión de Conductas de Mercado; CONSIDERANDO: Que, el 06 de noviembre 2012, CA Perú Sociedad Agente de Bolsa SAC, alegando lo establecido en el artículo 28º del Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en el Registro Público del Mercado de Valores y en la Rueda de Bolsa, aprobado por Resolución SMV Nº 031-2012-EF/01 y sus normas modifi catorias, solicitó a la Bolsa de Valores de Lima S.A. la inscripción de las Cuotas de Participación del Fondo de Inversión denominado “IShares Gold Trust (IAU)” en el Registro Público de Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores y en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima; Que, el 28 de noviembre, mediante Carta DM- 147/2012, el Comité Especial de la Bolsa de Valores de Lima autorizó a CA Perú Sociedad Agente de Bolsa SAC para que actúe como Agente Promotor de las Cuotas de Participación del Fondo de Inversión denominado “IShares Gold Trust (IAU)”, adquiriendo desde este momento la calidad de Agente Promotor; Que, las Cuotas de Participación del Fondo de Inversión denominado “IShares Gold Trust (IAU)”, el mismo que se encuentra listado en la New York Stock Exchange – NYSE, bajo la modalidad de Exchange-Traded Fund (ETF), tienen como fi nalidad replicar el comportamiento del precio del oro, en cualquier momento, menos los costos y gastos propios de la administración del fondo; Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 132º, inciso a), de la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo Nº 861, y con lo establecido por el artículo 28º del Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en el Registro Público del Mercado de Valores y en la Rueda de Bolsa, el 15 de noviembre de 2012, la Bolsa de Valores de Lima S.A. comunicó a la Superintendencia del Mercado de Valores sus comentarios sobre la solicitud de inscripción de valores a la que se contrae la presente Resolución; Que, el 29 de noviembre de 2012, CA Perú Sociedad Agente de Bolsa SAC completó su solicitud de inscripción de las Cuotas de Participación del Fondo de Inversión denominado “IShares Gold Trust (IAU)” en el Registro Público de Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores Registro de Valores y en el Registro de la Bolsa de Valores de Lima; Que, de la revisión efectuada a la documentación presentada por CA Perú Sociedad Agente de Bolsa SAC, se ha concluido que esta cumple con lo requerido por la Superintendencia del Mercado de Valores, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 28º y 29º del Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en el Registro Público del Mercado de Valores y en la Rueda de Bolsa; Que, el artículo 2, numeral 2), de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas por los Órganos Decisorios de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobadas por Resolución N° 073-2004-EF-94.10, establecen que las resoluciones administrativas referidas a la inscripción de valores mobiliarios que pueden ser objeto de oferta pública primaria y secundaria, en el Registro Público del Mercado de Valores, deben ser difundidas a través del Boletín de Normas Legales del Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe); y, Estando a lo dispuesto por los artículos 17º y siguientes de la Ley del Mercado de Valores, los artículos 24°, 28º y 29º del Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en el Registro Público del Mercado de Valores y en la Rueda de Bolsa, los artículos 3° y 8° del Reglamento Interno de Inscripción y Exclusión de Valores en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima, así como el numeral 6 del artículo 46º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 216-2011-EF, que faculta a la Intendencia General de Supervisión de Conductas a disponer la inscripción de valores mobiliarios en el Registro Público del Mercado de Valores. RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la inscripción de las Cuotas de Participación del Fondo de Inversión denominado ““IShares Gold Trust (IAU)” en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 2º.- Disponer que la Bolsa de Valores de Lima proceda a inscribir los valores señalados en el artículo anterior, en su Registro de Valores de acuerdo a su Reglamento Interno de Inscripción y Exclusión de Valores. Artículo 3º.- Publicar la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe). Artículo 4º.- Transcribir la presente Resolución a CA Perú Sociedad Agente de Bolsa SAC, en su calidad de Agente Promotor; a la Bolsa de Valores de Lima S.A., y; a CAVALI S.A. ICLV. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALIX GODOS Intendente General Intendencia General de Supervisión de Conductas 875416-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Dejan sin efecto designación de Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Arequipa RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 154-3I0000/2012-000614 Arequipa, 3 de diciembre de 2012 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución de Intendencia Nº 154 3I0000/2011-000309 publicada el 11.06.2011, se designó a la Econ. Liliana Virginia Diaz Naiza como Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Arequipa; Que, es necesario dejar sin efecto la designación del citado Auxiliar Coactivo en mérito al Memorando N° 01255-2012-SUNAT/3I0000 al haber sido asignado a una nueva unidad organizacional; Que, el artículo 4° de la Resolución de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT ha facultado al Intendente de la Aduana Marítima del Callao, Intendente de la Aduana Aérea del Callao, Intendente de Fiscalización y Gestión de Recaudación Aduanera, Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales, Intendentes de Aduanas desconcentradas y en los Intendentes Regionales de la SUNAT a designar, mediante Resoluciones de Intendencia, a los trabajadores que se desempeñarán como auxiliares coactivos dentro del ámbito de competencia de cada una de esas Intendencias; En uso de las facultades conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, el mismo que se aprueba con Decreto Supremo N° 115-2002-PCM; y la Resolución de Superintendencia N° 216-2004-SUNAT; SE RESUELVE: Artículo Único.- Dejar sin efecto la designación como Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Arequipa a la Econ. Liliana Virginia Diaz Naiza. Regístrese, comuníquese y publíquese. ADA ROCÍO FRANCO MARCOS Intendente Intendencia de Aduana de Arequipa 876988-1