Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2012 (02/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 2 de febrero de 2012 5.001783 : Gestion para la promocion y desarrollo de MORDAZA Urbanos Marginales 30 602 405,00 ============ 30 602 405,00 ============ En Nuevos Soles Instancias Descentralizadas Gobiernos Locales 1 : Recursos Ordinarios

PODER EJECUTIVO ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, para financiar la ejecucion de Proyectos de Inversion Publica de Infraestructura MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 027-2012-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el literal a) del articulo 4° de la Ley Nº 27792 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, establece que es funcion del Ministerio disenar, normar y ejecutar la politica nacional y acciones del sector en materia de vivienda, urbanismo, construccion y saneamiento, asi como ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo MORDAZA y saneamiento conforme a Ley; Que, el articulo 11° de la Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, establece que en el Ano Fiscal 2012, los recursos publicos asignados en los presupuestos institucionales de las entidades del Gobierno Nacional para la ejecucion de proyectos de inversion en los gobiernos regionales o los gobiernos locales, se transfieren bajo la modalidad de modificacion presupuestaria en el nivel institucional, aprobada mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro del sector correspondiente y por el Ministro de Economia y Finanzas, previa suscripcion de convenio; Que, mediante el Memorandum Nº 012-2012/VIVIENDAVMVU-PIMBP, el Director Ejecutivo del Programa Mejoramiento Integral de MORDAZA del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, emite opinion favorable y solicita se gestione el dispositivo de aprobacion de una Transferencia de Partidas de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento - Administracion General a favor de diversos Gobiernos Locales, por un monto de TREINTA MILLONES SEISCIENTOS DOS MIL CUATROCIENTOS CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 30 602 405,00) para la ejecucion de 27 proyectos de inversion publica de infraestructura MORDAZA, declarados viables en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica - SNIP, para los cuales se han suscrito los Convenios y/o Adendas correspondientes; Que, mediante el Memorandum Nº 175-2012/VIVIENDAOGPP, la Oficina General de Planificacion y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, informa sobre la disponibilidad presupuestal con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios del Presupuesto Institucional 2012 del Pliego 037 Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento-Administracion General, para el financiamiento de la Transferencia de Partidas por un monto de TREINTA MILLONES SEISCIENTOS DOS MIL CUATROCIENTOS CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.30 602 405,00), senalada en el considerando precedente; De conformidad con lo establecido por el articulo 11º de la Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012; DECRETA: Articulo 1°.- Objeto 1.1. Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, hasta por la suma de S/. 30 602 405,00 (TREINTA MILLONES SEISCIENTOS DOS MIL CUATROCIENTOS CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES), para financiar la ejecucion de 27 proyectos de inversion publica de infraestructura MORDAZA, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA CATEGORIA PRESUPUESTAL PRODUCTO En Nuevos Soles : Gobierno Central 037 : Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento 001 : Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento Administracion General 9002 : Asignaciones Presupuestales que no resultan en productos 3.999999 : Sin producto

ACTIVIDAD

GASTO DE CAPITAL 2.4. Donaciones y Transferencias TOTAL EGRESOS A LA: SECCION MORDAZA PLIEGOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO

GASTO DE CAPITAL 2.6. Adquisicion de Activos no Financieros 30 602 405,00 TOTAL EGRESOS

============ 30 602 405,00 ============

1.2. Los Pliegos habilitados en la seccion MORDAZA del presente articulo y los montos de transferencia por Pliego y proyecto, se detallan en el Anexo "Transferencia de Partidas del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento a favor de los Pliegos de los Gobiernos Locales para la ejecucion de Proyectos de Inversion Publica de Infraestructura Urbana" que forma parte integrante del presente Decreto Supremo y se publica en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe) en la misma fecha de la publicacion oficial de la presente norma. Articulo 2°.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitadores y habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1° de la presente MORDAZA, a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23° de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, instruiran a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3°.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de las transferencias a que hacen referencia el articulo 1° del presente Decreto Supremo, no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4º.- Plazo para el inicio del MORDAZA de seleccion Los Gobiernos Locales senalados en el Anexo del presente dispositivo, segun corresponda, iniciaran en un plazo no mayor a diez (10) dias habiles, a partir de la publicacion del presente Decreto Supremo, el MORDAZA de seleccion correspondiente para la ejecucion del proyecto a su cargo. Articulo 5°.- Informacion Los Pliegos habilitados informaran al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, los avances fisicos y financieros de la ejecucion de los proyectos a su cargo, con relacion a su cronograma de ejecucion y a las disposiciones contenidas en los Convenios y/o Addendas correspondientes, para efectos de las acciones de verificacion y seguimiento a que se refiere el numeral 11.2 del articulo 11° de la Ley N° 29812. Articulo 6°.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dos dias del mes de febrero del ano dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento

749196-1

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