Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2012 (02/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 2 de febrero de 2012

Comite Distrital de Seguridad Ciudadana de Brena - MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de Lince y San MORDAZA Comite Distrital de Seguridad Ciudadana de Lince y San MORDAZA - Primer Juzgado de Paz Letrado del Modulo Basico de Justicia de San MORDAZA de Lurigancho Comite Distrital de Seguridad Ciudadana de San MORDAZA de Lurigancho - MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA y San MORDAZA Comite Distrital de Seguridad Ciudadana de MORDAZA y San MORDAZA - MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de Surquillo Comite Distrital de Seguridad Ciudadana de Surquillo - Primer Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA MORDAZA Comite Distrital de Seguridad Ciudadana de MORDAZA MORDAZA - MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de Barranco y Miraflores Comite Distrital de Seguridad Ciudadana de Barranco y Miraflores - Primer Juzgado de Paz Letrado de MatucanaHuarochiri Comite Distrital de Seguridad Ciudadana de Huarochiri - Juzgado Mixto de Matucana-Huarochiri Comite Distrital de Seguridad Ciudadana de Matucana - Primer Juzgado de Paz Letrado de Chosica Comite Distrital de Seguridad Ciudadana de Chosica - Primer Juzgado de Paz Letrado de Chaclacayo Comite Distrital de Seguridad Ciudadana de Chaclacayo - MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de La MORDAZA Comite Distrital de Seguridad Ciudadana de La MORDAZA - MORDAZA Juzgado de Paz Letrado del MORDAZA Comite Distrital de Seguridad Ciudadana del MORDAZA - MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de Pueblo Libre Comite Distrital de Seguridad Ciudadana de Pueblo Libre - Primer Juzgado de Paz Letrado de San MORDAZA Comite Distrital de Seguridad Ciudadana de San MORDAZA - Primer Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA MORDAZA Comite Distrital de Seguridad Ciudadana de MORDAZA MORDAZA - MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de San MORDAZA Comite Distrital de Seguridad Ciudadana de San MORDAZA - Primer Juzgado de Paz Letrado de Ate Vitarte Comite Distrital de Seguridad Ciudadana de Ate Vitarte - Primer Juzgado de Paz Letrado del Modulo Basico de Justicia de Huaycan. Comite Distrital de Seguridad Ciudadana de Huaycan" Articulo Cuarto.- DISPONER que la labor a desempenar por los Senores Magistrados mencionados, como integrantes de los Comites de Seguridad Ciudadana, es en adicion a sus funciones jurisdiccionales y a las labores propias de su cargo. Articulo Quinto.- Los Senores Magistrados deberan informar periodicamente de la labor desarrollada como integrante de los Comites Distritales de Seguridad Ciudadana; informes que deberan ser encaminados a traves de la Representante del Comite Provincial de Seguridad Ciudadana o su alterna; que debera informar a este Despacho con una periodicidad TRIMESTRAL o cuando sea requerida, sobre la labor que se viene desempenando. Articulo Sexto.- PONER la presente Resolucion en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina de Control de la Magistratura, Oficina Distrital de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, Oficina de Administracion Distrital ­ Gerencia

de Administracion Distrital, de la Corte Superior de Justicia de Lima. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA LAMA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 748577-1

Oficializan Acuerdo de Sesion de Sala Plena Extraordinaria referido a proclamacion de integrantes del Registro Distrital Transitorio de Jueces Supernumerarios, declaracion de candidata en reserva del Distrito Transitorio de Jueces Supernumerarios y establecimiento de orden de prelacion del llamamiento para designacion de Jueces Supernumerarios
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 1297-2011-P-CSJMO-PJ MORDAZA, nueve de Diciembre Del dos mil once.VISTOS: El Acta de Sesion Extraordinaria de Sala Plena de fecha 24 de Octubre del 2011; y, CONSIDERANDO: Primero.- El articulo 65° de la Ley 29277, Ley de la MORDAZA Judicial, define y clasifica los niveles de los Jueces en Titulares, Provisionales y Supernumerario; definiendo a estos ultimos como: "aquellos que no habiendo obtenido la plaza de Juez Titular aceptan incorporarse al registro de Jueces Supernumerarios en su nivel, siempre y cuando se encuentren en el cuadro de aptos elaborado por el Consejo Nacional de la Magistratura, a efectos de cubrir plazas vacantes conforme al articulo 239° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial". Segundo.- El articulo 239° del T.U.O. de la Ley Organica del Poder Judicial prescribe que "El consejo Ejecutivo del Poder Judicial nombra los Jueces Supernumerarios Superiores y Especializados de la lista de aptos que elaborado por el Consejo Nacional de la Magistratura en estricto orden de meritos y en el numero no mayor del treinta por ciento (30%) de los titulares, para cubrir las vacantes que se produzcan; solo asumen las funciones cuado no MORDAZA reemplazantes habiles conforme a ley, previa designacion de la Presidencia, Los Consejos Ejecutivos Distritales o las Cortes Superiores en su caso, reglamentan la aplicacion del referido articulo" Tercero.- El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante Resolucion Administrativa N° 243-2009-CE-PJ, de fecha 03 de agosto del 2009, teniendo en cuenta que a esa fecha no se contaba con la lista de aptos elaborada por el Consejo Nacional de la Magistratura para proceder al nombramiento de Jueces Supernumerarios en los Organos Jurisdiccionales Permanentes y Transitorios de este Poder del Estado, dispuso el establecimiento transitorio de un Registro de Abogados Habiles, con el fin de que asuman funciones en dicha condicion; para ello se desarrollo un procedimiento unico a nivel nacional de convocatoria, calificacion y seleccion bajo similares exigencias impuestas para la seleccion de magistrados titulares, orientando a garantizar un mejor desempeno funcional de quienes no forman parte de la MORDAZA judicial, en la imparticion de justicia, por tal razon el Consejo Ejecutivo creo los Registros Distritales y Transitorios de Jueces Supernumerarios y aprobo su reglamento, dejandose expresa MORDAZA que tales registros tendran vigencia hasta que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial

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