Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2012 (02/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, jueves 2 de febrero de 2012

NORMAS LEGALES

460267

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO
Aprueban el Reglamento Electoral del Consejo de Coordinacion Local del distrito
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 257-MDCH Chaclacayo, 26 de enero de 2012 VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo, referente al Reglamento para la Eleccion de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital de Chaclacayo, y; CONSIDERANDO: Que, los articulos 1° y 2°, numerales 2 y 17 de la Constitucion Politica del Peru establecen que la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y el Estado, y que toda persona tiene derecho a la igualdad ante la ley sin sufrir discriminacion por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religion, opinion, condicion economica o de cualquiera otra indole y a participar, en forma individual o asociada, en la MORDAZA politica, economica, social y cultural de la nacion, respectivamente; Que, asimismo, los articulos 197° y 199° de la referida Carta Magna establecen que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participacion vecinal en el desarrollo local y formulan sus presupuestos con la participacion de la poblacion y rinden cuenta de su ejecucion, anualmente, bajo responsabilidad, conforme a ley; Que, el articulo 102° de la Ley N° 27972 - Ley Organica de Municipalidades, define y establece la composicion del Consejo de Coordinacion Local Distrital asimismo el articulo 104° establece que entre sus funciones estara la coordinacion y concertacion del Plan de Desarrollo Municipal Distrital Concetado; Que, el articulo 42° inciso g) de la Ley de Bases de la Descentralizacion - Ley N° 27783, concordante con el articulo 73° numeral 5 de la Ley Organica de Municipalidades senalan que dentro de las competencias y funciones de los gobiernos locales esta el aprobar y facilitar los mecanismos y espacios de participacion, concertacion y fiscalizacion de la comunidad en la gestion municipal, debiendo principalmente promover, apoyar y reglamentar la participacion vecinal en el desarrollo local, organizando los registros de las organizaciones sociales y vecinales de sus jurisdiccion; Que, al MORDAZA del inciso 8 y 14 del Articulo 9° de la Ley N° 27972 - Ley Organica de Municipalidades, con la dispensa de lectura y aprobacion del acta y por unanimidad se ha emitido lo siguiente: ORDENANZA: Articulo Primero.- APROBAR el Reglamento Electoral de Consejo de Coordinacion Local del Distrito de Chaclacayo, el mismo que consta de veintitres (23) articulos, y cuyo texto forma parte integrante de la presente ordenanza. Articulo Segundo.- DEJAR sin efecto la Ordenanza N° 155-MDCH. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Unidad de Tecnologia de la Informacion y Comunicaciones la

publicacion del integro de la presente Ordenanza en la Pagina Web de la Municipalidad de Chaclacayo: www. munichaclacayo.gob.pe y en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y empresas: www.serviciosalciudadano.gob. pe. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y Gerencia de Desarrollo Social el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA E. VALCARCEL CAHEN MORDAZA 748395-1

Convocan a elecciones de representantes de las organizaciones de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital y designan Comite Electoral
DECRETO DE ALCALDIA Nº 001-2012 Chaclacayo, 26 de enero de 2012 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHACLACAYO: CONSIDERANDO: Que, por Ordenanza Municipal N° 257 se aprobo el Reglamento Electoral de Consejo de Coordinacion Local del Distrito de Chaclacayo, que su articulo 11° dispone que funcionarios seran los que conformaran el Comite Electoral. Que, asimismo, el articulo 14° y 15° del citado Reglamento establece que mediante Decreto de Alcaldia se convocara a elecciones de los representantes de las organizaciones del Distrito de Chaclacayo, ante el Consejo de Coordinacion Local senalando lugar, fecha y hora de realizacioon de las elecciones. Estando a lo expuesto, a las normas vigentes senaladas y en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades - Ley N° 27972; DECRETA: Articulo Primero.- DESIGNAR al Comite Electoral que conducira el MORDAZA, el que estara integrado por los siguientes miembros:
Titulares: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mieses MORDAZA MORDAZA MORDAZA Guedes Gerente de Desarrollo Social Jefe de la Division de Participacion Vecinal Gerente General Municipal Presidente Secretario Vocal

Suplentes: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente de Administracion y Finanzas MORDAZA MORDAZA Yanayaco MORDAZA Guiribalde MORDAZA Gerente de Planeamiento y Presupuesto Jefe de la Oficina de Control

Articulo Segundo.- CONVOCAR a elecciones de los representantes de las organizaciones de la sociedad civil del Distrito de Chaclacayo ante el Consejo de Coordinacion

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