Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2012 (02/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, jueves 2 de febrero de 2012

NORMAS LEGALES
FORMA DE PAGO MORDAZA cuota Tercera Cuota Cuarta Cuota PERIODO 07-2012 10-2012 01-2013

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SE RESUELVE: Articulo 1°.- DEFINICIONES Para efectos de la presente resolucion, se entendera por: a) Formulario Virtual Nº 1690 : Al formulario denominado Formulario Virtual Nº 1690 "Impuesto a las Embarcaciones de Recreo" aprobado por el articulo 2° de la Resolucion de Superintendencia Nº 091-2005/ SUNAT. b) Impuesto : Al Impuesto a las Embarcaciones de Recreo. c) Reglamento : Al Reglamento del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo aprobado por el Decreto Supremo Nº 0572005-EF. d) Sujetos del Impuesto : A los senalados en el numeral 3.1 del articulo 3° del Reglamento. e) Sistema Pago Facil : Al Sistema a traves del cual los deudores tributarios declaran y/o MORDAZA sus obligaciones tributarias prescindiendo del uso de formularios preimpresos. f) SUNAT Virtual : Al MORDAZA de la SUNAT en la Internet cuya direccion es http://www.sunat. gob.pe. Articulo 2°.- PLAZO PARA LA DECLARACION JURADA ANUAL DEL IMPUESTO DEL ANO 2012 Los sujetos del Impuesto o de ser el caso, el sujeto obligado al pago, deberan presentar la Declaracion Jurada Anual del Impuesto correspondiente al ano 2012 hasta el 30 de MORDAZA del 2012, utilizando el Formulario Virtual Nº 1690, el cual se encuentra disponible en SUNAT Virtual. Articulo 3°.- PAGO DEL IMPUESTO DEL ANO 2012 El pago del Impuesto correspondiente al ano 2012, se realizara: a) Al contado, hasta el 30 de MORDAZA del ano 2012, o b) En forma fraccionada, hasta en cuatro cuotas trimestrales. Cada cuota sera equivalente a un MORDAZA del Impuesto total a pagar. La primera cuota, podra ser pagada hasta el 30 de MORDAZA del 2012. Los vencimientos para el pago de las cuotas restantes seran los siguientes: NUMERO DE CUOTA MORDAZA cuota Tercera cuota Cuarta cuota VENCIMIENTO 31.07.2012 31.10.2012 31.01.2013

En el caso de las transferencias de propiedad a que se refiere el numeral 9.6 del articulo 9° del Reglamento, el transferente debera efectuar el pago total del Impuesto hasta el ultimo dia habil del mes siguiente de producida la transferencia. DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL Unica.- VIGENCIA La presente resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente al de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional 748303-2

ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL ESTADO FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO DE LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL ESTADO
Designan responsables titular y suplente de entregar informacion solicitada al FONAFE en virtud de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica
RESOLUCION DE DIRECCION EJECUTIVA N° 070-2011/DE-FONAFE San MORDAZA, 24 de noviembre de 2011 LA DIRECCION EJECUTIVA DE FONAFE: VISTO, el Memorando No. 239-2011/GO-FONAFE, emitido por la Gerencia de Operaciones de FONAFE mediante el cual propone el cambio del titular de entregar la informacion solicitada a FONAFE en virtud de la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica y su Reglamento. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso b) del articulo 3º del Reglamento de la Ley Nº 27806 Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado mediante el Decreto Supremo No. 072-2003PCM, se establece como una de las obligaciones de la MORDAZA autoridad de la Entidad el designar a los funcionarios responsables de entregar la informacion de acceso publico; Que, mediante la Resolucion No. 060-2010/DEFONAFE, de fecha 30 de noviembre de 2010, la Direccion Ejecutiva de FONAFE designo al senor MORDAZA MORDAZA Saldana, como responsable de entregar la informacion solicitada al FONAFE en virtud de la Ley No. 27806;

La MORDAZA, tercera y cuarta cuota deberan ser reajustadas de acuerdo a la variacion acumulada del Indice de Precios al por Mayor que publica el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica, por el periodo comprendido desde el vencimiento de pago de la primera cuota y el mes precedente al del vencimiento del pago de la cuota correspondiente. Los sujetos del Impuesto o en su caso, el sujeto obligado al pago del Impuesto, segun la modalidad de pago por la que hubieran optado, deberan realizar el pago del Impuesto a traves del Sistema de Pago Facil mediante el Formulario Nº 1662 Boleta de Pago o a traves de SUNAT Virtual utilizando el Formulario Virtual Nº 1662 - Boleta de Pago. Para tal efecto, se informara como codigo de tributo "7151 - Impuesto a las Embarcaciones de Recreo" y como periodo, el que corresponda al mes y al ano de vencimiento de la obligacion, como sigue: FORMA DE PAGO a) Pago al contado b) Pago fraccionado Primera cuota PERIODO 04-2012 04-2012

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