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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 22 de febrero de 2012 461138 Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público y con la fi nalidad de continuar con la contratación de las plazas autorizadas en el Decreto de Urgencia Nº 053- 2011 para el presente año fi scal 2012, y en razón que su fi nanciamiento no se encuentra previsto en los presupuestos de los Gobiernos Regionales, resulta necesario autorizar una transferencia de partidas con cargo a los recursos del Ministerio de Educación a favor de los Gobiernos Regionales del Cusco y Apurímac hasta por el importe de VEINTISIETE MILLONES QUINIENTOS VEINTISÉIS MIL OCHOCIENTOS VEINTIOCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 27 526 828,00); Que, la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, aprueba una asignación presupuestaria para el Pliego 010: Ministerio de Educación hasta por la suma de CIENTO CINCUENTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS VEINTIOCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 157 693 828,00), para fi nanciar la ampliación de cobertura educativa a nivel nacional, mediante la contratación de docentes, auxiliares de educación y personal administrativo en las Instituciones Educativas Públicas, antes del inicio de las labores educativas del año 2012; Que, para efecto del fi nanciamiento de lo señalado en los considerandos 6 y 8, resulta necesario autorizar al Ministerio de Educación a efectuar modifi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático, hasta por el importe de CUARENTA Y TRES MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 43 765 548,00) , exceptuándolo para tal efecto de la prohibición establecida por el numeral 9.1 del artículo 9° de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, a fi n de complementar el fi nanciamiento de la ampliación de cobertura educativa 2012, toda vez que de no contar con dicho recurso, podría verse afectada la prestación adecuada del servicio educativo; Que, por lo expuesto en los considerandos anteriores, resulta necesario autorizar una transferencia de partidas del Ministerio de Educación a favor de los Gobiernos Regionales, para fi nanciar la contratación de hasta 12 445 plazas, de los cuales corresponden 9 583 plazas a docentes, 2 118 plazas a auxiliares de educación y 744 plazas a trabajadores administrativos hasta por la suma de CIENTO SETENTA MILLONES CIENTO CINCO MIL CUARENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 170 105 040,00), asimismo, el Ministerio de Educación fi nanciará hasta 318 plazas, de los cuales corresponden 124 plazas a docentes, 124 plazas a auxiliares de educación y 70 plazas a trabajadores administrativos en las instituciones educativas públicas de Lima Metropolitana, para lo cual efectuará las habilitaciones presupuestarias en el nivel funcional programático, hasta por el importe de TRES MILLONES OCHOCIENTOS VEINTISIETE MIL QUINIENTOS OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 827 508,00); Que, mediante los Decretos de Urgencia Nº 010-2011, Nº 034-2011, Nº 039-2011 y Nº 053-2011, y el Decreto Supremo Nº 014-2011-EF, se autorizó al Ministerio de Educación y a los Gobiernos Regionales a contratar docentes, auxiliares de educación y personal administrativo, mediante contratos de naturaleza temporal por el ejercicio fi scal 2011, hecho que limita contratar en el año fi scal 2012 a pesar que las plazas tienen fi nanciamiento en el presupuesto 2012 de los respectivos Gobiernos Regionales y el Ministerio de Educación, por lo que resulta necesario que se exceptúe del numeral 8.1 del artículo 8° de la Ley Nº 29812 y autorice la contratación de docentes para el presente año, en las plazas temporales donde se contrataron en el año 2011 al amparo de los citados decretos de urgencia, de no adoptarse dicha medida, se afectará la prestación de los servicios educativos en los departamentos considerados en los referidos decretos, lo que perjudicará el inicio de clases, y en consecuencia la formación educativa de la población escolar; Que, de otro lado, la Décima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, autorizó la asignación de recursos hasta un monto de SEIS MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 6 472 680,00), para el fi nanciamiento, entre otros, del Programa Presupuestal Logros de Aprendizaje al Finalizar el III Ciclo, orientado a la mejora de los logros de aprendizaje, a favor de las poblaciones indígenas y amazónicas de la provincia de Condorcanqui, departamento de Amazonas; para tal fi n, dicha norma autoriza a la Dirección General de Presupuesto Público a suscribir convenios con las entidades públicas; Que, con fecha 05 de Setiembre de 2011, el Gobierno Regional del Departamento de Amazonas suscribió con el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Presupuesto Público, el Convenio de Apoyo Presupuestario, que comprende metas e indicadores priorizados y compromisos de gestión relacionados a la implementación de los Programas Presupuestales indicados en el considerando precedente, cuyo cumplimiento estuvo a cargo del citado Gobierno Regional; Que, dada la naturaleza temporal del Convenio por el año fi scal 2011 y persistiendo la necesidad de continuar con las intervenciones iniciadas en el marco del citado Convenio de Apoyo Presupuestario, resulta necesario autorizar una transferencia del Ministerio de Educación a favor del Gobierno Regional del departamento de Amazonas, para fi nanciar el acompañamiento pedagógico a docentes de segundo y tercer ciclo de la Educación Básica Regular hasta por un monto de UN MILLÓN QUINIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 500 000,00) con el fi n de contribuir a la mejora de los aprendizajes en las poblaciones indígenas y amazónicas de la provincia de Condorcanqui, departamento de Amazonas; Que, la medida planteada en el considerando precedente se autoriza teniendo en cuenta que por la naturaleza de las intervenciones, éstas no pueden quedar inconclusas y dado que en el presupuesto del Gobierno Regional de Amazonas no se ha considerado recursos para su continuidad en la UGEL Condorcanqui; por lo que el fi nanciamiento extraordinario que se brindará es de carácter excepcional y por única vez, por parte del Ministerio de Educación, dado que la ejecución de gastos para el desarrollo de los productos en el marco de los programas presupuestales debe ser programado, formulado y debidamente priorizado por parte de los pliegos presupuestarios responsables independientemente del nivel de Gobierno de que se trate; En ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 19) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso de la República; DECRETA: Artículo 1°.- Autorización para la contratación de nuevas plazas de docentes, auxiliares de educación y personal administrativo 1.1 Autorícese al Ministerio de Educación y Gobiernos Regionales a contratar auxiliares de educación, docentes y administrativos en instituciones educativas públicas e instituciones educativas de asociaciones reconocidas por el Ministerio de Educación, en plazas validadas por el Círculo de la Mejora de la Calidad del Gasto del Ministerio de Educación, de acuerdo al Anexo Nº 1: “Número de plazas validadas y priorizadas por región para su contratación en el año 2012” que forma parte integrante del presente Decreto de Urgencia, conforme al detalle siguiente: DOCENTES AUXILIARES ADMINISTRATIVOS TOTAL PLAZAS Gobierno Nacional 124 124 70 318 Gobierno Regional 9 583 2 118 744 12 445 TOTAL 9 707 2 242 814 12 763 1.2 La contratación de docentes, auxiliares de educación y personal administrativo autorizado por el numeral 1.1 del presente artículo, se realizará conforme a la lista nominada, por Institución Educativa, que publicará el Ministerio de Educación en su portal institucional (www.minedu.gob.pe) después de entrada en vigencia de la presente norma. 1.3 La contratación de docentes, auxiliares de educación y personal administrativo autorizada en la presente norma, se efectúa previo registro de las plazas en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público, a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas, y la correspondiente codifi cación de plazas en el sistema NEXUS del Ministerio de Educación. 1.4 Las contrataciones a que hace referencia el presente artículo se fi nancian en el caso del pliego Ministerio de Educación con cargo a su presupuesto institucional y no demanda recursos adicionales al Tesoro Público, y en el