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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE FEBRERO DEL AÑO 2012 (22/02/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 22 de febrero de 2012 461146 DEBE DECIR: “Artículo 1º.- DAR POR CONCLUIDO con efectividad al 31 de diciembre de 2011 el encargo realizado a la ING. MARIBEL GIOVANNA ARTICA GAMARRA en las funciones de Jefe de la Unidad de Sistemas y Tecnología de la Información...” DICE: “Artículo 2º.- DESIGNAR, con efectividad al 02 de enero de 2012, a la Ing. Maribel Giovanna Artica Alarcón en el cargo de Jefe de la Unidad de Sistemas y Tecnología de la Información...” DEBE DECIR: “Artículo 2º.- DESIGNAR, con efectividad al 02 de enero de 2012, a la ING. MARIBEL ARTICA GAMARRA en el cargo de Jefe de la Unidad de Sistemas y Tecnología de la Información ...” 754926-1 CULTURA Autorizan salida temporal del país de bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación a Japón RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 003-2012-MC Lima, 21 de febrero de 2012 Visto, el Exp. Nº 043415-2011 de fecha 7 de diciembre de 2011, presentado por la Tokyo Broadcasting System Television INC, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Expediente Nº 043415-2011 la Tokyo Broadcasting System Television, solicita autorización de salida temporal del país de ciento cuarenta y cuatro (144) bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, de propiedad del Museo Nacional de Arqueología, Antropología e Historia del Perú (10); Museo de Sitio “Arturo Jiménez Borja” (06); Museo Regional de Ica “Adolfo Bérmidez Jenkins” (01); Museo de Sitio de Machupicchu (22); Museo de Sitio de Túcume (06); Museo de Leymebamba (20); Proyecto Arqueológico Huaca de la Luna (02); Asociación Rafael Larco Hoyle (17); Banco Central de Reserva del Perú (03); Museo Inka de la Universidad Nacional San Antonio de Abad del Cusco (51); Museo de la Universidad Nacional San Agustín de Arequipa (04); Colección Barbosa Stern (01) y la Fundación Pedro y Angélica de Osma Gildemeister (01), a fi n que conformen la exposición denominada “El Imperio Inka Revelado: Un siglo después del “Descubrimiento” de Machu Picchu”, organizada por la Tokyo Broadcasting System Television INC y el Museo Nacional de Naturaleza y Ciencias, la cual se llevará a cabo desde el 10 de marzo de 2012 al 27 de enero de 2013 en las salas del Museo Nacional de Naturaleza y Ciencias, el Museo de la ciudad de Sendai, el Museo de Arqueología de la Prefectura de Yamanashi y el Museo de Arte de la Prefectura de Shizuoka, todos ellos ubicados en Japón; Que, la Embajada de Japón, mediante Carta de fecha 22 de setiembre de 2011, comunicó el auspicio de dicha representación diplomática para la realización de la exposición a que se refiere el considerando precedente; Que, los bienes culturales cuya autorización de salida temporal del país se solicita se encuentran cubiertos contra todo riesgo en la modalidad “clavo a clavo”, en mérito de la Póliza Nº TKY1002082 de la Compañía de Seguros NIPPONKOA INSURANCE CO., LTD, con una cobertura que abarca desde el 1 de febrero de 2012 hasta el 28 de febrero de 2013; Que, el inciso a) del artículo 34.1º del artículo 34º de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, establece que en caso excepcional procede la salida del país de bienes muebles integrantes del patrimonio cultural de la Nación para casos de exhibición con fi nes científi cos, artísticos y culturales, la misma que se autoriza mediante Resolución Suprema; Que, corresponde al Ministerio de Cultura cautelar y difundir el patrimonio cultural de la Nación, tanto en el país como en el extranjero, por lo que resulta procedente autorizar la salida temporal del país de los bienes culturales a que se refi ere la solicitud presentada por la Tokyo Broadcasting System Television INC; objeto de la presente resolución; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; el Decreto Supremo Nº 011-2006-ED que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28296; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, a partir de la fecha de emisión de la presente resolución hasta el retorno de las piezas a su lugar de partida, que tendrá lugar dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la clausura de la exposición, la salida temporal del país de ciento cuarenta y cuatro (144) bienes integrantes del patrimonio cultural de la Nación, detallados en el anexo adjunto a la presente resolución, a fin que conformen la exposición denominada “El Imperio Inka Revelado: Un siglo después del “Descubrimiento” de Machu Picchu”, organizada por la Tokyo Broadcasting System Television INC y el Museo Nacional de Naturaleza y Ciencias, la cual se llevará a cabo desde el 10 de marzo de 2012 al 27 de enero de 2013 en las salas del Museo Nacional de Naturaleza y Ciencias, el Museo de la ciudad de Sendai, el Museo de Arqueología de la Prefectura de Yamanashi y el Museo de Arte de la Prefectura de Shizuoka, todos ellos ubicados en Japón. Artículo 2º.- El Ministerio de Cultura adoptará las medidas más adecuadas para verificar las características, estado de conservación y autenticidad de los bienes culturales a que se contrae la presente Resolución. Artículo 3º.- Designar como Comisarios de los bienes culturales cuya salida temporal del país se autoriza, a don Juan Sebastián León Roca, con DNI Nº 07405048, y Luis Enrique Jesús Alberto Castillo Narrea, con DNI Nº 10266105, quienes cumplirán la labor de verifi cación del estado de conservación; visarán la fi cha de registro de las piezas; supervisarán el embalaje y desembalaje, tanto a la ida como al retorno; conocerán del montaje, desmontaje y elaborarán un informe detallado y documentado de su participación. Dicho informe será alcanzado al Ministro de Cultura en un plazo no mayor de quince (15) días luego de concluida su participación, tanto a la ida como al retorno de los bienes cuya salida temporal autoriza esta Resolución Suprema. Los gastos de transporte, alojamiento, viáticos, seguro de viaje, impuestos de aeropuerto, movilidad local, tanto en el Perú como en el extranjero, y visa de los comisarios designados serán íntegramente asumidos por la entidad organizadora de la exposición. Artículo 4º.- Todos los gastos que ocasione la realización de la mencionada exposición, incluyendo los gastos de embalaje, fl etes, seguros, traslados o cualquier otro egreso que se origine por la salida y retorno de los bienes culturales a que se refi ere la presente Resolución, serán íntegramente cubiertos por las entidades organizadoras de la exposición. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS ALBERTO PEIRANO FALCONÍ Ministro de Cultura 755362-3