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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JULIO DEL AÑO 2012 (10/07/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 10 de julio de 2012 470305 Artículo 5º.- Copia de la presente resolución se presentará dentro de los cinco (5) días de aprobada a los Organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23° de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Artículo 6º.- Agradecer a la Organización Internacional para las Migraciones por la donación otorgada a favor del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 7º.- La presente resolución deberá ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 812116-2 SALUD Aprueban Cuadro para Asignación de Personal - CAP del Ministerio de Salud RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 020-2012-SA Lima, 9 de julio del 2012 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado, modifi cada por la Ley Nº 27899 establece los principios y la base legal para iniciar el proceso de modernización del Estado; Que, mediante Ley Nº 28498, se autorizó al Ministerio de Salud a efectuar el nombramiento de los profesionales de la salud no médicos cirujanos a nivel nacional, que a la fecha de entrada en vigencia de la Ley, se encontraban prestando servicios en la condición de contratados bajo cualquier modalidad; Que, con Ley Nº 28560, se autorizó al Ministerio de Salud a efectuar el nombramiento del personal técnico asistencial y administrativo, personal de servicio y auxiliar asistencial que, a la fecha de entrada en vigencia de la Ley se encontraba prestando servicios en la condición de contratados bajo cualquier modalidad; Que, mediante Ley N° 29682, se autorizó el nombramiento de los médicos cirujanos a nivel nacional - en forma progresiva, por concurso de méritos y de acuerdo a la disponibilidad presupuestal-, que se encuentran prestando servicios en la condición de contratados por el Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las direcciones regionales de salud de los gobiernos regionales, bajo cualquier modalidad, preferentemente en zonas de pobreza y de extrema pobreza, durante dos años continuos o cuatro años no consecutivos como mínimo; Que, los literales c) y d) del numeral 8.1 del artículo 8º de la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto Público para el año fi scal 2012, disponen que se encuentran exceptuados de la prohibición de ingreso de personal en el sector público, el nombramiento de hasta el quince por ciento (15%) del número de los profesionales no médicos cirujanos y del personal técnico asistencial y administrativo personal de servicios y auxiliar asistencial, respectivamente, en el marco del nombramiento gradual a que se refi eren las Leyes Nºs. 28498 y 28560, sus normas modifi catorias y complementarias, así como el nombramiento de hasta el 15% del número de los profesionales médicos comprendidos en la Ley N° 29682, respectivamente; Que, el último párrafo del numeral 8.1 del artículo 8º de la referida Ley de Presupuesto señala que, para la aplicación de los casos de excepción establecidos en los literales a) hasta el literal f), es requisito que las plazas a ocupar se encuentren aprobadas en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP), y registradas en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Presupuesto de Personal del Sector Público regulado por la Directiva Nº 001-2009-EF/76.01, “Directiva para el uso del Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de Recursos Humanos del Sector Público”, aprobada con Resolución Directoral Nº 016-2009- EF/76.01”, y que cuente con la respectiva certifi cación del crédito presupuestario; Que, la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, mediante Memorando Nº 587-2012-OGGRH/OPP/MINSA remitió la relación de personal que será nombrado conforme a lo dispuesto las Leyes Nº 28560 y 28498; Que, mediante Informes N° 0049-2012-OGPP- OO/MINSA y 0106-2012-OGPP-OO/MINSA, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud, han emitido el informe técnico que sustenta el proyecto de Cuadro para Asignación de Personal del Ministerio de Salud; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 043-2004- PCM, se aprobaron los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP de las entidades de la Administración Pública, estableciendo en el numeral 14.1 del artículo 14º, que el proyecto del Cuadro para Asignación de Personal, para el caso de los Ministerios y de los Organismos Públicos debe ser remitido para informe previo a la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, asimismo, el artículo 15º del precitado Decreto Supremo, indica que la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal de los Ministerios se efectuará por Resolución Suprema refrendada por el Titular del Sector; Que, en consecuencia resulta necesario aprobar la modifi cación del Cuadro para Asignación de Personal del Ministerio de Salud, a fi n de viabilizar el nombramiento de los profesionales No Médicos Cirujanos sujetos a la Ley N° 28498 y al Personal Administrativo sujeto a la Ley N° 28560, en los porcentajes que corresponden al presente año; Contando con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27658, Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado y modifi catorias, la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; y el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP del Ministerio de Salud. Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal del Ministerio de Salud, el cual contiene un total de 1361 cargos califi cados, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Implementación del Cuadro para Asignación de Personal del Ministerio de Salud En los casos que en la implementación del Cuadro para Asignación de Personal aprobado mediante la presente Resolución Suprema, se le asigne a algún servidor un cargo estructural que tenga una clasifi cación menor o no equivalente al cargo que ostenta actualmente, este hecho, no implicará en ningún supuesto un menoscabo de la remuneración total que venga percibiendo a la fecha. Artículo 3º.- Acciones de Personal Disponer que la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, disponga las acciones de personal necesarias, a fi n de asignar los cargos correspondientes. Artículo 4º.- De la Publicación La presente Resolución Suprema será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano. La Resolución Suprema y el Cuadro para Asignación de Personal aprobado por el artículo 1º de la presente norma, serán publicados en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Salud (www.minsa.gob,pe), al día siguiente de la publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 5º.- De la Vigencia El Cuadro para Asignación de Personal del Ministerio de Salud entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en los portales institucionales a que se refi ere al artículo 4º de la presente Resolución Suprema. Artículo 6°.- Derogatoria. Deróguese la Resolución Suprema Nº 008-2011-SA y