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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 10 de julio de 2012 470298 de fecha 13 de enero de 2012, designó al Cuerpo Técnico de Tasaciones del Perú, a efectos de que lleve a cabo la valorización pericial de la afectación del predio de propiedad de la empresa Vías y Construcciones Perú S.A.C., en aplicación del artículo 101 del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos; Que, el Cuerpo Técnico de Tasaciones del Perú mediante el Expediente Nº 2174846 de fecha 13 de marzo de 2012, presentó el Informe de Valorización de Derechos de Servidumbre de ocupación, paso y tránsito sobre el predio de la empresa Vías y Construcciones Perú S.A.C., el cual fue observado mediante el Ofi cio Nº 099- 2012-MEM/DGH-PTC de fecha 22 de marzo de 2012, toda vez que el perímetro consignado no correspondía al área de servidumbre, así como el valor comercial de la franja de servidumbre consignando en el numeral 1 de la parte III “Valorización Comercial”, difería del utilizado para el cálculo del valor total de la servidumbre, por lo que se solicitó a la entidad tasadora absolver las observaciones efectuadas; así como indicar claramente si el valor comercial corresponde al monto de indemnización y/o compensación por la imposición de servidumbre; Que, mediante el Expediente Nº 2179616 de fecha 03 de abril de 2012, el Cuerpo Técnico de Tasaciones del Perú absolvió las observaciones efectuadas por la Dirección General de Hidrocarburos; asimismo, señaló que el monto de la valuación comercial asciende a US$ 1,487.63 (Un Mil Cuatrocientos Ochenta y Siete con 63/100 Dólares Americanos), precisando que dicho monto es el resultado de la suma del valor del terreno del predio sirviente más los daños y perjuicios que ocasiona la servidumbre de ocupación, paso y tránsito. En ese sentido, se entiende que el valor comercial determinado por el Cuerpo Técnico de Tasaciones del Perú incluye la indemnización y la compensación del derecho de servidumbre solicitado por la empresa Contugas S.A.C.; Que, de acuerdo a la Cláusula Cuarta del Contrato BOOT de Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en el departamento de Ica, el plazo por el que se otorgó la Concesión es de treinta (30) años, contados a partir de la Fecha de Cierre, por lo que el período de imposición de servidumbre sobre el terreno descrito se deberá prolongar hasta la conclusión de la concesión, sin perjuicio de las causales de extinción previstas en el referido Contrato y de las que correspondan de acuerdo a las normas aplicables; Que, la Dirección General de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas ha emitido opinión favorable a la constitución del derecho de servidumbre legal de ocupación, paso y tránsito sobre el predio antes descrito, a favor de Contugas S.A.C., cumpliendo con expedir el Informe Técnico Nº 118-2012-EM-DGH/PTC y el Informe Legal Nº 0050-2012-EM-DGH-DNH; Que, atendiendo a la solicitud efectuada por Contugas S.A.C. y de acuerdo a lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 042- 2005-EM, así como a lo dispuesto por el Título IV “Uso de bienes públicos y de terceros” del Reglamento de Distribución Gas Natural por Red de Ductos, se ha dado cumplimiento al procedimiento de constitución de derecho de servidumbre sobre bienes de privados, razón por la cual corresponde constituir el derecho de servidumbre legal de ocupación, paso y tránsito solicitado a favor de Contugas S.A.C.; De conformidad con lo establecido por el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 042- 2005-EM, el Título IV del Texto Único Ordenado del Reglamento de Distribución Gas Natural por Red de Ductos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040- 2008-EM y por el Contrato BOOT de Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en el departamento de Ica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Constituir el derecho de servidumbre de ocupación, paso y tránsito a favor de Contugas S.A.C., sobre el predio de propiedad de la empresa Vías y Construcciones Perú S.A.C., inscrito en la Partida Registral N° 11012691 del Registro de Propiedad Inmueble de la Ofi cina Registral de Pisco, ubicado en el distrito de San Andrés, provincia de Pisco, departamento de Ica, correspondiéndole las coordenadas geográfi cas UTM señaladas en el Anexo I y el plano de servidumbre del Anexo II que forman parte integrante de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- El período de afectación del área de servidumbre a la que hace referencia el artículo 1 de la presente Resolución Suprema, se prolongará hasta la culminación del Contrato BOOT de Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en el departamento de Ica, sin perjuicio de las causales de extinción que correspondan según el referido Contrato y las previstas en el artículo 103 del Texto Único Ordenado del Reglamento de Distribución Gas Natural por Red de Ductos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040- 2008-EM. Artículo 3º.- El monto de la indemnización y compensación por la imposición de la servidumbre dentro del período señalado en el artículo 2 de la presente Resolución Suprema, a favor de la empresa Vías y Construcciones Perú S.A.C., asciende a la suma de US$ 1,487.63 (Un Mil Cuatrocientos Ochenta y Siete con 63/100 Dólares Americanos) conforme al Informe de Valorización de Derechos de Servidumbre de ocupación, paso y tránsito del Cuerpo Técnico de Tasaciones del Perú. Artículo 4º.- Contugas S.A.C. deberá adoptar las medidas necesarias para evitar los peligros e inconvenientes que puedan ocasionar sus instalaciones dentro del área descrita en el artículo 1 de la presente Resolución Suprema, debiendo cumplir con las medidas de seguridad, así como con las medidas para la protección del ambiente, establecidas en la normativa vigente. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema constituirá título sufi ciente para la correspondiente inscripción de la servidumbre otorgada en los Registros Públicos. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas ANEXO I DESCRIPCIÓN DEL ÁREA Titular Ubicación Área total del terreno afectada Empresa Vías y Construcciones Perú S.A.C. Predio inscrito en la Partida Registral N° 11012691 del Registro de Propiedad Inmueble de la Ofi cina Registral de Pisco, ubicado en el distrito de San Andrés, provincia de Pisco, departamento de Ica. 0.196086 ha. COORDENADAS UTM (PREDIO) ÁREA DE SERVIDUMBRE (0.196086 ha.) RM-PI-016 VERTICE LADO LONGITUD COORDENADAS UTM - PSAD56 (m) ESTE NORTE 1 1-2 101.93 375524.8148 8477878.5821 2 2-3 38.43 375433.7806 8477832.7310 3 3-4 54.94 375471.0911 8477823.5311 4 4-1 30.69 375520.1584 8477848.2448