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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 2 de junio de 2012 467647 Interinstitucional objeto de la transferencia, por lo que recomienda la autorización de la transferencia fi nanciera del Pliego Gobierno Regional Piura – Gerencia Sub Regional “Luciano Castillo Colonna” a la Municipalidad Distrital de Los Órganos; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Ordinaria N° 05 - 2012, celebrada el día 23 de mayo del 2012, en la ciudad de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, modifi cada por Ley Nº 27680 y Ley N° 28607; y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y sus modifi catorias Ley N° 27902, Ley N° 28961, Ley N° 28968 y Ley N° 29053; ACUERDA: Artículo Primero.- Aprobar el CONVENIO DE TRANSFERENCIA FINANCIERA ENTRE EL GOBIERNO REGIONAL PIURA Y LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS ÓRGANOS, que consta de catorce cláusulas, y tiene por objetivo establecer las bases de carácter legal, técnico, coordinación, fi nanciamiento y operatividad para efectuar la transferencia fi nanciera a favor de la Municipalidad Distrital de Los Órganos por la suma de S/. 3’914,338.00 (Tres Millones novecientos catorce mil trescientos treinta y ocho con 00/100 nuevos soles) como cofi nanciamiento para la ejecución del PIP “Ampliación y Mejoramiento del Sistema de Alcantarillado y Agua Potable en la Caleta El Ñuro del Distrito de Los Órganos en la provincia de Talara”. Artículo Segundo.- Autorizar la transferencia fi nanciera del Pliego Gobierno Regional Piura – Gerencia Sub Regional “Luciano Castillo Colonna” a favor de la Municipalidad Distrital de Los Órganos por el monto de S/. 3’914,338.00 (Tres Millones novecientos catorce mil trescientos treinta y ocho con 00/100 nuevos soles), para ser utilizados en forma exclusiva para los fi nes que señala el Convenio mencionado en el artículo primero, de acuerdo a los lineamientos señalados en el artículo 12° de la Ley N° 29812 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 y la Directiva N° 05-2010-EF/76.01 y su modifi catoria. Artículo Tercero.- Encargar a Gerencia General Regional, en coordinación con la Gerencia Sub Regional “Luciano Castillo Colonna”, verifi que el cumplimiento de la obligación de la Municipalidad Distrital de Los Órganos sobre desembolso del monto adicional ascendente a S/. 414,390.44 nuevos soles; realice el seguimiento correspondiente a los recursos transferidos y presenten informes periódicos al Consejo Regional sobre el avance físico y fi nanciero del proyecto materia del Convenio; y a la Secretaría Técnica del Sistema Regional de Lucha contra la Corrupción, designar veedores ciudadanos que velen por el buen uso de los recursos transferidos. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo Quinto.- Dispensar el presente Acuerdo del trámite de lectura y aprobación del Acta. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. LUIS GARUFI VIDAL Consejero Delegado Consejo Regional 795542-1 Aprueban Convenio Interinstitucional de Transferencia Financiera entre el Gobierno Regional Piura y la Municipalidad Distrital de Montero en la provincia de Ayabaca ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 792-2012/GRP-CR Piura, 23 de mayo de 2012 VISTO: - El Convenio Interinstitucional de Transferencia Financiera para el Proyecto de Inversión “Mejoramiento de Trocha Carrozable SICATE-7 de JUNIO, Distrito de Montero, Provincia de Ayabaca-Región Piura”, de fecha 18 de mayo de 2012; - El Memorando N° 861-2012/GRP-410000 del 22 de marzo de 2012 de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; - El Informe N° 765-2012/GRP-460000 del 18 de mayo de 2012 de la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el artículo 192° de la Constitución Política del Perú de 1993 y la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización Ley N° 27680, establece que es competencia de los Gobiernos Regionales promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesquería, industria, agroindustria, comercio, turismo, energía, minería, red vial, comunicaciones, educación, salud y medio ambiente, conforme a Ley; Que, el artículo 15º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, establece como atribuciones del Consejo Regional, entre otras, en el literal a) “Aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”; asimismo, el inciso K) del artículo 21° establece que el Presidente Regional tiene la atribución de celebrar y suscribir en representación del Gobierno Regional, contratos, convenios y acuerdos relacionados con la ejecución o concesión de obras, proyectos de inversión, prestación de servicios y demás acciones de desarrollo conforme a la Ley de la materia y solo respecto de aquellos bienes, servicios y/o activos cuya titularidad corresponda al Gobierno Regional; Que, la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, en su artículo 12°, numeral 12.1, literal c) sobre transferencias fi nancieras permitidas entre entidades públicas durante el Año Fiscal 2012, autoriza la realización, de manera excepcional, de transferencias que se realicen para el fi nanciamiento y cofi nanciamiento de los proyectos de inversión pública, y el mantenimiento de carreteras, entre los niveles de gobierno subnacional y de éstos al Gobierno Nacional, previa suscripción del convenio respectivo. Las transferencias de recursos que se efectúen en el marco del presente literal sólo se autorizan hasta el segundo trimestre del año 2012; asimismo en el numeral 12.2 se establece que dichas transferencias se realizan, en el caso de los Gobiernos Regionales, mediante Acuerdo de Consejo Regional, previo informe favorable de la ofi cina de presupuesto o la que haga sus veces, debiendo publicarse en el Diario Ofi cial “El Peruano”; Que, con fecha 18 de mayo de 2012, se suscribe el Convenio Interinstitucional de Transferencia Financiera para el Proyecto de Inversión “Mejoramiento de Trocha Carrozable SICATE-7 de JUNIO, Distrito de Montero, Provincia de Ayabaca-Región Piura”, que en su CLÁUSULA CUARTA señala por objeto establecer las bases de carácter legal, técnico, coordinación, fi nanciamiento y operatividad, mediante el cual el Gobierno Regional transfi ere a la Municipalidad Distrital los recursos fi nancieros ascendentes a la suma S/. 994,814.00 (Novecientos Noventa y Cuatro Mil y 00/100 Nuevos Soles), para la ejecución del proyecto viable en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública denominado “Mejoramiento de Trocha Carrozable SICATE-7 de JUNIO, Distrito de Montero, Provincia de Ayabaca-Región Piura”; Que, con Memorado N° 861-2012-GOB.REG.PIURA- 410000 del 22 de marzo de 2012, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, precisa que para el ejercicio fi scal 2012 se cuenta con disponibilidad presupuestal para atender la solicitud de transferencia fi nanciera solicitada por la Municipalidad Distrital de Montero para el PIP “Mejoramiento de Trocha Carrozable SICATE-7 de JUNIO, Distrito de Montero, Provincia de Ayabaca-Región Piura”; Que, con Informe N° 765 -2012/GRP-460000 del 18 de mayo de 2012, la Oficina Regional de Asesoría