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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 10 de junio de 2012 468145 de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Chile, sin armas de guerra; Que, personal militar de la República de Chile ingresará a territorio nacional del 11 al 14 de junio de 2012, a fi n de participar en la “Conferencia de Planeamiento para el X Juego de Guerra Multilateral” que organiza la Marina de Guerra del Perú; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú, y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio peruano, sin armas de guerra, al Capitán de Navío Ronald BASSCH Barberis de la República de Chile, del 11 al 14 de junio de 2012, a fin de participar en la Conferencia de Planeamiento para el X Juego de Guerra Multilateral que organiza la Marina de Guerra del Perú. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO URQUIZO MAGGIA Ministro de Defensa 799607-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 667-2012 DE/SG Lima, 8 de junio de 2012 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 475 de fecha 8 de junio de 2012, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Argentina, sin armas de guerra; Que, personal militar de la República de Argentina ingresará a territorio nacional del 11 al 13 de junio de 2012, a fi n de participar en la “Conferencia de Planeamiento para el X Juego de Guerra Multilateral” que organiza la Marina de Guerra del Perú; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú, y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio peruano, sin armas de guerra, al personal militar de la República de Argentina, que se detalla a continuación, del 11 al 13 de junio de 2012, a fi n de participar en la Conferencia de Planeamiento para el X Juego de Guerra Multilateral que organiza la Marina de Guerra del Perú. 1. Capitán de Navío Horacio Aldo TERRIBILE. 2. Capitán de Fragata Omar Eduardo Daniel BALBO. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO URQUIZO MAGGIA Ministro de Defensa 799607-2 MINISTERIO DEL INTERIOR “COMUNICADO” El Ministerio del Interior comunica al público en general que el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio del Interior aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2008-IN de fecha 09 de junio de 2008, y sus modifi catorias, continúa vigente hasta el 31 de julio de 2012, fecha de vencimiento del plazo para la implementación de la Metodología de Determinación de Costos aprobada mediante Decreto Supremo 064-2010-PCM. Se hace la presente difusión en el marco de lo dispuesto en el numeral 38.2 del artículo 38º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444. San Isidro, 08 de junio de 2012 SECRETARÍA GENERAL 799609-1