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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JUNIO DEL AÑO 2012 (10/06/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 19

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 10 de junio de 2012 468161 priorizan los problemas y soluciones durante la fase de concertación del Presupuesto Participativo. 5.3. PLAN ESTRATÉGICO INSTITUCIONAL.- Es un instrumento orientador de la gestión o quehacer institucional, formulado desde una perspectiva multianual. Toma en cuenta la Visión del Desarrollo, los Objetivos Estratégicos y Acciones Concertadas en el Plan de Desarrollo Concertado y los lineamientos establecidos en los PESEM. Contiene los Objetivos Institucionales y las acciones que le corresponde realizar en el marco de sus competencias. El PEI equivale al Plan de Desarrollo Institucional señalado en la Ley Orgánica de Municipalidades. 5.4. PRESUPUESTO PARTICIPATIVO.- Es un instrumento de política y de gestión, es el espacio y proceso de concertación entre la población y las autoridades, mediante el cual se defi nen las prioridades de inversión a implementar en el Distrito del Rímac, para promover el desarrollo local con una visión de futuro concertada y en el Marco del Plan de Desarrollo Concertado. Contribuye al mejoramiento de la Gobernabilidad Local, la efi ciencia y transparencia en la gestión pública, el control social de los recursos y empoderamiento de la ciudadanía en las decisiones del Gobierno Local, generando compromisos de todos los agentes participantes para la consecución de objetivos estratégicos. 5.5. AGENTES PARTICIPANTES.- Entiéndase por agentes participantes a quienes participan con voz y voto, en la discusión y toma de decisiones sobre la priorización de problemas y proyectos de inversión durante las fases del proceso del presupuesto participativo. Están integrados por los miembros del CCLD, Juntas Vecinales, Comité de Vigilancia Ciudadana, el Concejo Municipal, funcionarios de los sectores públicos que desarrollen acciones en el ámbito del distrito, los representantes de la sociedad civil debidamente acreditados de acuerdo al artículo 5º del Reglamento de la Ley Marco del Presupuesto Participativo y los ciudadanos que se inscriban en el proceso, así como por el Equipo Técnico. 5.6. TALLERES O ASAMBLEAS DE TRABAJO.- Reuniones convocadas por el Alcalde o su representante en el marco del proceso participativo con la fi nalidad de identifi car desde una perspectiva temática y territorial, los problemas y potencialidades de nuestro distrito, así como la priorización de las acciones y proyectos a priorizarse, en los talleres también se defi nen los criterios de priorización para las acciones propuestas. 5.7. SOCIEDAD CIVIL: Comprende a las organizaciones sociales de base territorial o temática, así como a organismos e instituciones privadas dentro de la jurisdicción del distrito. 5.8. PROBLEMA: Se entiende como problema a una situación o circunstancia que limita la consecución del bienestar social, se presenta como una situación de carencia que requiere de solución dado que su presencia afecta a un sector o a la población en general. 5.9. PROYECTO DE INVERSIÓN PÚBLICA: Es toda Intervención limitada en el tiempo que utiliza total o parcialmente recursos públicos, con el fi n de crear, ampliar, mejorar o recuperar la capacidad productora o provisión de bienes o servicios; cuyos benefi cios se generan durante la vida útil del proyecto. CAPÍTULO II DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO MUNICIPAL Artículo 6º.- PRINCIPIOS DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO.- El proceso del Presupuesto Participativo se inspira y fundamenta en los principios de participación, transparencia, gestión moderna y por objetivos, rendición de cuentas, inclusión social, efi cacia, efi ciencia, equidad, igualdad, tolerancia, lucha contra la pobreza, sostenibilidad, imparcialidad, competitividad, respeto a los acuerdos, neutralidad, subsidiaridad entre los niveles de gobierno, consistencia de las políticas locales y concordancia de las mismas con las políticas metropolitanas, regionales y nacionales, especialización de las funciones, competitividad, cooperación e integración. Artículo 7º.- CARACTERÍSTICAS DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO.- El proceso del Presupuesto Participativo se caracteriza por ser un proceso competente, programable y articulado, coordinado, concertado, sostenible, multianual y participativo. Artículo 8º.- PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Y ORGANIZACIÓN MUNICIPAL.- La organización municipal, se adecuará a los lineamientos del Presupuesto Participativo Municipal a fi n de garantizar su efi ciencia, efi cacia y sostenibilidad del Proceso. La municipalidad apoyará y promoverá la formación de autoridades, funcionarios, profesionales y técnicos municipales en el tema del presupuesto participativo municipal, así como fomentar el intercambio de experiencias. Artículo 9º.- EQUIPO TÉCNICO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO.- 9.1. El Equipo Técnico del Presupuesto Participativo estará integrado por: Gerente Municipal- Preside Gerencia de Planifi cación y Presupuesto -Secretario Técnico Gerencia de Desarrollo Urbano - Miembro. Gerencia de Desarrollo Humano - Miembro. Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente - Miembro. Gerencia de Participación Vecinal – Miembro. Gerencia de Desarrollo Económico Local – Miembro. Gerencia de Seguridad Ciudadana – Miembro. Representantes de la Sociedad Civil. Representante de la Junta Vecinales Distritales. 9.2. El Equipo Técnico tiene la responsabilidad de conducir el proceso del Presupuesto Participativo, brindando soporte técnico durante el desarrollo del mismo y realizando el trabajo de evaluación técnica en la fase de concertación. 9.3. El Equipo Técnico del Presupuesto Participativo tiene como propósito principal, brindar asesoría y/o soporte técnico en el proceso de planeamiento del desarrollo concertado del presupuesto participativo, así como participar en procesos de evaluación especializada. Así como desarrollar acciones de capacitación, preparación y sistematización de la información y el apoyo permanente al proceso participativo. 9.4. El Equipo Técnico tiene las siguientes responsabilidades: a) Preparar y distribuir la información básica que se requiere para la realización del Proceso del Presupuesto Participativo. b) Realizar las actividades de capacitación que se estimen necesarias para el mejor desarrollo del Proceso, según el Cronograma establecido. c) Facilitar la realización de los Talleres de Trabajo que sean convocados y sistematizar el resultado de los mismos. d) Efectuar la evaluación técnica de las alternativas para las inversiones o soluciones propuestas en los talleres de trabajo del Presupuesto Participativo. e) Realizar la evaluación técnica y fi nanciera de los proyectos, verifi cando que corresponda al ámbito competencia del nivel de Gobierno y a los estándares del Sistema Nacional de Inversión Pública – SNIP cuando corresponda evaluar la viabilidad de los proyectos priorizados en los talleres de trabajo. f) Proponer la elaboración de proyectos de inversión y de servicios públicos locales aprobados dentro del cronograma que establece el proceso. g) Participar en la priorización de los proyectos de inversión pública a considerarse en el Presupuesto Participativo, en función a la solución de los problemas priorizados. h) Presentar y sustentar ante el CCLD los resultados del presupuesto participativo. i) Obtener como documento fi nal el Resumen Ejecutivo del proceso y el listado de Proyectos Priorizados. j) Elaboración del documento del proceso participativo para cada año fi scal. k) Llevar el Acta de Acuerdos y Compromisos del Plan de Desarrollo Concertado del Presupuesto Participativo. l) Otros que disponga el Titular del Pliego.