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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MARZO DEL AÑO 2012 (11/03/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 33

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 11 de marzo de 2012 462403 Parques y Jardines y Serenazgo para el año 2009, vigente también para el año 2011 según Ordenanza Municipal Nº 014-2010-CDB, asimismo mediante la misma Ordenanza se estableció que el 30 de Marzo del mismo ejercicio fi scal será el vencimiento del pago de la Tercera cuota de los tributos ya mencionados. Que, con fecha 19 de febrero del 2012 se ha publicado en el Diario Ofi cial El Peruano la Ordenanza Municipal Nº 003-2012-CDB, mediante la cual se ha establecido “La ampliación de benefi cios tributarios que están contenidas en la Ordenanza Municipal Nº 015-2011-CDB, en el extremo de realizar los pagos de Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo de los ejercicios fi scales anteriores al 2011 sin intereses, reajustes, costas ni gastos judiciales, hasta el 29 de febrero del ejercicio fi scal 2012”; Que, con fecha 28 de febrero del 2012 se aprobó la Ordenanza Municipal Nº 004-2012-CDB, mediante la cual se aprueba prorrogar el plazo para el acogimiento al benefi cio de descuento por pronto pago de las tasas de arbitrios municipales establecidos para el ejercicio fi scal 2012, hasta el 31 de marzo del mismo ejercicio fi scal; Que, esta gestión tiene como fi n máximo procurándose dar una buena calidad de vida a los vecinos de esta institución edil y apreciando que existe una gran necesidad de ampliar los benefi cios tributarios que están contenidos en la Ordenanza Municipal Nº 015-2011-CDB, en el extremo de realizar los pagos de Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo de los ejercicios fi scales anteriores al 2011 sin intereses, reajustes, costas ni gastos judiciales, hasta el 31 de marzo; Estando a lo expuesto, de conformidad con la Segunda Disposición Final de la Ordenanza Municipal Nº 003-2012-CDB y en ejercicio de las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades le confi ere; DECRETA Primero.- Ampliar la fecha de vencimiento del benefi cio tributario aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 015-2011-CDB, hasta el 31 de marzo. Segundo.- Deléguese el cumplimiento de la presente a la Dirección de Administración Tributaria y Rentas y a la Unidad de Informática. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. IVAN RIVADENEYRA MEDINA Alcalde 761831-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE Prorrogan plazo para pago al contado y del primer trimestre del Impuesto Predial del Ejercicio Fiscal 2012 ORDENANZA N° 06-2012-MPC Cañete, 8 de marzo de 2012 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE POR CUANTO: El Concejo Provincial de Cañete en Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha, visto el Informe N° 064-2012-SGAT-GTM-MPC, de fecha 28 de febrero de 2012 de la Subgerencia de Administración Tributaria, remitido a través del Informe Nº 33-2012-GT-MPC, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia, dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobiernos, administrativos y de administración; Que, de conformidad con el numeral 4) del artículo 200º de la Constitución Política del Perú, las Ordenanzas tienen rango de ley; Que, el artículo 1° de la Ordenanza N° 03-2012-MPC, concordante con el artículo 15° de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Legislativo N° 776, establece que, el pago al contado del Impuesto Predial del ejercicio fi scal 2012 y, el pago del primer trimestre del Impuesto Predial, vence el 29 de febrero de 2012; Que, mediante Informe N° 064-2012-SGAT-GTM- MPC, de fecha 28 de febrero de 2012, la Subgerente de Administración Tributaria, solicita la prórroga de la campaña tributaria 2012; por las siguientes razones: por estar próximo el inicio de la época escolar; por estar pendiente aún de distribuir a domicilio las cuponeras de autovalúo a los Centros Poblados y lugares periféricos y; comprendiendo la necesidad de los contribuyentes; Que, el artículo 29° del Código Tributario, dispone que, el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado, con carácter general, por la Administración Tributaria; Que, el Subgerente de Asesoría Legal mediante Informe Legal Nº 089-2012-AJ-MPC, opina porque se apruebe la ordenanza propuesta; asimismo con Dictamen Nº 006-2012-CPEAM/MPC la Comisión de Planifi cación, Economía y Administración Municipal, recomienda aprobar el proyecto de ordenanza y se someta a consideración del Pleno del Concejo; Estando a lo expuesto y de conformidad con el numeral 8 del artículo 9°, artículo 39º y 40º de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto unánime del Pleno del Concejo Provincial, se aprueba la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA PRORROGA DEL PLAZO PARA EL PAGO AL CONTADO Y DEL PRIMER TRIMESTRE DEL IMPUESTO PREDIAL DEL EJERCICIO FISCAL 2012 Artículo 1°.- PRORROGAR, con carácter general, el plazo para el pago al contado y del primer trimestre del Impuesto Predial del ejercicio Fiscal 2012, hasta el 30 de abril de 2012. Artículo 2°.- ESTABLECER que las tres últimas cuotas trimestrales del Impuesto Predial-ejercicio fi scal 2012, deberán ser cancelados en las fechas señaladas en la Ordenanza N° 03-2012-MPC. Artículo 3°.- FACULTESE al Despacho de Alcaldía para que mediante Decreto de Alcaldía amplíe el benefi cio establecido en la presente ordenanza, para Impuesto Predial. Artículo 4°.- DEROGUESE las disposiciones legales que se opongan a la presente Ordenanza. Artículo 5°.- Encargar a Secretaría General la publicación y difusión de la presente Ordenanza, conforme a Ley. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARÍA M. MONTOYA CONDE Alcaldesa 762181-1 Aprueban prórroga del plazo para la presentacion de declaracion jurada y pago del Impuesto al Patrimonio Vehicular del Ejercicio Fiscal 2012 ORDENANZA N° 07-2012-MPC Cañete, 8 de marzo de 2012