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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 11 de marzo de 2012 462396 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratifi cadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción para su vigencia y exigibilidad; Que, en aplicación de lo normado por la Ordenanza Nº 1533 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicada el 27 de junio del 2011, la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho aprobó la Ordenanza materia de la ratifi cación, remitiéndola al Servicio de Administración Tributaria con sus informes y documentos sustentatorios con carácter de Declaración Jurada y, la citada entidad en uso de sus competencias y atribuciones emitió el Informe Técnico Legal Nº 004-181- 00000462 opinando que procede la ratifi cación solicitada por cumplir con los requisitos exigidos y las normas aplicables, de conformidad con la Ordenanza Nº 1533 y la Directiva Nº 001-006-00000015 publicada el 30 de junio del 2011, debiéndose efectuar las publicaciones pertinentes en el Diario Ofi cial El Peruano y en los portales institucionales; Que, los ingresos que la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho prevé percibir, producto de la emisión mecanizada de los citados arbitrios, cubre el 96.34% de los costos incurridos. De acuerdo con lo opinado por el Servicio de Administración Tributaria-SAT y por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización en el Dictamen Nº 36-2012- MML/CMAEO. ACORDÓ: Artículo Primero.- Ratifi car la Ordenanza Nº 228-MDSJL que fi ja el monto por derecho de emisión mecanizada del impuesto predial y arbitrios municipales correspondiente al ejercicio 2012 en el Distrito de San Juan de Lurigancho, dado que cumple con las disposiciones técnicas y legales establecidas en el marco legal para su aprobación y vigencia. Artículo Segundo.- La vigencia del presente Acuerdo ratifi catorio se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicación; así como del texto íntegro de la Ordenanza ratifi cada Nº 228-MDSJL y sus anexos que contienen los cuadros de estructura de costos y de estimación de ingresos, respectivamente. La aplicación de la Ordenanza materia de la presente ratifi cación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho. Artículo Tercero.- Cumplido el citado requisito de publicación, el Servicio de Administración Tributaria- SAT, a través de su página web www sat.gob.pe hará de conocimiento público el presente Acuerdo, el Dictamen de la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización y el Informe del Servicio de Administración Tributaria. Regístrese, comuníquese y cúmplase. SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE Alcaldesa 762393-1 MUNICIPALIDAD DE ATE Modifican Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Ate DECRETO DE ALCALDÍA Nº 025 Ate, 29 de diciembre de 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE ATE. VISTO; el Informe Nº 03-2011-MDA/SG-OREC de la Ofi cina de Registros Civiles; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución Legislativa Nº 29445 de fecha 19.11.2009, la República del Perú aprobó la adhesión al “Convenio Suprimiendo la Exigencia de Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros” también conocido como Convenio de la Apostilla de La Haya (05 de octubre 1961). Cumplido los plazos exigidos, el convenio entró en vigencia para el Perú el 30 de setiembre de 2010. De acuerdo a lo señalado en el Convenio, la República del Perú está obligada a reconocer la efi cacia jurídica de un documento público emitido por otro país fi rmante del Convenio, quedando en consecuencia suprimido el requisito de la legalización consular o diplomática, para ello se deberá tramitar una legalización única o apostillado ante la autoridad local correspondiente en la cual se consigna una anotación que certifi ca la autenticidad del documento público; de acuerdo a lo señalado en el Convenio de La Haya son considerados documentos públicos aquellos que son emitidos por una autoridad o un funcionario vinculado a la jurisdicción del Estado, incluyendo los provenientes del Ministerio Público o de un secretario, ofi cial o agente judicial; Que, conforme a lo señalado en el numeral 38.5 del artículo 38º de la Ley de Procedimientos Administrativo General Nº 27444, señala que: “una vez aprobado el TUPA, toda modifi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incrementos de derecho de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector, norma regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldía o por Resolución el Titular del Organismo Autónomo conforme a la Constitución, según el nivel del gobierno respectivo. En caso contrario, su aprobación se realiza conforme al mecanismo establecido en el numeral 38.1. En ambos casos se publicará la modifi cación según lo dispuesto por el numeral 38.3; Que, mediante Informe Nº 03-2011-MDA/SG-OREC de la Ofi cina de Registros Civiles, opina se debe modifi car el Procedimiento Nº 01 –Matrimonio Civil de Extranjeros- del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Ate, suprimiendo la exigencia de la legalización Consular o Diplomática de los documentos públicos de origen extranjeros de los países de signatarios del Convenio de la Apostilla de la Haya, del cual la República del Perú se adhirió mediante Resolución Legislativa Nº 29445 de fecha 19.11.2009; Que, mediante informe Nº 039-2011-MDA/GP- SGPMI, la Sub-Gerencia de Procesos y Modernización Municipal, conjuntamente con la Gerencia de Planifi cacion, consideran que lo opinado por la Ofi cina de Registro Civil, resulta procedente la modifi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos –TUPA de la Municipalidad de Ate, acorde con el “Convenio que Suprime la Exigencia de Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros”; Estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20º, artículos 39º y 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo 1º.- MODIFIQUESE; el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de Ate, aprobado mediante Ordenanza Nº 245-MDA y Ratifi cado mediante Acuerdo de Concejo Nº 311-2010-MML, en el Procedimiento Nº 01, referente al Matrimonio Civil –Extranjeros, conforme al cuadro anexo que forma parte integrante del presente Decreto. Artículo 2º.-- DISPONER; se publique el presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate (www.muniate.gob.pe).