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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MARZO DEL AÑO 2012 (11/03/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 34

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 11 de marzo de 2012 462404 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE POR CUANTO: El Concejo Provincial de Cañete en Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha, visto el Informe N° 033-2012-GTM-MPC, de fecha 28 de febrero de 2012 de la Gerencia de Tributación Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia, dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobiernos, administrativos y de administración; Que, de conformidad con el numeral 4) del artículo 200º de la Constitución Política del Perú, las Ordenanzas tienen rango de ley; Que, el artículo 1° de la Ordenanza N° 02-2012- MPC, concordante con el artículo 34º de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Legislativo N° 776, ordena que, los contribuyentes están obligados a presentar Declaración Jurada Anualmente, el último día hábil del mes de febrero, salvo que la Municipalidad establezca una prórroga…”; Que el artículo 1° de la Ordenanza N° 04-2012- MPC, en concordancia con el artículo 35° de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Legislativo N° 776, dispone que, el pago al contado del Impuesto al Patrimonio Vehicular del ejercicio fi scal 2012 y; el pago del primer trimestre del Impuesto al Patrimonio Vehicular, vence el 29 de febrero de 2012; Que, mediante Informe N° 033-2012-GTM-MPC, de fecha 28 de febrero de 2012, la Gerente de Tributación Municipal, solicita prórroga para la presentación de declaración jurada y pago del impuesto al patrimonio vehicular, ejercicio fi scal 2012; por las siguientes razones: por estar próximo el inicio de la época escolar; por comprender la necesidad de los contribuyentes y; debido que es a nivel provincial; Que, el artículo 29° del Código Tributario, dispone que, el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado, con carácter general, por la Administración Tributaria; Que, el artículo 34° de la Ley de Tributación Municipal, indica que, la municipalidad puede establecer prórroga para la presentación de la Declaración Jurada anual del Impuesto al Patrimonio Vehicular; Que, el Subgerente de Asesoría Legal mediante Informe Legal Nº 089-2012-AJ-MPC, opina porque se apruebe la ordenanza propuesta; asimismo con Dictamen Nº 006-2012-CPEAM/MPC la Comisión de Planifi cación, Economía y Administración Municipal, recomienda aprobar el proyecto de ordenanza y se someta a consideración del Pleno del Concejo; Estando a lo expuesto y de conformidad con el numeral 8) del artículo 9°, artículo 39º y 40º de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto unánime del Pleno del Concejo Provincial, se aprueba la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA PRORROGA DEL PLAZO PARA LA PRESENTACION DE DECLARACION JURADA Y PAGO DEL IMPUESTO AL PATRIMONIO VEHICULAR EJERCICIO FISCAL 2012 Artículo 1°.- PRORROGAR, con carácter general, el plazo para la presentación de la Declaración Jurada anual del Impuesto al Patrimonio Vehicular ante la Municipalidad de la Provincia de Cañete, de parte de las personas naturales o jurídicas propietarias de los vehículos, automóviles, camionetas, statión wagon, camiones, buses y omnibuses, cuyo domicilio se encuentra en la jurisdicción de la provincia de Cañete; hasta el 30 de abril de 2012. Artículo 2°.- PRORROGAR, con carácter general, el plazo para el pago al contado y del primer trimestre del Impuesto al Patrimonio Vehicular, ejercicio fi scal 2012, hasta el 30 de abril de 2012. Artículo 3°.- ESTABLECER que las tres últimas cuotas trimestrales del Impuesto al Patrimonio Vehicular- ejercicio fi scal 2012, deberán ser cancelados en las fechas señaladas en la Ordenanza N° 04-2012-MPC. Artículo 4°.- FACULTESE al Despacho de Alcaldía para que mediante Decreto de Alcaldía amplíe el benefi cio establecido en la presente Ordenanza. Artículo 5°.- DEROGUESE las disposiciones legales que se opongan a la presente Ordenanza. Artículo 6°.- Encargar a Secretaría General la publicación y difusión de la presente Ordenanza, conforme a Ley. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARÍA M. MONTOYA CONDE Alcaldesa 762181-2 Derogan la Ordenanza Nº 029-2011- MPC que aprobó el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana del Ejercicio 2012 ORDENANZA N° 08-2012-MPC Cañete, 8 de marzo de 2012 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE POR CUANTO: El Concejo Provincial de Cañete en Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha, visto el Informe Nº 213-2012-GSP-MPC de fecha 01 de marzo de 2012, emitido por la Gerencia de Servicios Públicos, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Art. 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia, dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración. Que, de conformidad con el numeral 4) del artículo 200º de la Constitución Política del Perú, las Ordenanzas tienen rango de ley. Que, mediante Ordenanza Nº 029-2011-MPC, de fecha 19 de diciembre del 2011, se aprueba el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines, y Seguridad Ciudadana para el ejercicio 2012. Que, con Informe Nº 12-2012-GSP-MPC, la Gerente de Servicios Públicos, de esta Institución Edil, informa, que surge la necesidad de revisar la Ordenanza N° 029- 2011-MPC, respecto del incremento que se ha generado por la aplicación de las tablas aprobadas y que forman parte de la estructura de costos elaborados por personal de IPES en su momento. Que, con Informe Legal Nº 101-2012-AJ-MPC de fecha 07 de Marzo del 2012, la Oficina de Asesoría Legal de la MPC, opina que la derogación de la Ordenanza N° 029-2011-MPC, se haga por aprobación de otra ordenanza. Asimismo, se apruebe