Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MARZO DEL AÑO 2012 (20/03/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 38

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 20 de marzo de 2012 462812 Nombres y Apellidos Entidad Gladys Bernardina Cermeño de Cáceres Municipalidad Provincial de Huaraz Hernán Martín Díaz Huamán Seguro Social de Salud – ESSALUD Edwin William Laime Palomino Empresa Nacional de la Coca S.A. – ENACO Juan Julio Quispe Guevara Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA Gabriel Sánchez Pérez Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología – SENAMHI Oscar Humberto Zafra Quiroz Marina de Guerra del Perú Artículo Quinto.- Los traslados y las designaciones que se efectúan de acuerdo a lo dispuesto en el primer y cuarto artículos precedentes, deberán realizarse indefectiblemente dentro de los quince (15) días calendario siguientes de publicada la presente Resolución. Artículo Sexto.- Los profesionales a que se refi eren los artículos primero y cuarto de la presente Resolución mantendrán su plaza de origen, teniendo derecho a percibir la asignación por responsabilidad, respecto del nivel y categoría del cargo, de acuerdo a lo previsto en la Resolución de Contraloría Nº 262-2011-CG, durante el ejercicio efectivo del cargo. Artículo Sétimo.- El Departamento de Gestión y Desarrollo Humano y el Departamento de Gestión de Órganos de Control Institucional de la Contraloría General de la República, dispondrán y adoptarán las demás acciones que correspondan de acuerdo a lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo Octavo.- En tanto se designe al nuevo jefe del Órgano de Control Institucional del Gobierno Regional Pasco, Proyecto Especial Chinecas, Instituto Metropolitano Protransporte de Lima – PROTRANSPORTE, Proyecto Especial Sierra Centro Sur (INADE) y Municipalidad Distrital de San Luis, los titulares de las entidades deberán garantizar el normal desarrollo de la actividad de dichos Órganos, disponiendo el encargo de las funciones de la jefatura, a un profesional que reúna los requisitos establecidos en el artículo 25º del Reglamento de los Órganos de Control Institucional, dando cuenta de ello a este Órgano Superior de Control. Regístrese, comuníquese y publíquese. FUAD KHOURY ZARZAR Contralor General de la República 765754-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Declaran de interés local el cambio específico de zonificación de determinados inmuebles de propiedad de la Municipalidad ACUERDO DE CONCEJO Nº 016-2012-MDSM San Miguel, 5 de marzo del 2012 VISTOS, en la sesión de concejo de la fecha, el pedido formulado por el alcalde, que contiene el memorando Nº 139- 2012-GM/MDSM emitido por la Gerencia Municipal, la absolución de consulta Nº 010-2012-GAJ/MDSM emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos, el informe Nº 034- 2012-SGCP-GAF/MDSM emitido por la Subgerencia de Control Patrimonial y el memorando Nº 152-2012- GDU/ MDSM emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano, que contiene el expediente de desafectación del ex palacio municipal y la afectación de la nueva sede de gobierno de la comuna; y, CONSIDERANDO: Que, según lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú modifi cado por ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, mandato constitucional concordante con el artículo II de la ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que establece que, en efecto, los gobiernos locales gozan de autonomía y que esta radica en la facultad de ejercer actos de gobiernos administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, más aún, el artículo 195º de la carta constitucional establece que las municipalidades tienen competencia para administrar sus bienes y rentas, dentro de las categorías que determina el artículo 55º de la ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, entre otras, los edifi cios municipales y sus instalaciones y, en general, todos los bienes adquiridos, construidos y/o sostenidos por la municipalidad, que constituyen su patrimonio, el mismo que administra en forma autónoma con las garantías y responsabilidades de ley; Que, de acuerdo al artículo 9º de la ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, los actos que realizan los gobiernos locales respecto de los bienes de su propiedad, así como los de dominio público que se encuentran bajo su administración, se ejecutan conforme a la ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y a aquella y su reglamento en lo que fuera aplicable; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 066-2011- MDSM se declara la libre disponibilidad del predio ubicado en la avenida Bertolotto Nº 856, distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima, inscrito en el asiento 15 del tomo 2086 folio 334, partida electrónica Nº 07005754, del Registro de Predios de Lima, propiedad de la Municipalidad Distrital de San Miguel, ex sede de gobierno de esta, y se expresa, seguidamente, el interés de la misma, por disponer del susodicho activo de dominio privado, para asignar los recursos derivados de su venta en la ejecución del proyecto “Mejoramiento de la infraestructura municipal para el desarrollo de actividades socioculturales múltiples en la Casa de la Cultura del Distrito de San Miguel”; Que, mediante memorando de vistos, la Gerencia de Desarrollo Urbano propone la desafectación del lote 16 manzana 32 de la urbanización Huertización Fundo San Miguel cuyo inmueble estuvo ocupado por la ex sede de gobierno del distrito, sito en la avenida Bertolotto Nº 856 y que registra zonifi cación Otros Usos, incongruente con su uso actual, por lo que pide se cambie por Residencia de Alta Densidad (RDA); del mismo modo, propone la afectación de los lotes urbanos 08 y 09 manzana 10 urbanización Huertización Fundo San Miguel, actual sede de gobierno del distrito, sito en la avenida Federico Gallese que registra zonifi cación Residencial Densidad Media (RDM), incongruente con su uso actual, por lo que pide se cambie a zonifi cación Otros Usos (UO), en correspondencia con su actual condición, para el efecto organiza el expediente “Desafectación del ex palacio municipal o OU a RDA y afectación de RDM a OU en la nueva sede institucional”, cuyo estudio contiene la propuesta, prognosis, conclusiones y recomendaciones que, en suma, demandan declarar de interés local los cambios de zonifi cación desarrollados; Que, mediante informe de vistos la Subgerencia de Control Patrimonial, en ejercicio de sus atribuciones, emite el informe técnico que analiza el benefi cio económico para la entidad y el distrito, concluyendo, entre otras, que corresponde ejecutar acciones dirigidas al acto de disposición ordenado por el concejo municipal, procurando una gestión efi ciente del bien como parte del portafolio inmobiliario municipal, optimizando su valor, sincerando su utilidad y vocación, por lo que corresponde aplicar a ambos inmuebles el índice que corresponde a cada caso, entonces, el inmueble ubicado en la avenida Bertolotto Nº 856, urbanización San Miguel del distrito del mismo nombre, provincia y departamento de Lima, con registro defi nitivo CUS Nº 55297, inscrito en la partida electrónica Nº 07005754 de la Ofi cina Registral de Lima, con un área