Norma Legal Oficial del día 04 de mayo del año 2012 (04/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, viernes 4 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

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Articulo 2º.- La participacion de la Tripulacion Alterna queda supeditada solamente a la imposibilidad de participacion de la Tripulacion Principal. Articulo 3º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aerea del Peru, efectuara los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Ano Fiscal 2012, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Viaticos: US$ 260.00 x 10 dias x 13 personas = US$ 33,800.00 TOTAL = US$ 33,800.00

Articulo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Articulo 5º.- El personal comisionado, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuaran la sustentacion de viaticos, conforme a lo indicado en el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM. Articulo 6º.- La presente autorizacion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 7º.- La presente Resolucion sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA VALDES DANCUART Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA OTAROLA PENARANDA Ministro de Defensa

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Aprueban el "Plan para la Promocion de la Lucha contra la Corrupcion en el Sector Defensa"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 468-2012-DE/SG
MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2012 CONSIDERANDO: Que, el Estado Peruano ha suscrito la "Convencion Interamericana contra la Corrupcion", aprobada por Resolucion Legislativa Nº 26756, y ratificada por Decreto Supremo Nº 012-97-RE; y la "Convencion de Naciones Unidas contra la Corrupcion", aprobada mediante Resolucion Legislativa Nº 28357, ratificada por Decreto Supremo Nº 075-2004-RE; asumiendo el compromiso de implementar los dispositivos y mecanismos necesarios para enfrentar con firmeza la problematica que resulta ser la Corrupcion; Que, el "Acuerdo Nacional" suscrito el 22 de MORDAZA del 2002, constituye el conjunto de politicas de Estado elaboradas y aprobadas sobre la base del dialogo y el consenso con el objeto de definir un rumbo para el desarrollo sostenido del MORDAZA y afirmar su gobernabilidad democratica; el cual, ha establecido en el MORDAZA objetivo de las Politicas de Estado, el desarrollo de esfuerzos para un "Estado eficiente, transparente y descentralizado", mediante la promocion de la etica y la transparencia y erradicacion de la corrupcion, el MORDAZA de dinero, la evasion tributaria y el contrabando en todas sus formas, esto ultimo en su Politica 26; Que, la Ley Nº 27658 ­ "Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado", establece como finalidad fundamental del MORDAZA de modernizacion, la obtencion de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, con el objetivo de alcanzar, entre otros, un Estado Transparente

en su gestion, con trabajadores y servidores que brindan al ciudadano un servicio imparcial, oportuno, confiable, predecible y de bajo costo, lo que implica el desempeno responsable y transparente de la funcion publica, con mecanismos de control efectivos; Que, el numeral 11, del articulo 2º del Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM, define y establece entre las Politicas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, la Politica Anticorrupcion, en merito de la cual el Estado busca: a) fortalecer la lucha contra la corrupcion en las licitaciones, las adquisiciones y la fijacion de los precios referenciales, eliminando los cobros ilegales y excesivos; b) garantizar la transparencia y la rendicion de cuentas; c) promover, a traves de sus acciones y comunicaciones, la Etica Publica; y d) fomentar la participacion ciudadana en la vigilancia y control de la gestion publica; Que, asimismo, el "Plan Nacional de Lucha contra la Corrupcion", presentado el 23 de diciembre de 2008 por la Presidencia del Consejo de Ministros, incluye como objetivo estrategico, entre otros: i) promover la creacion de un sistema anticorrupcion articulado; ii) institucionalizar en la Administracion Publica las practicas de buen gobierno, la etica, la transparencia y la lucha eficaz contra la corrupcion; y iii) promover la participacion activa de los integrantes de la sociedad en la lucha contra la corrupcion; Que, es necesario focalizar el trabajo contenido en el documento que por este conducto se aprueba a traves de la denominacion siguiente: "Plan para la Promocion de la Lucha contra la Corrupcion en el Sector Defensa", el mismo que es un instrumento de politicas fundamentales para una gestion publica en el MORDAZA de la legalidad, etica, transparencia, eficiencia y calidad del servicio, que contribuye al fortalecimiento del Sector Defensa; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar el "Plan para la Promocion de la Lucha contra la Corrupcion en el Sector Defensa", el cual permitira fortalecer las acciones en la lucha contra la corrupcion plasmados en los objetivos y estrategias del referido documento; En uso de las atribuciones conferidas en la Ley Nº 29158 ­ "Ley Organica del Poder Ejecutivo", la Ley Nº 29605­ "Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa", el Decreto Supremo Nº 001-2011-DE que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa"; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el "Plan para la Promocion de la Lucha contra la Corrupcion en el Sector Defensa", el mismo que como anexo forma parte de la presente resolucion. Articulo 2º.- Disponer que la implementacion del Plan para la Promocion de la Lucha contra la Corrupcion en el Sector Defensa, es de obligatorio cumplimiento para los Organismos Publicos y Empresas adscritas al Ministerio de Defensa, asi como de sus Organos y Unidades Ejecutoras, sin perjuicio de las disposiciones, directivas o acciones que cada una de ellas, en funcion a su naturaleza y ambito de competencia funcional pudieran establecer o desarrollar. Articulo 3º.- Disponer que en un plazo MORDAZA de 60 dias calendarios de aprobado el Plan para la Promocion de la Lucha contra la Corrupcion en el Sector Defensa, los Organismos Publicos y empresas adscritas al Sector Defensa, asi como sus unidades ejecutoras, deberan aprobar su Plan institucional de Lucha contra la Corrupcion. Articulo 4º.- Encargar a la Secretaria General del Ministerio de Defensa, el seguimiento de la implementacion del Plan para la Promocion de la Lucha contra la Corrupcion en el Sector Defensa y la aprobacion de los Planes Institucionales. Articulo 5º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y de sus anexos en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Defensa: (www. mindef.gob.pe/transparencia.html) Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA OTAROLA PENARANDA Ministro de Defensa

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