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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 4 de mayo de 2012 465696 Artículo 3º.- Aprobar el Formulario de la Declaración Jurada Técnica aplicable a los procedimientos referidos a la inscripción o modifi cación en el Registro de Hidrocarburos para los medios de transporte terrestre en cilindros, tramitados ante la Gerencia de Fiscalización de Hidrocarburos Líquidos, que como Anexo 2 forma parte de la presente resolución. Artículo 4º.- Incorporar el ítem c.7 en el literal c) del artículo 20º del Anexo Nº 1 del Reglamento del Registro de Hidrocarburos, aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 191-2011-OS/CD, el mismo que quedará redactado en los siguientes términos: “c.7 En caso se verifi que que el equipo GPS de un medio de transporte asociado a una orden de pedido realizada en el Sistema de Control de Órdenes de Pedido (SCOP), no registra información de haber llegado al establecimiento que realizó el pedido”. Artículo 5º.- Incorporar el literal d) en el artículo 22º del Anexo Nº 1 del Reglamento del Registro de Hidrocarburos, aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 191- 2011-OS/CD, el mismo que quedará redactado en los siguientes términos: “d) Cuando se evidencie el supuesto c.7 del artículo 20º del presente reglamento, para los establecimientos de venta al público de combustibles y consumidores directos.” Artículo 6º.- Autorizar a la Gerencia General a aprobar y modifi car las Declaraciones Juradas Técnicas; así como dictar las disposiciones técnico-operativas y medidas complementarias que sean necesarias para la aplicación de la presente resolución. Artículo 7º.- Autorizar la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. El Anexos 1 a que se refi ere el artículo 1º así como el Anexo 3 que contiene la Exposición de Motivos y forman parte integrante de la presente resolución, serán publicados en el portal electrónico de OSINERGMIN (www.osinergmin.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). JESÚS TAMAYO PACHECO Presidente del Consejo Directivo 784544-1 Año 2012 Año 2013 Medios de Transporte Terrestre de OPDH y Medios de Transporte Acuático Medios de Transporte Terrestre de Combustible Líquidos Departamentos y Provincia Constitucional 01-Jun-12 01-Jul-12 01-Ago-12 01-Sep-12 01-Oct-12 01-Nov-12 01-Dic-12 01-Ene-13 01-Feb-13 01-Mar-13 01-Abr-13 01-May-13 Loreto - Amazonas X Tumbes - Piura X Lambayeque - Cajamarca X La Libertad - Ancash X Lima - Callao X En todo el País X FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 074-2012-OS/CD Mediante Ofi cio Nº 0309-2012-GART, el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - OSINERGMIN solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Nº 074-2012-OS/CD, publicada en Separata Especial en la edición del día 27 de abril de 2012. - En la página 464993; DICE: “Artículo 1º.- ... Factores de Ponderación del Valor Agregado de Distribución por Sector Típico (VADMT) y del Valor Agregado de Distribución de los Sistemas Eléctricos Rurales en Media Tensión Empresa Factor de Ponderación por Sector Típico (%) Total 1 2 3 4 5 Especial SER* (...) Coelvisac 73.29% 0.66% 0.15% 25.90% 100.00% (...)” DEBE DECIR: “Artículo 1º.- ... Factores de Ponderación del Valor Agregado de Distribución por Sector Típico (VADMT) y del Valor Agregado de Distribución de los Sistemas Eléctricos Rurales en Media Tensión Empresa Factor de Ponderación por Sector Típico (%) Total 1 2 3 4 5 Especial SER* (...) Coelvisac 2.48% 0.55% 96.97% 100.00% (...)” 784577-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO GEOLOGICO MINERO METALURGICO Asignan montos recaudados por concepto de pago de Derecho de Vigencia y Penalidad de derechos mineros y por la formulación de petitorios durante el mes de marzo de 2012 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 069-2012-INGEMMET/PCD Lima, 27 de abril de 2012 Visto; el Informe Nº 007-2012-INGEMMET/DDV/D de la Dirección de Derecho de Vigencia de fecha 24 de abril del