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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MAYO DEL AÑO 2012 (15/05/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 15 de mayo de 2012 466226 son los criterios de diseño y estructura de la Administración Pública, indicándose que, en el diseño de la estructura orgánica predomina el principio de especialidad, debiéndose integrar las funciones y competencias afi nes, ello con la fi nalidad de establecerse la calidad de su desempeño, así como el grado de cumplimiento de sus funciones; Que, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, prevé en su Artículo 2º como fi nalidad la generación de la aprobación de un Reglamento de Organización y Funciones que contenga una adecuada Estructura Orgánica de la Entidad, así como también la defi nición de sus funciones, en concordancia y coherencia con los criterios de estructura que establece la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, para priorizar y optimizarse el uso de recursos públicos; de este modo, el Reglamento de Organización y Funciones, constituye un instrumento de gestión institucional, que permite formalizar la organización interna, la fi nalidad, así como sus funciones; Que, el Informe Nº 006-2012-GRC/GRPPAT/ORE- CMN de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial recomienda que el requerimiento realizado por la Gerencia Regional de Salud, referente a la aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la DIRESA-Callao, Direcciones de Redes de Salud: Bonilla, La Punta, BEPECA y Ventanilla; y, del Hospital Ventanilla, resulta técnicamente procedente, al encontrarse formulado de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM; de este modo, dicha unidad orgánica, en función a lo previsto por el numeral 15) del Artículo 75º del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional del Callao, le corresponde proponer, mantener y/o actualizar los instrumentos de gestión de la Entidad, tales como el Reglamento de Organización y Funciones; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante Informe Nº 945-2012-GRC/GAJ es de la opinión que resulta procedente la propuesta de Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Dirección Regional de Salud - DIRESA Callao, Direcciones de Redes de Salud y del Hospital de Ventanilla, lo cual, deberá aprobarse a través de la dación de una Ordenanza Regional en atención a lo establecido en el Artículo 38º de la Ley Nº 27867, previo Acuerdo de Consejo Regional, según lo previsto por el inciso a) del Artículo 15º de la norma antes señalada; Que, por Dictamen Nº 072-2012-GRC/CR-CA de la Comisión de Administración Regional se recomienda al Consejo Regional aprobar, Vía Ordenanza Regional, la propuesta de Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Dirección Regional de Salud - DIRESA Callao, Direcciones de Redes de Salud y del Hospital de Ventanilla; de acuerdo con los fundamentos expuestos en la parte considerativa del presente; Estando a lo expuesto y de conformidad a lo establecido a la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD DEL CALLAO – DIRESA, DIRECCIONES DE REDES DE SALUD Y DEL HOSPITAL DE VENTANILLA Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Salud del Callao, el mismo que consta de IV Títulos, 39 (Treinta y Nueve) Artículos, 4 (cuatro) Disposiciones Complementarias, 3 (tres) Disposiciones Transitorias y un Anexo donde aparece el Organigrama Estructural DIRESA-CALLAO- 2012 (01); el mismo que forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo 2º.- Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección de Red de Salud Bonilla – La Punta, el mismo que consta de VII Títulos, 14 (Catorce) Artículos, 2 (dos) Disposiciones Complementarias, 1 (una) Disposiciones Transitorias y un Anexo donde aparece el Organigrama Estructural de la Dirección de Red de Salud Bonilla - La Punta (01); el mismo que forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo 3º.- Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección de Red de Salud BEPECA, el mismo que consta de VII Títulos, 14 (Catorce) Artículos, 2 (dos) Disposiciones Complementarias, 1 (una) Disposiciones Transitorias y un Anexo donde aparece el Organigrama Estructural de la Dirección de Red de Salud BEPECA (01); el mismo que forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo 4º.- Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección de Red de Salud VENTANILLA, el mismo que consta de VII Títulos, 14 (Catorce) Artículos, 2 (dos) Disposiciones Complementarias, 1 (una) Disposiciones Transitorias y un Anexo donde aparece el Organigrama Estructural de la Dirección de Red de Salud VENTANILLA (01); el mismo que forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo 5º.- Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones del Hospital de Ventanilla, el mismo que consta de V Títulos, 22 (Veintidós) Artículos, 2 (dos) Disposiciones Complementarias, 2 (dos) Disposiciones Transitorias y un Anexo donde aparece el Organigrama Estructural del Hospital de Ventanilla (01); el mismo que forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo 6º.- Encargar a la Gerencia General Regional, a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y a la Gerencia Regional de Salud, el fi el cumplimiento de la presente Ordenanza Regional. Artículo 7º.- Encargar a la Ofi cina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Portal WEB del Gobierno Regional del Callao: www.regioncallao.gob.pe; en el Portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe; así como en el Portal del Ministerio de Justicia. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. FELIX MORENO CABALLERO Presidente 787818-1 GOBIERNOS LOCALES PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CASTILLA FE DE ERRATAS ACUERDO DE CONCEJO N° 030-2012-CDC Fe de Erratas del Acuerdo de Concejo Nº 030-2012- CDC, publicado en la edición del 10 de mayo de 2012. DICE: Regístrese, comuníquese, publíquese, cúmplase y archívese. LAURA VIOLETA RUESTA DE HERRERA Alcaldesa DEBE DECIR: Regístrese, comuníquese, publíquese, cúmplase y archívese. AURA VIOLETA RUESTA DE HERRERA Alcaldesa 788100-1