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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MAYO DEL AÑO 2012 (15/05/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 3

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 15 de mayo de 2012 466213 SE RESUELVE: Artículo Único.- Nombrar Ministro de Estado en el Despacho de Defensa, al señor José Antonio Urquizo Maggia. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros 788298-4 Nombran Ministro del Interior RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 139-2012-PCM Lima, 14 de mayo de 2012 Vista la propuesta del señor Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con el artículo 122 de la Constitución Política del Perú; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Único.- Nombrar Ministro de Estado en el Despacho del Interior, al señor General de División E.P. (r) Wilver Alfredo Calle Girón. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros 788298-5 Nombran Ministra de la Producción RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 140-2012-PCM Lima, 14 de mayo de 2012 Vista la propuesta del señor Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con el artículo 122 de la Constitución Política del Perú; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Único.- Nombrar Ministra de Estado en el Despacho de la Producción, a la señora Gladys Mónica Triveño Chan Jan. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros 788298-6 Inscriben a la “Mancomunidad Municipal Forestación Sin Fronteras - MMFSF” en el Registro de Mancomunidades Municipales RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 028-2012-PCM/SD Lima, 26 de abril de 2012 VISTOS: El Ofi cio N° 001-2012-MMFSF; la Carta S/N; el Informe Técnico de Viabilidad; la Ordenanza Municipal Nº 001-2012-CM/MDA de la Municipalidad Distrital de Arma; la Ordenanza Municipal Nº 001-2012-MDC/CM de la Municipalidad Distrital de Capillas; la Ordenanza Municipal Nº 001-2012-MDH de la Municipalidad Distrital de Huachos; la Ordenanza Municipal Nº 025-2012-MD-M- A de la Municipalidad Distrital de Mollepampa; el Acta de Constitución y el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal Forestación Sin Fronteras - MMFSF”; y el Informe Nº 008- 2012–PCM/SD-OGI-MIRA; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley N° 29341, en el artículo 2º, defi ne a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo de dos o más municipalidades, colindantes o no, con la fi nalidad de llevar a cabo la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras; promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, la Ley citada, en el artículo 5°, señala que la inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales otorga personería jurídica de derecho público a la mancomunidad municipal; Que, el artículo 11° del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, establece el procedimiento de constitución de la mancomunidad municipal; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD se dispuso adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales a lo previsto en la Ley N° 29341 y en el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; aprobándose el nuevo Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; Que, mediante el Ofi cio y la Carta de Vistos, el Señor Alcalde y Presidente de la “Mancomunidad Municipal Forestación Sin Fronteras - MMFSF” solicita la inscripción de ésta, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Esta Mancomunidad Municipal la integran las Municipalidades Distritales de Arma, Capillas, Huachos y Mollepampa, en la Provincia de Castrovirreyna, en el Departamento de Huancavelica; Que, el Informe Técnico de Viabilidad de Vistos contiene información sobre: Diagnóstico: institucional, social y demográfi co; Gestión estratégica: visión, misión, ámbito territorial, objeto, objetivos y desarrollo económico local; Gestión descentralizada: estructura orgánica, competencias y funciones, provisión de personal y desarrollo de capacidades, recursos, y relaciones de coordinación, cooperación y colaboración; y Sostenibilidad: estrategias de fortalecimiento y consolidación institucional, desarrollo económico local, capacidad de gestión y evaluación; Que, el Estatuto señala como objeto de la Mancomunidad Municipal: a) El desarrollo territorial y económico productivo de los distritos de la mancomunidad municipal, para fomentar la competitividad de los servicios, b) Desarrollo de proyectos forestales para la promoción de la silvicultura, ganadería y agricultura, c) Desarrollo de proyectos de saneamiento básico rural, d) El fomento de los espacios turísticos, culturales, de recreación y esparcimiento, e) Participación en la gestión ambiental para la conservación y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, la prevención del cambio climático y el manejo de residuos sólidos, f) Construcción de infraestructura hidráulica para la agricultura y la ejecución de proyectos productivos y g) La participación en el diseño e implementación de políticas públicas orientadas al desarrollo humano, para la erradicación de la pobreza y la extrema pobreza; Que, en el ámbito de las funciones, el Estatuto establece como delegación de funciones específi cas exclusivas: a) Concertar con instituciones del sector público y privado de su jurisdicción, sobre la elaboración y ejecución de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo económico del distrito, b) Impulsar el proceso de planeamiento para el desarrollo, urbano y rural, con enfoque de gestión territorial, en el ámbito territorial de la mancomunidad municipal, c) Promover las condiciones favorables para la productividad y competitividad de las zonas urbanas y rurales del distrito, d) Fortalecer y desarrollar cadenas productivas