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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MAYO DEL AÑO 2012 (16/05/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 4

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 16 de mayo de 2012 466230 Artículo 3°.- Ejecución y seguimiento del PESEM 2012-2016 Los Pliegos, Órganos, Programas y Proyectos del Sector 13, así como los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales tienen la responsabilidad de su ejecución, seguimiento y evaluación en el ámbito de su competencia con la fi nalidad de alcanzar las metas sectoriales. La O fi cina de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura se encargará de elaborar un informe de evaluación anual de los avances en la implementación del Plan Estratégico Sectorial Multianual 2012-2016, el cual será remitido a la Alta Dirección para su revisión y acciones correctivas. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GINOCCHIO BALCÁZAR Ministro de Agricultura 788278-1 Designan representantes titular y alterno del SENASA ante la Comisión Especial para la implementación de la Ventanilla Única de Comercio Exterior RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0169-2012-AG Lima, 11 de mayo de 2012 VISTO: El O fi cio Circular N° 04-2012-MINCETUR-SG, remitido por la Secretaría General del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; CONSIDERANDO: Que, a través del artículo 1° del Decreto Supremo N° 165- 2006-EF se crea la Ventanilla Única de Comercio Exterior, disponiendo el numeral 9.2 del artículo 9° de la Ley N° 28977, Ley de Facilitación de Comercio Exterior, que el Ministerio de Comercio Exterior y de Turismo – MINCETUR designará la Comisión Especial en coordinación con las demás entidades competentes, para la uniformización y simpli fi cación del trámite por la Ventanilla Única de Comercio; Que, el artículo 9° del Reglamento para la Implementación de la Ventanilla Única de Comercio Exterior – VUCE, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2007-MINCETUR, establece que la Comisión Especial estará conformado, entre otros, por un representante del Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA, el mismo que debe ser designado por Resolución Ministerial del Sector Agricultura; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo N° 997 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura; y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 031-2008-AG; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha, a la señora Dora Emilia Pariona Javier y al señor Cesar Enrique Salas Arbaiza, como representantes titular y alterno, respectivamente, del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, SENASA ante la Comisión Especial para la implementación de la Ventanilla Única de Comercio Exterior - VUCE. Regístrese y comuníquese. LUIS GINOCCHIO BALCÁZAR Ministro de Agricultura 788278-2 Declaran concluido proceso de transferencia de funciones específicas consideradas en el artículo 51º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, al Gobierno Regional del departamento de Tumbes RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0170-2012-AG Lima, 11 de mayo de 2012CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 81º de la Ley 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el proceso de transferencia de competencias, funciones, atribuciones, así como de los recursos y presupuesto asignado al Gobierno Regional, es gradual y se realiza por etapas, conforme a lo establecido en la Ley de Bases de la Descentralización, la referida Ley Orgánica y las disposiciones que sobre el particular dicte el Poder Ejecutivo; Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2007-AG, se aprobó la transferencia de las facultades que corresponden a las funciones especí fi cas de los literales “e” y “q” del artículo 51º de la Ley 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, por parte del Instituto Nacional de Recursos Naturales – INRENA, a los Gobiernos Regionales que suscriban el Acta de Entrega y Recepción, de acuerdo al anexo que forma parte de ese Decreto Supremo, estableciéndose en su artículo 2º que el Ex INRENA, hoy Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre del Ministerio de Agricultura continuará prestado los servicios relacionados a los mismos en tanto los Gobiernos Regionales comunican la fi nalización de la adecuación de sus instrumentos institucionales y de gestión. Que, mediante Decreto Supremo Nº 079-2007-AG, se aprobó los lineamientos para la elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA en el marco de la Ley Nº 27444 – Ley de Procedimiento Administrativo General y dispuso, a través de su Segunda Disposición Complementaria Transitoria, que corresponde a los Ministerios publicar la relación procedimientos a cargo de las Direcciones Regionales Sectoriales; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 499-2009- AG del 03 de julio de 2009, se aprobó la relación de procedimientos administrativos, a cargo de las Direcciones Regionales de Agricultura correspondientes a las funciones especí fi cas de los literales “e” y “q” del artículo 51º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, mediante O fi cio Nº 920-2011-GOB.REG.TUMBES- DRAT-D de 09 de noviembre de 2011, la Dirección Regional de Agricultura del Gobierno Regional de Tumbes comunica que mediante Ordenanzas Regionales Nº 011-2011-GOB.REG.TUMBES-CR y 004-2011-GOB.EG.TUMBES-CR de fecha 21 de setiembre de 2011 y 17 de junio de 2011 respectivamente, se aprobaron el Reglamento de Organización y Funciones y el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Gerencia Regional de Agricultura del Gobierno Regional de Tumbes en el que se consideran las facultades y procedimientos correspondientes al ejercicio de las funciones “e” y “q” del artículo 51º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, la O fi cina de Apoyo y Enlace Regional, señala en el Informe Nº 005-2012-AG-OAER/AD que el Ministerio de Agricultura y el Gobierno Regional del departamento de Tumbes han suscrito las Actas Sustentatorias (personal, presupuesto, acervo documentario, bienes muebles e inmuebles) Informe Final y Acta de Entrega y Recepción correspondiente a las funciones especí fi cas de los literales “e” y “q” del artículo 51º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; asimismo, mediante Informe Nº 0012-2012-AG-OAERAD, señala que dicha transferencia no incluye recursos presupuestales debido a que son recursos directamente recaudados, lo cual habría sido concertado con el Gobierno Regional de Tumbes, por lo que recomienda que se de por concluida la prestación de servicios relacionados al ejercicio de las funciones especí fi cas de los literales “e” y “q” del artículo 51º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales a que hace referencia el artículo Segundo del Decreto Supremo Nº 011-2007-AG, y de por concluido el proceso de efectivización de la transferencia de esas funciones al Gobierno Regional del departamento de Tumbes; Que, por tanto, en virtud de lo establecido en el literal e) del numeral 5.1 de la Directiva Nº 003-2008-PCM/SD “Directiva para la culminación e implementación de Funciones Sectoriales a los Gobiernos Regionales” aprobada por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 044-2008-PCM/SD, debe dictarse la respectiva Resolución Ministerial, dando a conocer a las entidades del Sector Público y privado y a los ciudadanos en general, de la culminación del proceso de transferencia de las funciones especí fi cas de los literales “e” y “q” del artículo 51º de la Ley 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales al Gobierno Regional del departamento de Tumbes; De conformidad con la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobada por Decreto Legislativo Nº 997, Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar concluido el proceso de transferencia de las funciones especi fi cas consideradas en