Norma Legal Oficial del día 16 de mayo del año 2012 (16/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, miercoles 16 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES
FECHA DE VENCIMIENTO 27 de junio de 2012 28 de junio de 2012 02 de MORDAZA de 2012

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ULTIMO DIGITO DEL RUC 4-5 6-7 8-9

Articulo 2º.- La MORDAZA de la Declaracion Anual Consolidada - D.A.C., asi como de sus anexos, se realizara de manera gratuita siguiendo el procedimiento establecido en el Anexo I que forma parte de la presente resolucion. Articulo 3º.- Los titulares mineros que, al 31 de diciembre del ano 2011, hayan estado debidamente acreditados como Pequenos Productores Mineros o Productores Mineros Artesanales tambien deberan seguir el procedimiento establecido en el Anexo I de la presente resolucion. Articulo 4º.- Los titulares de la actividad minera obligados a la MORDAZA de la Declaracion Anual Consolidada - D.A.C. son los que se define en el Anexo II de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA E. MORDAZA MORDAZA Director General de Mineria

superior derecha de la primera pagina, encontrara el numero de escrito con el que la D.A.C. ingreso oficialmente al M.E.M. 6. La actualizacion de los Datos Generales del titular minero solo podra realizarse a traves de la Oficina de MORDAZA Tramite del M.E.M., mediante un documento dirigido a la D.G.M. 7. Para validar las cesiones y/o transferencias de derechos mineros que hayan sido declaradas en el formulario, los titulares tienen plazo hasta el 06 de MORDAZA de 2012 para presentar, a traves de la Oficina de MORDAZA Tramite del M.E.M., oficina de la Direccion Regional de Energia y Minas (D.R.E.M.) o su equivalente en la region correspondiente, MORDAZA simple de la(s) ficha(s) registral(es) de la Superintendencia Nacional de Registros Publicos (SUNARP). 8. El formulario de la D.A.C. distingue automaticamente a los titulares mineros segun los siguientes criterios: el regimen tributario al que pertenecen, la cantidad de hectareas que abarcan sus derechos mineros y si, al 31 de diciembre del ano 2011, tenian calificacion vigente de Pequenos Productores Mineros o Productores Mineros Artesanales. 9. Si tiene alguna consulta podra comunicarse con la D.G.M. o cualquiera de las D.R.E.M.'s, o su equivalente la region correspondiente, o escribir al correo electronico: declaraciones@minem.gob.pe. ANEXO II Titulares de Actividad Minera La Declaracion Anual Consolidada (D.A.C.) debe ser presentada por los titulares de la actividad minera, entendiendose por estos a los siguientes: 1. Titulares de concesiones mineras, de beneficio, de labor general y transporte que tengan sus estudios ambientales aprobados. 2. Titulares de concesiones mineras, de beneficio, de labor general y transporte que hayan dado aviso a la autoridad minera competente sobre el inicio de sus actividades mineras. 3. Titulares de concesiones mineras, de beneficio, de labor general y transporte en los que la autoridad fiscalizadora competente MORDAZA comprobado que se ha realizado actividades mineras sin los permisos correspondientes. 4. Titulares de concesiones mineras que vienen presentando sus estadisticas de produccion en cumplimiento de lo senalado por el articulo 91° del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM. 5. Titulares de actividades mineras que se encuentran en las etapas de exploracion, construccion, operacion o de cierre de minas y los que tengan actividades mineras paralizadas. La no MORDAZA de la Declaracion Anual Consolidada (D.A.C.) por los titulares de la actividad minera MORDAZA lugar a sancion de multa.

ANEXO I INSTRUCCIONES PARA LA MORDAZA DE LA DECLARACION ANUAL CONSOLIDADA (D.A.C.) CORRESPONDIENTE AL ANO 2011
Para la MORDAZA de la Declaracion Anual Consolidada (D.A.C.), los titulares mineros deberan acceder via internet a la pagina web: http://extranet.minem.gob.pe, para lo cual deberan contar con un Nombre de Usuario y Clave Secreta (los mismos usados para las declaraciones mensuales) que seran entregados mediante una de las siguientes modalidades: a) En MORDAZA, el titular minero (o representante legal debidamente acreditado con carta poder legalizada) podra acercarse a la Direccion General de Mineria (D.G.M.) del Ministerio de Energia y Minas (M.E.M.) con su Documento Nacional de Identidad (D.N.I.). El horario de atencion para realizar este tramite, que no generara costo alguno para el titular, sera de lunes a viernes de 8:30 a.m. a 4:30 p.m. b) En provincias, el titular minero (o representante legal debidamente acreditado con carta poder legalizada) podra acercarse a la oficina de la Direccion Regional de Energia y Minas (D.R.E.M.) o su equivalente en la region correspondiente. El Nombre de Usuario y Clave Secreta son los mismos para la MORDAZA de las demas declaraciones obligatorias que el titular minero realice via internet. Asimismo, el titular minero debera tener presente que: 1. La D.A.C. tiene caracter de declaracion jurada y los datos deben ser veraces y reflejo de la realidad, asumiendo el titular la total responsabilidad por la veracidad y exactitud de la informacion declarada. 2. A los titulares mineros que utilicen por primera vez la extranet del M.E.M. se les requerira cambiar la clave secreta proporcionada por la D.G.M, o por la D.R.E.M. o su equivalente en la region correspondiente. 3. Bajo ninguna circunstancia la D.G.M. ni las oficinas de las D.R.E.M.s o su equivalente en la region correspondiente, recibiran formularios impresos. 4. La D.A.C. contiene, en el Anexo III, el formulario en el que los titulares mineros podran realizar la Declaracion Jurada para la Acreditacion de la Produccion/Inversion Minima por cada concesion que incurra en dicha obligacion (articulos 38º y 41º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM) y, en el Anexo IV, el formulario de la Declaracion Jurada Anual de Actividades de Desarrollo Sostenible. Para la acreditacion del Anexo III tendran que adjuntar las liquidaciones de venta y/o MORDAZA de la Declaracion Jurada del Impuesto a la Renta, segun corresponda. 5. Luego de enviar la D.A.C. via internet, el titular minero podra imprimir la informacion enviada y, en la esquina

787961-1

INTERIOR
Aceptan renuncia de Viceministra de Gestion Institucional
RESOLUCION SUPREMA Nº 105-2012-IN
MORDAZA, 15 de MORDAZA de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 113-2011IN de fecha 8 de agosto de 2011, se designo a la senora Economista MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Viceministra de Gestion Institucional del Ministerio del Interior; Que, la citada funcionaria ha presentado su renuncia al cargo que venia desempenando; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; la

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