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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 16 de mayo de 2012 466245 de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; en el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, que aprueba el Reglamento de la Carrera Administrativa y en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aceptar, a partir del 7 de mayo de 2012, la renuncia formulada por el abogado ROY ALEX PARIASCA VALERIO, al cargo de Ejecutivo Adjunto, Nivel F-4, de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud 787985-1 Designan Director Ejecutivo de la Oficina de Comunicación Social de la Oficina General de Comunicaciones del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 370-2012/MINSA Lima, 11 de mayo del 2012 Visto, el Expediente Nº 12-041839-001, que contiene el Memorándum N° 200-2012-OGC/MINSA, remitido por la Directora General de la O fi cina General de Comunicaciones del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO:Que, con Resolución Ministerial N° 923-2011/ MINSA de fecha 16 de diciembre de 2011, se aprobó el reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal del Ministerio de Salud, aprobado con Resolución Suprema N° 008-2011-SA de fecha 30 de junio de 2011, en el cual, el cargo de Director/a Ejecutivo/a de la O fi cina de Comunicación Social de la O fi cina General de Comunicaciones del Ministerio de Salud, se encuentra califi cado como cargo de Directivo Superior de Libre Designación; Que, mediante el artículo 2° de la Resolución Ministerial N° 320-2012/MINSA de fecha 20 de abril de 2012, se designó temporalmente al Licenciado en Comunicación Social Jorge Antonio Moreno Alegre, en las funciones de Director Ejecutivo de la O fi cina de Comunicación Social de la O fi cina General de Comunicaciones del Ministerio de Salud; Que, a través del documento del visto, la Directora General de la O fi cina General de Comunicaciones, propone designar al Licenciado en Comunicación Social Jorge Antonio Moreno Alegre, en el cargo de Director Ejecutivo de la O fi cina de Comunicación Social de la O fi cina General de Comunicaciones del Ministerio de Salud; Que, con Memorando N° 666-2012-OGGRH-MINSA de fecha 7 de mayo de 2012, la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, emite la opinión respectiva, en atención al pedido formulado por la Directora General de la O fi cina General de Comunicaciones del Ministerio de Salud; Que, en ese sentido, resulta necesario adoptar las acciones de personal pertinentes, a fi n de asegurar el normal funcionamiento de la O fi cina de Comunicación Social de la Ofi cina General de Comunicaciones del Ministerio Salud; Con el visado del Director General de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios; en el Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; en el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, que aprueba el Reglamento de la Carrera Administrativa y en el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al Licenciado en Comunicación Social JORGE ANTONIO MORENO ALEGRE, en el cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-4, de la Ofi cina de Comunicación Social de la O fi cina General de Comunicaciones del Ministerio de Salud, dándose término a la designación dispuesta en el artículo 2° de la Resolución Ministerial N° 320-2012/MINSA. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud 787985-2 Disponen la prepublicación del proyecto de la “Norma Técnica de Salud de los Establecimientos de Salud que realizan Cirugía Ambulatoria y/o Cirugía de Corta Estancia” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 371-2012/MINSA Lima, 11 de mayo del 2012 Visto el Expediente Nº 12-010192-001, que contiene el Memorándum Nº 1721-2012-DGSP/MINSA, de la Dirección General de Salud de las Personas; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 013-2006-SA, se aprobó el Reglamento de Establecimientos de Salud y Servicios Médicos de Apoyo, que establece los requisitos y condiciones para la operación y funcionamiento de los establecimientos de salud y servicios médicos de apoyo, orientados a garantizar la calidad de sus prestaciones, así como los mecanismos para la veri fi cación, control y evaluación de su cumplimiento; Que, la Novena Disposición Complementaria del Reglamento Establecimientos de Salud y Servicios Médicos de Apoyo dispone que por Resolución del Ministro de Salud se expedirán las normas sanitarias aplicables a cada uno de los establecimientos de salud y servicios médicos de apoyo señalados en el precitado Reglamento y las que sean necesarias para su aplicación; Que, dado los nuevos avances tecnológicos y el desarrollo de técnicas quirúrgicas mínimamente invasivas en las diferentes especialidades, así como las ventajas que representan el menor tiempo de permanencia, tanto para el paciente como para la institución de salud, han permitido en nuestro país que varios establecimientos de salud públicos y privados implementen unidades de Cirugía Ambulatoria y/o Corta Estancia; Que, mediante el documento del visto, la Dirección General de Salud de las Personas ha propuesto la prepublicación del proyecto de “Norma Técnica de Salud de los Establecimientos de Salud que realizan Cirugía Ambulatoria y/o Cirugía de Corta Estancia” en el portal de internet del Ministerio de Salud; Que, conforme a lo previsto en el artículo 41º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-SA y sus modi fi catorias, la Dirección General de Salud de las Personas es el órgano técnico normativo en los procesos relacionados a la atención integral, servicios de salud, calidad, gestión sanitaria y actividades de salud mental; Que, en ese sentido, resulta conveniente la prepublicación del proyecto de la referida Norma Técnica en el portal de internet del Ministerio de Salud, a efecto de recibir las respectivas sugerencias y comentarios de la sociedad civil, sociedades cientí fi cas y demás entidades o instituciones involucradas en dicho documento normativo; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Salud de las Personas; Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Salud de las Personas, de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud;