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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MAYO DEL AÑO 2012 (31/05/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 53

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 31 de mayo de 2012 467275 mediante referéndum, iniciativa legislativa, remoción o revocación de autoridades y demanda de rendición de cuentas. Este derecho tiene, asimismo, desarrollo en la Ley Nº 26300, Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos. 2. Dicha ley establece los requisitos para la procedencia de una solicitud de revocatoria, los cuales son: a) la solicitud de revocatoria debe referirse a una autoridad en particular; b) debe estar fundamentada (no requiere ser probada); c) debe alcanzar el número mínimo de fi rmas válidas (el 25% de fi rmas respecto del último padrón electoral para la circunscripción), las que son verifi cadas por el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil (en adelante, Reniec), el cual emite la constancia de verifi cación de fi rmas respectiva; y d) cumplir con los plazos establecidos en el cronograma fi jado mediante Resolución Nº 0604-2011-JNE, esto es, presentar la solicitud a la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales (culminado el trámite de comprobación de adherentes ante el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil) hasta el 25 de mayo de 2012. 3. Con fecha 9 de mayo de 2012, Lorenzo Casqui Quispe solicitó el inicio del proceso de revocatoria de cargo de las siguientes autoridades municipales del distrito de Huando, provincia de Huancavelica, departamento de Huancavelica: DNI NOMBRES CARGO ORGANIZACIÓN POLÍTICA 23228370 Policarpo Serpa Mendoza alcalde Movimiento Independiente Trabajando para Todos 19869472 Hermenigildo Amador Moreno Cóndor regidor Movimiento Independiente Trabajando para Todos 23227831 Alberto Casqui Aroni regidor Movimiento Independiente Trabajando para Todos 41264168 Orfelinda Carnica Gaspar regidora Movimiento Independiente Trabajando para Todos 23229202 Teodorico Trucios De La Cruz regidor Movimiento Independiente Trabajando para Todos 23228615 Hugo Villena Crispin regidor Proyecto Integracionista de Comunidades Organizadas 4. Así, mediante el ofi cio del visto, la Secretaría General de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales comunicó que la solicitud de revocatoria formulada cumple con los requisitos formales de ley, pues dicha solicitud identifi có los nombres de las autoridades de quienes se solicita sean sometidas a consulta; se fundamentó el pedido y adjuntó la constancia de verifi cación positiva de fi rmas. 5. Asimismo, de conformidad con lo prescrito por el artículo 46 de la Ley Nº 26300, Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos, el Jurado Nacional de Elecciones está facultado para acumular las iniciativas de convocatoria de revocatoria de autoridades municipales y/ o regionales para someterlas a consulta de los ciudadanos en forma conjunta. 6. En tal sentido, todas las solicitudes ingresadas a este Supremo Tribunal Electoral deberán acumularse e incluirse en la resolución que convocará el proceso de consulta popular de revocatoria del 2012. Por ende, acumúlese la presente solicitud de revocatoria de las autoridades del distrito de Huando, provincia de Huancavelica, departamento de Huancavelica. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- ACUMULAR la solicitud de revocatoria de autoridades del distrito de Huando, provincia de Huancavelica, departamento de Huancavelica, presentada por Lorenzo Casqui Quispe, a la convocatoria del proceso de consulta popular de revocatoria del 2012 establecido por la Resolución Nº 0604-2011-JNE. Artículo Segundo.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia del Consejo de Ministros, del Ministerio de Economía y Finanzas, de la Contraloría General de la República, de la Defensoría del Pueblo, del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil y de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, para los fi nes pertinentes. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional del Jurado Nacional de Elecciones.. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SIVINA HURTADO PEREIRA RIVAROLA MINAYA CALLE DE BRACAMONTE MEZA VELARDE URDANIVIA Bravo Basaldúa Secretario General 794759-43 RESOLUCIÓN Nº 0419-2012-JNE Expediente Nº J-2012-00438 Lima, veinticinco de mayo de dos mil doce VISTO el Ofi cio Nº 738-2012-SG/ONPE, de fecha 24 de mayo de 12, remitido por la Secretaría General de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, en atención a la solicitud de revocatoria de autoridades del distrito de Upahuacho, provincia de Parinacochas, departamento de Ayacucho, presentada por Aquilina Teodocia Álvarez Huamanzana. CONSIDERANDO 1. Uno de los derechos de participación de los ciudadanos es el que se efectúa a través de la consulta popular de revocatoria de autoridades, conforme a lo establecido por el artículo 31 de la Constitución, que establece que los ciudadanos tienen derecho a participar en los asuntos públicos mediante referéndum, iniciativa legislativa, remoción o revocación de autoridades y demanda de rendición de cuentas. Este derecho tiene, asimismo, desarrollo en la Ley Nº 26300, Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos. 2. Dicha ley establece los requisitos para la procedencia de una solicitud de revocatoria, los cuales son: a) la solicitud de revocatoria debe referirse a una autoridad en particular; b) debe estar fundamentada (no requiere ser probada); c) debe alcanzar el número mínimo de firmas válidas (el 25% de firmas respecto del último padrón electoral para la circunscripción), las que son verificadas por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (en adelante, Reniec), el cual emite la constancia de verificación de firmas respectiva; y d) cumplir con los plazos establecidos en el cronograma fijado mediante Resolución Nº 0604- 2011-JNE, esto es, presentar la solicitud a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (culminado el trámite de comprobación de adherentes ante el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil) hasta el 25 de mayo de 2012. 3. Con fecha 9 de mayo de 2012, Aquilina Teodocia Álvarez Huamanzana solicitó el inicio del proceso de revocatoria de cargo de las siguientes autoridades municipales del distrito de Upahuacho, provincia de Parinacochas, departamento de Ayacucho: DNI NOMBRES CARGO ORGANIZACIÓN POLÍTICA 40410310 Ernesto Oseda Huamaní regidor Movimiento Independiente Innovación Regional 10317750 Guzmán Santi Noa regidor Movimiento Independiente Regional Todos con Ayacucho 4. Así, mediante el oficio del visto, la Secretaría General de la Oficina Nacional de Procesos Electorales