Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2012 (17/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, sabado 17 de noviembre de 2012

NORMAS LEGALES

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VISTOS: El Oficio N° 617-2012-MTPE/3/19.2, de la Direccion de Normalizacion y Certificacion de Competencias Laborales, asi como el Informe N° 005-2012-MTPE/3/19.2/ SOGH del 20 de agosto de 2012, en relacion al Perfil Ocupacional del Representante de Ventas; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29381, se establece como competencia del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo entre otras areas programaticas la de normalizacion y certificacion de competencias laborales (literal "h" del Articulo 4°), ejerciendo competencia exclusiva y excluyente, respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional (numeral 5.1. del Articulo 5°), asi como ejerce funcion rectora formulando, planificando, dirigiendo, coordinando, ejecutando, supervisando y evaluando las politicas nacionales y sectoriales (literal "a" del numeral 3.1. del Decreto Supremo N° 004-2010-TR); Que, conforme al Decreto Supremo N° 004-2010-TR, la Direccion General de Formacion Profesional y Capacitacion Laboral como organo de linea, es responsable de formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, evaluar y supervisar las politicas publicas (Articulo 71°) y tiene como funcion especifica emitir y aprobar lineamientos, directivas, mecanismos y procedimientos en el ambito nacional y sectorial (literal "c" del articulo 72°), en normalizacion y certificacion de competencias laborales; Que, conforme al Decreto Supremo N° 004-2010-TR, entre otras, constituye funcion especifica de la Direccion de Normalizacion y Certificacion de Competencias Laborales: proponer, validar, actualizar y promover la elaboracion de perfiles ocupacionales en base a competencias laborales (literal "b" del articulo 75°); Que, mediante Resolucion Ministerial N° 026-2010-TR, son aprobados los Criterios del MORDAZA de Certificacion de Competencias Laborales, estableciendo el MORDAZA procedimental y contenido minimo de un Perfil Ocupacional, siendo instancias competentes para proponerlo la Direccion de Normalizacion y Certificacion de Competencias Laborales, asi como las Direcciones o Gerencias Regionales de Trabajo y Promocion del Empleo; Que, la competencia tiene su fuente en la Constitucion y la ley, siendo reglamentada por instrumentos legales de inferior jerarquia. Su ejercicio es una obligacion directa del organo administrativo que la tenga atribuida como propia (numeral 65.1. de la Ley N° 27444), constituyendo un requisito de validez del acto administrativo el ser emitido por organo facultado en razon de la materia (numeral 1, Articulo 3°, Ley N° 27444); Que, la Direccion de Normalizacion y Certificacion de Competencias Laborales, segun Informe N° 005-2011MTPE/3/19.2/SOGH del 20 de agosto de 2012 y oficio de vistos propone modificar la Unidad de Competencia N° 2 del Perfil Ocupacional del Representante de Ventas, aprobado mediante Resolucion Directoral N° 005-2011/ MTPE/3/19, conforme a las precisiones realizadas en los documentos referidos; Que, la Direccion General de Formacion Profesional y Capacitacion Laboral, en el ejercicio de las funciones especificas asignadas por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Modificacion de la Unidad de Competencia N° 2 Modificar la Unidad de Competencia N° 2 del Perfil Ocupacional del Representante de Ventas, aprobado mediante Resolucion Directoral N° 005-2011/MTPE/3/19, propuesto por la Direccion de Normalizacion y Certificacion de Competencias Laborales, conforme al siguiente detalle: a) En el Criterio de Desempeno del Elemento de Competencia 2, agregar un numeral: "........ 6. Realiza el informe diario de la supervision de MORDAZA, considerando la actitud del vendedor durante el MORDAZA de venta". b) En el Criterio de Desempeno del Elemento de Competencia 4, complementar los numerales 2, 3 y 4, con una consideracion adicional:

"........ 2. Conduce reuniones con el equipo de ventas para identificar necesidades de capacitacion considerando la agenda para clinica de ventas y el reporte mensual de supervision. 3. Realiza capacitaciones puntuales con el equipo de ventas sobre temas tecnicos de ventas, considerando la agenda para clinica de ventas y el reporte mensual de supervision. 4. Promueve y organiza la capacitacion a cargo de terceros (coaching, liderazgo, motivacion) considerando la agenda para clinica de ventas. ........." Articulo 2°.- Publicacion. Dispongase la publicacion de la presente Resolucion Directoral en la separata de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, asi como en el MORDAZA del Estado Peruano (www. peru.gob.pe), MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas (www.serviciosalciudadano.gob pe) y MORDAZA Institucional (www. trabajo.gob.pe) del Mapa Funcional y Perfil Ocupacional. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora General de Formacion Profesional y Capacitacion Laboral

867504-4

Aprueban Perfil Ocupacional del Promotor Rural en Sanidad del Ganado Bovino
RESOLUCION DIRECTORAL N° 020-2012-MTPE/3/19
MORDAZA, 29 de agosto de 2012. VISTOS: El Oficio N° 626-2012-MTPE/3/19.2., de la Direccion de Normalizacion y Certificacion de Competencias Laborales, asi como el Informe N° 14-2012-MCGJ del 29 de agosto de 2012, en relacion al Perfil Ocupacional del Promotor Rural en Sanidad del Ganado Bovino; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29381, se establece como competencia del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo entre otras areas programaticas la de normalizacion y certificacion de competencias laborales (literal "h" del Articulo 4°), ejerciendo competencia exclusiva y excluyente, respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional (numeral 5.1. del Articulo 5°), asi como ejerce funcion rectora formulando, planificando, dirigiendo, coordinando, ejecutando, supervisando y evaluando las politicas nacionales y sectoriales (literal "a" del numeral 3.1. del Decreto Supremo N° 004-2010-TR); Que, conforme al Decreto Supremo N° 004-2010-TR, la Direccion General de Formacion Profesional y Capacitacion Laboral como organo de linea, es responsable de formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, evaluar y supervisar las politicas publicas (Articulo 71°) y tiene como funcion especifica emitir y aprobar lineamientos, directivas, mecanismos y procedimientos en el ambito nacional y sectorial (literal "c" del articulo 72°), en normalizacion y certificacion de competencias laborales; Que, conforme al Decreto Supremo N° 004-2010-TR, entre otras, constituye funcion especifica de la Direccion de Normalizacion y Certificacion de Competencias Laborales: proponer, validar, actualizar y promover la elaboracion de perfiles ocupacionales en base a competencias laborales (literal "b" del articulo 75°); Que, mediante Resolucion Ministerial N° 026-2010-TR, son aprobados los Criterios del MORDAZA de Certificacion de Competencias Laborales, estableciendo el MORDAZA procedimental y contenido minimo de un Perfil Ocupacional, siendo instancias competentes para proponerlo la Direccion de Normalizacion y Certificacion de Competencias Laborales, asi como las Direcciones o Gerencias Regionales de Trabajo y Promocion del Empleo; Que, la competencia tiene su fuente en la Constitucion y la ley, siendo reglamentada por instrumentos legales de inferior

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