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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 17 de noviembre de 2012 478891 Que, el Informe Nº 029-2012-SGO-GPP-MDC de fecha 19.06.2012 emitido por la Sub Gerencia de Organización, establece que la Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, Ley Nº 27658, que contiene el marco general sobre el diseño y estructura de la Administración Pública de los diferentes niveles de gobierno defi ne que para el caso de los Gobiernos Locales el área de Planifi cación y Presupuesto o quien hace sus veces en cada entidad, es la responsable de la formulación del Reglamento de Organización y Funciones, a partir de la presentación del Informe Técnico sustentatorio que justifi que las modifi caciones al documento de ROF propuestas. El órgano de asesoramiento legal debe dar el visto bueno legal al proyecto de ROF además de emitir el Informe Legal; Que, mediante el Informe Nº 649-2012-GAJ-MDC de fecha 28.08.2012, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina porque el Proyecto de Reglamento de Organización y Funciones, se encuentra conforme a la normatividad contenida en la Ley Orgánica de Municipalidades, a la Ley Nº 27658, Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado y el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM; correspondiendo, previos los trámites correspondientes, elevar los actuados al Concejo Municipal para su aprobación mediante la emisión de la Ordenanza correspondiente; De conformidad a las facultades establecidas en el artículo 39º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y demás normatividad pertinente; el Concejo Municipal aprobó, con el voto mayoritario, con la dispensa del trámite de lectura, la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES - ROF Y LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS Artículo Primero.- APROBAR, la Ordenanza que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones - ROF, de la Municipalidad Distrital de Comas, que consta de Ciento Doce Artículos, Cinco Disposiciones Complementarias; Seis Títulos, Once Capítulos y la Estructura Orgánica; y que como Anexo es parte integrante de la presente Ordenanza; la misma que entrará en vigencia a partir del 1º de Enero del año 2013. Artículo Segundo.- DEROGAR a partir de la fecha la Ordenanza N° 333-MDC de fecha 10.06.2011, así como todas las normas que se opongan a la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- DISPONER que la Gerencia Municipal proceda a la adecuación normativa de la presente Ordenanza, y a la Secretaría General su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en el Palacio Municipal a los diecinueve días del mes de octubre del año dos mil doce. NICOLÁS OCTAVIO KUSUNOKI FUERO Alcalde 866878-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA Rectifican error material incurrido en la Ordenanza Nº 013-2012-CDB, respecto de Plaza Nº 5 Asistente Administrativo II ORDENANZA MUNICIPAL Nº 016-2012-CDB Bellavista, 29 de octubre del 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Bellavista, en Sesión de Concejo de fecha 29 de octubre del 2012; aprobó la siguiente ordenanza: CONSIDERANDO: Que, conforme lo expresa el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, concordante con el artículo II del Título preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades ley Nº 27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del estado establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al Ordenamiento Jurídico. Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 013-2012- CDB, de fecha 27 de Agosto del los corrientes, se aprueba el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) y Clasifi cador de Cargos de la Municipalidad Distrital de Bellavista; Que, mediante Informe Nº 091-2012-MUDIBE-GPP de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto solicita la modifi cación de la clasifi cación en el CAP de la Plaza Nº 5 el cual dice: SP-AP, debiendo decir: EC. Que, de acuerdo a lo prescrito en el artículo 201º, numeral 201.1 de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444 establece que los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectifi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de ofi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de decisión. Estando a lo expuesto, con el voto unánime de sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades le confi ere y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas; ACUERDA: Artículo Primero.- Rectifi car el error material incurrido en la Ordenanza Municipal Nº 013-2012-CDB, conforme a lo informado por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, respecto de la Plaza Nº 5 Asistente Administrativo II, cuya clasifi cación CAP dice: SP-AP, debiendo decir: EC. Artículo Segundo.- Mantener vigente todo lo demás que contiene la Ordenanza Municipal Nº 013-2012-CDB, de fecha 27 de agosto de los corrientes. Regístrese y comuníquese. IVAN RIVADENEYRA MEDINA Alcalde 867014-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE Aprueban Reglamento de Altas, Bajas y Enajenaciones de Bienes Patrimoniales ORDENANZA Nº 031-2012-MPC Cañete, 17 de octubre del 2012 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE POR CUANTO: Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 15 de octubre de 2012, el Informe Nº584-2012-SGLYCP-MPC de fecha 13 de Julio de 2012, de la Sub Gerencia de Logística y Control Patrimonial, mediante el cual remite proyecto de