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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 27 de noviembre de 2012 479474 ACUERDO: Artículo 1º.- Expresar el rechazo por la actitud antidemocrática, de marginación e intransigencia mostrada por la Alcaldesa de la Municipalidad Metropolitana de Lima Sra. Susana María del Carmen Villarán de la Puente en contra del desarrollo de El Agustino; y por la agresión física por parte de los efectivos de la Policía Nacional del Perú - PNP contra los Regidores, dirigentes de las organizaciones vecinales y sociales (vaso de leche, comedores autogestionarios y club de madres) y el Alcalde del distrito de El Agustino. Artículo 2º.- Reiterar nuestro reclamo y exigencia a la Alcaldesa de la Municipalidad Metropolitana de Lima el cumplimiento de obras de competencia metropolitana que se señalan en el Acuerdo de Concejo Nº 081-2012- SEGE-06-MDEA de la Municipalidad de El Agustino publicada con fecha 23 de octubre del 2012. Artículo 3º.- Exigir a la Alcaldesa de la Municipalidad Metropolitana de Lima cumpla el compromiso con fecha 23 de octubre 2012, de entregar a la Municipalidad de El Agustino, en un plazo de siete (7) días, un informe respecto de la ejecución de obras y/o proyectos de competencia metropolitana que se señalan en el Acuerdo de Concejo Nº 081-2012-SEGE-06-MDEA. Artículo 4º.- Expresar nuestro desacuerdo contra la Resolución de SubGerencia Nº 9808-2012-MML/GTU- SRT de la Sub Gerencia de Regulación del Transporte de la Municipalidad Metropolitana de Lima respecto de la implementación de paraderos de transporte regular en la zona denominada “Puente El Agustino” (antes “Puente Nuevo”), porque no soluciona la problemática vial existente en dicha zona y desatiende nuestra propuesta de solución. Artículo 5º.- Encargar a la Secretaria General la publicación del presente Acuerdo en el diario ofi cial El Peruano y la comunicación a la Municipalidad Metropolitana de Lima - MML y a la Asociación de Municipalidades del Perú - AMPE; a la Unidad de Imagen, Prensa, Relaciones Públicas y Protocolo, la difusión en la página Web de la Municipalidad de El Agustino (www. munielagustino.gob.pe), diario de publicación nacional y volantes. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. VICTOR MODESTO SALCEDO RÍOS Alcalde 871116-1 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Establecen régimen de incentivos y beneficios a favor de contribuyentes por el pago oportuno de sus obligaciones tributarias ORDENANZA Nº 285-MDS Surquillo, 23 de noviembre de 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO POR CUANTO: El Concejo Distrital de Surquillo, en Sesión Ordinaria de la fecha; y de conformidad con el Dictamen Nº 008-0012- CR-CM-MDS de la Comisión de Rentas, Memorándum Nº 733-2012/GM-MDS de fecha 09 de noviembre de 2012 de la Gerencia Municipal, Informe Nº 071-2012- GR-MDS de fecha 08 de noviembre de 2012 de la Gerencia de Rentas e Informe Nº 527-2012-GAJ-MDS de fecha 08 de noviembre de 2012 de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO Que, conforme a lo establecido en el numeral 4) del artículo 195º y el artículo 74º de la Constitución Política del Perú, las municipalidades crean, modifi can y suprimen contribuciones y tasas, o exoneran de éstas, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley; Que, conforme a los artículos 191º y 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y la Ley 28607, Ley de Reforma Constitucional, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local, que gozan de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo Municipal, la función normativa a través de ordenanzas, las que tienen rango de ley, conforme al numeral 4) del artículo 200º de nuestra Carta Magna; Que el artículo 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece que los gobiernos locales excepcionalmente podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y sanciones de los tributos que administran; Que, es necesario prestarles las mayores facilidades del caso a los contribuyentes del distrito que tienen la intención de regularizar sus obligaciones tributarias, pero que las mismas por el transcurso del tiempo se han elevado considerablemente por la aplicación del interés moratorio según lo establecido en el artículo 33º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF, sin desincentivar a aquellos contribuyentes que vienen cumpliendo con el pago de sus obligaciones tributarias en forma regular; Estando a lo dispuesto en el numeral 4) del artículo 20º de la Ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, y con el voto por de los miembros del Concejo y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA AMNISTIA TRIBUTARIA “EL DESCUENTAZO 2012” Artículo 1º.- OBJETO DE LA NORMA.- Establézcase en la jurisdicción del distrito de Surquillo, un régimen de incentivos y beneficios a favor de los contribuyentes que efectúen el pago de sus obligaciones tributarias dentro del plazo de vigencia de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- VIGENCIA.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, hasta el día 21 de Diciembre de 2012. Artículo 3º.- DE LA DEUDA POR IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES.- Aplíquese los siguientes benefi cios a la siguiente deuda tributaria: PAGO AL CONTADO DE CUALQUIER CUOTA Y AÑO A) IMPUESTO PREDIAL El 100% de descuento sobre el interés moratorio generado por las deudas pendientes de pago hasta el año 2012. B) ARBITRIOS MUNICIPALES 1.- El 100% de descuento sobre el interés moratorio generado por las deudas pendientes de pago hasta el año 2012.