Norma Legal Oficial del día 02 de octubre del año 2012 (02/10/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 2 de octubre de 2012

de la Gerencia de Productos y Servicios al Usuario de la SBS del 28 de octubre al 01 de noviembre de 2012, a la MORDAZA de Puerto MORDAZA, Republica Federativa del Brasil, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) dias calendario siguientes a su reincorporacion, debera presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorizacion, segun se indica, seran cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2012, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viaticos US$ US$ 768.95 800.00

Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA POGGI CAMPODONICO Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (a.i) 848069-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Imponen sancion de cese temporal a ex funcionario de la Municipalidad
RESOLUCION DE GERENCIA DE ADMINISTRACION Nº 000032 MORDAZA, 26 de enero de 2012 VISTO: El Acta Nº 045-2011-CEPADAN de fecha 07 de diciembre de 2011, emitida por la Comision especial de Procesos Administrativos Disciplinarios con relacion al Expediente Nº 004-2011-CEPADAN; y CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion de Gerencia de Administracion Nº 180-2011-MML-GA, de fecha 21 de octubre de 2011, emitida por la Gerencia de Administracion, se instauro MORDAZA administrativo disciplinario- entre otros ex funcionarios- al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en virtud a los cargos contenidos en las Observaciones N°s. 02, 03, 04, 08 y 10 del Informe de Control Nº 0022011-2-0434, sobre "Examen Especial a los Ingresos y Egresos Presupuestados y Ejecutados de la MML", Que, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, fue debidamente notificado, sin embargo, no presento su descargo ante la Comision Especial de procesos Administrativos Disciplinario; Que, la Observacion N° 02 del Informe de Control Nº 002-2011-2-0434 senala "INADECUADO REGISTRO CONTABLE DE OPERACION DE PREPAGO POR S/. 1 980 853,62 REALIZADO A LA MORDAZA METROPOLITANA, TODA VEZ QUE AL 31.DIC.2009 FUE CONSIDERADO COMO UNA DEVOLUCION, OCASIONO QUE LA "INFORMACION PRESUPUESTARIA DE LA EJECUCION DE INGRESOS Y GASTOS DE LA MML" DEL PERIODO 2009 NO REFLEJE DE MANERA INTEGRA

Y REAL LOS INGRESOS POR ENDEUDAMIENTO INTERNO, AL HABER SIDO DISMINUIDO EN DICHO IMPORTE."; y en ese MORDAZA se le atribuye presunta responsabilidad administrativa al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Subgerente de Contabilidad de la MML, presunta responsabilidad administrativa por no haber adoptado acciones que advierten que el registro materia de observacion, no cumpla con las condiciones y procedimientos establecidos en la normativa legal que regula procesos de desembolsos de recursos y por no haber informado adecuadamente las operaciones contables realizadas en torno a esta operacion en cuanto al ingreso y egreso consignado en la informacion que elabora..." Que, del analisis del cargo imputado en la Observacion N° 02 del Informe de Control Nº 002-2011-2-0434 se advierte que procesado no advirtio que dicho registro contable no contaba con el sustento debido para su registro como devolucion financiera tal como obra en los antecedentes MORDAZA descritos, asimismo, tampoco obran documentos que acrediten que si procedia la devolucion de los recursos esta MORDAZA sido registrada contablemente, o en su defecto MORDAZA sido observada de alguna manera por la Subgerencia de Contabilidad; Que de acuerdo a lo senalado en los numerales 1) y 7) del articulo 67° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, aprobado por Ordenanza N° 812, son funciones y atribuciones de la Subgerencia de Contabilidad, entre otras, programar, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar, controlar y evaluar el funcionamiento del Sistema Contable de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, asi como ejecutar, controlar y verificar el MORDAZA de la aplicacion de la Contabilidad Gubernamental integrada en concordancia al Plan Contable Gubernamental; Que, le alcanza responsabilidad administrativa funcional al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por el cargo formulado por el organo de control interno en la Observacion N° 02, incumpliendo lo senalado en los numerales 1) y 7) del articulo 67° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, aprobado por Ordenanza N° 812, anteriormente senalado, siendo pasible de sancion ya que de los actuados se tiene que con su accionar se permitio el inadecuado registro contable que fuera observado asi por la OGCI-MML, ya que superviso ni controlo los registro contables de la Entidad; Que la Observacion Nº 03 del Informe de Control N° 0022011-2-0434 senala "DEFICIENCIAS EN EL REGISTRO CONTABLE PRESUPUESTAL Y PATRIMONIAL DE LOS INGRESOS PROVENIENTES DE LA FUENTE DE FINANCIAMIENTO 03 OPERACIONES OFICIALES DE CREDITO, POR CONSIDERAR LOS INTERESES GENERADOS COMO RECURSOS DETERMINADOS EN EL PERIODO 2008; LA EMISION DE BONOS SOBRE LA PAR COMO INTERESES EN LOS ANOS 2008 Y 2009; ASI COMO EL REGISTRO INOPORTUNO DE DIVERSOS INTERESES; OCASIONANDO QUE DICHAS OPERACIONES NO SE REVELEN INTEGRA Y CORRECTAMENTE" y en ese MORDAZA se le atribuye presunta responsabilidad administrativa al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Subgerente de Contabilidad de la MML, "por no haber coordinado, controlado y evaluado eficientemente el funcionamiento del Sistema Contable de la MML, al evidenciarse debilidades en el registro de los intereses obtenidos sobre cuentas bancarias,(...)";. Que del analisis de lo observado por la Oficina General de Control Institucional de la MML mediante la aclaracion de hallazgos presentado por el mencionado ex ­ funcionario; se desprende que existieron operaciones contables relacionadas con los intereses que no fueron registradas en su integridad dentro de los periodos respectivos, lo que no permite la revelacion de los ingresos por intereses en los periodos correspondientes; Que, le alcanza responsabilidad administrativa funcional al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por el cargo formulado por el organo de control interno en la observacion Nº 03 del Informe de Control Nº 002-20112-0434 por incumplimiento de lo senalado en el numeral 1) del articulo 67° del reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, aprobado por Ordenanza N° 812, anteriormente senalado, siendo pasible de sancion; Que, la Observacion Nº 04 del Informe de Control Nº 002-2011-2-0434 senala "INADECUADO REGISTRO

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