Norma Legal Oficial del día 02 de octubre del año 2012 (02/10/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 2 de octubre de 2012

bienes y servicios provenientes de canje de deuda sin contar con los correspondientes comprobantes de pago; incumpliendo sus funciones; Que, de acuerdo a lo senalado en el numeral 2) del articulo 67° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, aprobado con Ordenanza N° 812, es funcion y atribucion de la Subgerencia de Contabilidad, entre otras, planear, organizar, dirigir, proponer normas y supervisar el desarrollo de las actividades a su cargo"; por lo tanto le asiste responsabilidad administrativa; Que, le alcanza responsabilidad administrativa funcional al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por el cargo formulado por el organo de control interno en la Observacion N° 10 del Informe Nº 002-2011-2-0434 por incumplimiento de lo senalado en el numeral 2) del articulo 67° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, aprobado con Ordenanza N° 812; Que, el literal a) del articulo 21° de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobado por Decreto Legislativo N° 276 establece que, entre otras, es obligacion de los servidores cumplir que personal y diligentemente los deberes que impone el servicio publico; en tanto que los literales a) y d) del articulo 28° del mismo dispositivo establecen que son faltas disciplinarias que segun su gravedad, pueden ser sancionadas con cese temporal o con destitucion, previo MORDAZA administrativo, entre otras, el incumplimiento de las normas establecidas en la presente ley y su reglamento y la negligencia en el desempeno de sus funciones; Que, los hechos anteriormente expuestos, implica responsabilidad administrativa por no cumplir diligentemente con las funciones inherentes a su cargo, inobservando lo dispuesto en las disposiciones senaladas en el considerando precedente; Por las consideraciones expuestas y de conformidad con lo dispuesto en el articulo 170º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y el articulo 40.1 del Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinarios de la entidad aprobado por la Resolucion de Alcaldia Nº 429-2006; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Imponer la sancion de cese temporal por un periodo de sesenta (60) dias al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Subgerente de Contabilidad, por los cargos contenidos en las Observaciones N°s. 02, 03, 04, 08 y 10 incluidas en el Informe Nº 002-2011-2-0434 "Examen Especial a los Ingresos y Egresos Presupuestados y Ejecutados de la MML", por los que se le instauro MORDAZA mediante la Resolucion de Gerencia de Administracion Nº 180-2011-MML-GA, al haber incumplido el literal a) del articulo 21° asi como los literales a) y d) del articulo 28° de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobado por Decreto Legislativo N° 276, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Notificar al interesado con las formalidades de ley. Articulo 3°.- Remitir la presente Resolucion a la Subgerencia de Personal de la Gerencia de Administracion para que ejecute las acciones correspondientes. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA TOLMOS SAPONARA Gerente de Administracion 848051-1

El CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA VISTO; en sesion ordinaria de la fecha el Dictamen Conjunto Nº 008-2012-CEPRDE-CPPPAL/MLV de las Comisiones Permanentes de Rentas y Desarrollo Economico y de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades ­Ley Nº 27972­, los gobiernos locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujecion al ordenamiento juridico, correspondiendole al Concejo Municipal la funcion normativa que se ejerce a traves de Ordenanzas, las cuales tienen rango de ley de acuerdo al articulo 200º numeral 4 de la Carta Magna; Que, conforme a lo establecido por el numeral 4) del articulo 195º y por el articulo 74º de la Constitucion Politica del Peru en concordancia con la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado ­TUO­ del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF y con el articulo 9º numeral 9 de la Ley Nº 27972, los gobiernos locales tienen potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, asi como exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley, a traves del Concejo Municipal; Que, el articulo 52º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, modificado por el Decreto Legislativo 981, establece que es competencia de los gobiernos locales, administrar exclusivamente las contribuciones y tasas municipales, MORDAZA estas ultimas, derechos, licencias o arbitrios y por excepcion los impuestos que la ley les asigne. Asimismo, el articulo 41º de la misma MORDAZA senala que excepcionalmente los gobiernos locales podran condonar, con caracter general, el interes moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administren, estableciendo que en el caso de contribuciones y tasas dicha condonacion tambien podra alcanzar al tributo; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2012-EF el Ministerio de Economia y Finanzas establecio los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignacion de recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal para el ano 2012; siendo una de las finalidades de dicho Plan incrementar los niveles de recaudacion de los tributos municipales, a fin de fortalecer la estabilidad y eficiencia en la percepcion de los mismos; Que, en tal sentido, de conformidad con las facultades de los gobiernos locales en materia de tributos municipales y de acuerdo a las referidas metas establecidas por el Gobierno Nacional, la Gerencia de Rentas ha propuesto el otorgamiento de un beneficio extraordinario a los contribuyentes del distrito con el objeto de condonar el pago de intereses moratorios del Impuesto Predial y descontando el insoluto o monto principal de la deuda de Arbitrios con su correspondiente interes, considerando fechas diferidas para dichos beneficios, siempre que hubieran cancelado por lo menos el Impuesto Predial del primer y MORDAZA trimestre del ano 2012; Estando a los fundamentos expuestos y las normas legales, contando con los pronunciamientos de la Gerencia Municipal, la Gerencia de Rentas y la Gerencia de Asesoria Juridica a traves de los informes y documentos citados en el dictamen de vistos, que forma parte integrante del presente, y en uso de las atribuciones conferidas en los articulos 40º y 9º numeral 9) de la Ley Nº 27972 ­Ley Organica de Municipalidades­ el Concejo Municipal, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, por unanimidad aprobo: ORDENANZA QUE ESTABLECE BENEFICIOS E INCENTIVOS TRIBUTARIOS A FAVOR DE LOS CONTRIBUYENTES DEL DISTRITO DE LA MORDAZA Articulo 1º.- Objetivo La presente Ordenanza tiene como objetivo establecer Beneficios e Incentivos al pago del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales dentro de la jurisdiccion del distrito de La Victoria.

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Establecen Beneficios e Incentivos Tributarios dentro de la jurisdiccion del distrito
ORDENANZA Nº 154-2012/MLV La MORDAZA, 26 de setiembre de 2012

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