Norma Legal Oficial del día 02 de octubre del año 2012 (02/10/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, martes 2 de octubre de 2012

NORMAS LEGALES
INCENTIVO I

475711

Articulo 2º.- Alcances y Beneficios Los Beneficios e Incentivos establecidos en la presente Ordenanza estan dirigidos a los contribuyentes que mantienen deudas tributarias pendientes de pago con la corporacion municipal, quienes podran acogerse a los mismos siempre que cumplan con las siguientes condiciones:

Los contribuyentes que hayan cumplido con el pago de la totalidad de su deuda por Impuesto Predial 2012 hasta el 31 de octubre del 2012, obtendran los siguientes descuentos:
DESCUENTOS

CONDICION

PLAZO DE ACOGIMIENTO

CONCEPTO

PERIODO DEUDA HASTA EL 2007

INSOLUTO 90% 80% 70% 30% 10%

INTERESES 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100%

COSTAS Y GASTOS 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100%

FECHA MORDAZA DE PAGO 30/11/2012 20/12/2012 31/12/2012 30/11/2012

IMPUESTO PREDIAL NO TENER DEUDA POR IMPUESTO PREDIAL 2012 *

2008-2009 2010-2011

31/10/2012 ARBITRIOS MUNICIPALES

2006-2007 2008 2009 2010 2011

20/12/2012 31/12/2012

(*) De tener deudas pendientes por el Imp. Predial 2012, estas podran ser pagadas sin intereses. INCENTIVO II Los contribuyentes que hayan cumplido con el pago de la totalidad del Impuesto Predial de los anos 2008 al 2012, de la siguiente manera: - Impuesto Predial 2008 y 2009 hasta el 31 de octubre 2012. - Impuesto Predial 2010 al 2012 hasta el 30 de noviembre del 2012. Obtendran los siguientes descuentos:
FORMAS DE PAGO DESCUENTOS INSOLUTO 90% 80% 70% 30% 10% INTERESES 100% 100% 100% 100% 100% 100% COSTAS Y FECHA MORDAZA GASTOS DE PAGO 100% 100% 100% 100% 100% 100% 31/12/2012 31/12/2012

CONDICION

PLAZO DE ACOGIMIENTO O B T I E N E

CONCEPTO IMPUESTO PREDIAL

PERIODO DEUDA HASTA EL 2007 2006-2007 2008

NO TENER DEUDA POR EL IMPUESTO PREDIAL 2008 AL 2012*

2008 2009

31/10/2012

2010 2011 2012

ARBITRIOS MUNICIPALES

2009 2010 2011

30/11/2012

30/01/2013 15/02/2013

(*) De tener deudas pendientes por el Imp. Predial 2008, 2009, 2010, 2011 y 2012, estas podran ser pagadas sin intereses. Asimismo, a los contribuyentes que se acojan a los incentivos MORDAZA mencionados se les condonaran todas las Multas Tributarias, IPM del Impuesto Predial y Derechos de emision que mantengan pendientes de pago. El presente Incentivo es de aplicacion a los contribuyentes que MORDAZA del inicio y durante la vigencia de la presente Ordenanza hayan cumplido con el pago de los conceptos senalados como condicion en el cuadro anterior. Las deudas que se encuentren contenidas en un convenio de fraccionamiento no se encuentran dentro de los alcances de la presente Ordenanza. Articulo 3º.- Estado de la deuda La deuda por la que los contribuyentes se acojan al presente beneficio mantendra el estado en el que se encuentre hasta su cancelacion total. Por lo tanto el acogimiento al beneficio no conllevara al quiebre de valores tributarios (Ordenes de Pago, Resoluciones de Determinacion), y tampoco a dejar sin efecto Resoluciones de Ejecucion Coactiva. Articulo 4º.- Deuda en Cobranza Coactiva Es requisito para el acogimiento, cancelar las costas y gastos de las deudas que cuenten con resolucion de convocatoria de remate publico de bienes, dado su estado procesal. En el caso de existir medidas cautelares trabadas, estas no se levantaran hasta que no se acredite la cancelacion total de la deuda vinculada a dicha medida cautelar. Asimismo se continuaran ejerciendo las acciones de cobranza, hasta la cancelacion total de la deuda. Articulo 5º.- Desistimiento El acogimiento al presente beneficio, implica el reconocimiento voluntario de la deuda tributaria, surtiendo los efectos legales que las normas vigentes en materia tributaria le confieren. En el caso de los reclamos, apelaciones u otros procedimientos tributarios respecto de la deuda pagada con los beneficios otorgados por la presente Ordenanza, se tendran por desistidos, en el caso de que no se presenten escritos de desistimiento al respecto. Articulo 6º.- Pagos anteriores Los montos pagados con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ordenanza no generan derecho a devolucion y/o compensacion alguna. Asimismo se considerara como forma de

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