Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 2012 (06/10/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 6 de octubre de 2012

Articulo 2º.- Reconocimiento del Consejo Directivo Reconocer al Consejo Directivo de la "Mancomunidad Municipal Tilacancha Region Amazonas", como sigue: - Presidente: MORDAZA MORDAZA MORDAZA Tauma, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Magdalena. - Director: MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Levanto. - Director: Jhenrry MORDAZA Salon MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad distrital de San MORDAZA de Maino - Director: MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad distrital de Soloco. - Director: MORDAZA Hesnober MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad distrital de Colcamar. - Director: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad distrital de Longuita. - Director: MORDAZA MORDAZA MORDAZA Zagaceta, MORDAZA de la Municipalidad distrital de Tingo. - Director: MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad distrital de Maria. Articulo 3º.- Registro de Anexos Inscribir el Informe Tecnico de Viabilidad, el Estatuto, el Acta de Constitucion y las Ordenanzas Municipales que aprueban la Constitucion de la "Mancomunidad Municipal Tilacancha Region Amazonas", en el Registro de Mancomunidades Municipales. Articulo 4º.- Publicacion Disponer la publicacion de la presente Resolucion de Secretaria de Descentralizacion en el Diario Oficial El Peruano, y en la pagina web de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.descentralizacion.gob.pe. Articulo 5º.- Vigencia La presente Resolucion rige a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA CEDRON Secretaria de Descentralizacion

849915-1

Disponen la inscripcion de la Mancomunidad Municipal Chillaos - Region Amazonas en el Registro de Mancomunidades Municipales
RESOLUCION DE SECRETARIA DE DESCENTRALIZACION Nº 056-2012-PCM/SD
MORDAZA, 26 de septiembre de 2012 VISTOS: El Oficio Nº 002-2012-MMCH/A; el Informe Tecnico de Viabilidad; la Ordenanza Municipal Nº 013-2012/MPL-L de la Municipalidad Provincial de Luya; la Ordenanza Municipal Nº 004-2012-MDCC/L/AMAZ de la Municipalidad Distrital de Conila; la Ordenanza Municipal Nº 006-2012/MDI de la Municipalidad Distrital de Inguilpata; la Ordenanza Municipal Nº 003-2012/MDLCH de la Municipalidad Distrital de Lonya Chico; la Ordenanza Municipal Nº 003-2012-MDL-A de la Municipalidad Distrital de Luya; la Ordenanza Municipal Nº 008-2012-MDLV/A de la Municipalidad Distrital de Luya Viejo; la Ordenanza Municipal Nº 003-2012-MDSC-AMAZONAS de la Municipalidad Distrital de San Cristobal; la Ordenanza Municipal Nº 013-2012/MDSJP de la Municipalidad Distrital de San Jeronimo; la Ordenanza Municipal Nº 021-2012GRA-PL-MDSC/A de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Catalina; la Ordenanza Municipal Nº 004-2012-MDT/A de la Municipalidad Distrital de Trita; el Acta de Constitucion y el Estatuto de la "Mancomunidad Municipal Chillaos - Region Amazonas"; y el Informe Nº 035-2012­PCM/SD-OGI-MIRA; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley Nº 29341, en el articulo 2º, define a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo

de dos o mas municipalidades, colindantes o no, con la finalidad de llevar a cabo la prestacion conjunta de servicios y la ejecucion de obras; promoviendo el desarrollo local, la participacion ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, la Ley citada, en el articulo 5º, senala que la inscripcion en el Registro de Mancomunidades Municipales otorga personeria juridica de derecho publico a la mancomunidad municipal; Que, el articulo 11º del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 046-2010-PCM, establece el procedimiento de constitucion de la mancomunidad municipal; Que, mediante Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 228-2010-PCM/SD se dispuso adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales a lo previsto en la Ley Nº 29341 y en el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; aprobandose el MORDAZA Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; Que, mediante el Oficio de Vistos, el Senor MORDAZA y Presidente de la "Mancomunidad Municipal Chillaos - Region Amazonas" solicita la inscripcion de esta, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Esta Mancomunidad Municipal la integran la Municipalidad Provincial de Luya y las Municipalidades Distritales de Conila, Inguilpata, Lonya Chico, Luya, Luya Viejo, San MORDAZA, San MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y Trita de la Provincia de Luya, en el Departamento de Amazonas; Que, el Informe Tecnico de Viabilidad de Vistos contiene informacion sobre: Diagnostico: institucional, social y demografico; Gestion estrategica: vision, mision, ambito territorial, objeto, objetivos y desarrollo economico local; Gestion descentralizada: estructura organica, competencias y funciones, provision de personal y desarrollo de capacidades, recursos, y relaciones de coordinacion, cooperacion y colaboracion; y Sostenibilidad: estrategias de fortalecimiento y consolidacion institucional, desarrollo economico local, capacidad de gestion y evaluacion; Que, el Estatuto senala como objeto de la Mancomunidad Municipal: a) Fomento del manejo sustentable de los recursos naturales y la inversion privada con responsabilidad social, b) Promocion del desarrollo economico local, en especial, del sector agropecuario, energetico, minero y el turismo local sostenible, con enfoque de corredores economicos y ciudades intermedias, c) Promocion de la seguridad alimentaria y nutricional, d) Saneamiento basico y gestion ambiental, e) Mejoramiento de la recaudacion tributaria para las municipalidades integrantes de la mancomunidad municipal y f) Construccion y mejoramiento de infraestructura economica y social; Que, en el ambito de las funciones, el Estatuto establece como delegacion de funciones especificas exclusivas: a) Planificar y concertar el desarrollo social en su circunscripcion, en MORDAZA con las politicas y planes regionales y provinciales, aplicando estrategias participativas que permitan el desarrollo de capacidades para superar la pobreza, b) Ejecutar actividades de apoyo, directo e indirecto, a la actividad empresarial, en su jurisdiccion sobre informacion, capacitacion, acceso a mercados, tecnologia, financiamiento y otros MORDAZA, a fin de mejorar la competitividad, c) Concertar con instituciones del sector publico y privado de su jurisdiccion, sobre la elaboracion y ejecucion de planes, programas y proyectos, que favorezcan el desarrollo humano y economico del ambito territorial de la Mancomunidad Municipal, d) Ejecutar directamente o proveer la ejecucion de actividades de capacitacion sobre tecnologia y gestion agropecuaria, transformacion de productos agropecuarios, gestion empresarial y turismo sostenible, e) Facilitar y participar en los espacios de concertacion y participacion ciudadana para la planificacion, gestion, y de proteccion y apoyo a la poblacion en riesgo, f) Fomentar la modernizacion de sistemas y la implementacion de programas, para incrementar la recaudacion de tributos municipales, g) Promover las condiciones favorables para la productividad y competitividad de las zonas urbanas y rurales del distrito h) Fortalecer y desarrollar MORDAZA productivas y conglomerados, de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 28846 e i) Ejecutar iniciativas de apoyo a la competitividad productiva, de acuerdo a lo senalado en la Ley Nº 29337, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 192-2009-EF. Adicionalmente, como delegacion de funciones especificas compartidas: a) Ejecutar directamente o proveer la ejecucion las obras de infraestructura, MORDAZA o rural, que MORDAZA indispensables para el desenvolvimiento de la MORDAZA del vecindario, para el cumplimiento del objeto

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