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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE OCTUBRE DEL AÑO 2012 (06/10/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 6 de octubre de 2012 475830 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 624-2012- EF/43, de fecha 4 de octubre de 2012, se aceptó la renuncia formulada por el señor Richard Eduardo García Sabroso, al cargo de Director de Programa Sectorial II – Jefe de la Ofi cina de Atención al Usuario, Trámite Documentario y Archivo, Categoría F-3, de la Ofi cina General de Atención al Usuario y Comunicaciones del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, se encuentra vacante el cargo de Director de Programa Sectorial II – Jefe de la Ofi cina de Atención al Usuario, Trámite Documentario y Archivo, Categoría F-3, de la Ofi cina General de Atención al Usuario y Comunicaciones del Ministerio de Economía y Finanzas, siendo necesario designar al servidor que desempeñará el mismo; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y el artículo 77º del Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la abogada Katherine del Rocío Pinillos García, en el cargo clasifi cado como Servidor Público – Directivo Superior, Director de Programa Sectorial II – Jefa de la Ofi cina de Atención al Usuario, Trámite Documentario y Archivo, Categoría F-3, de la Ofi cina General de Atención al Usuario y Comunicaciones del Ministerio de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 850682-1 Aprueban Convenio de Traspaso de Recursos entre el Ministerio y SEDAPAL RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 628-2012-EF/52 Lima, 5 de octubre de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo N° 149-2012-EF, se aprobó la operación de endeudamiento externo entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, hasta por US$ 100 000 000,00 (CIEN MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), para fi nanciar parcialmente el Proyecto “Esquema Cajamarquilla, Nievería y Cerro Camote - Ampliación de los Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de los Sectores 129, 130, 131, 132, 133, 134 y 135 – Distrito de Lurigancho y San Antonio de Huarochirí”, a ser ejecutado por la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima – SEDAPAL; Que, de conformidad con el artículo 4° del citado Decreto Supremo, el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, traspasará a SEDAPAL Ios recursos derivados de la aludida operación de endeudamiento externo mediante un Convenio de Traspaso de Recursos, el mismo que será aprobado por Resolución Ministerial; Que, asimismo el artículo 6º del acotado Decreto Supremo establece que el servicio de amortización, intereses, comisiones y demás gastos, que ocasione la citada operación de endeudamiento, serán atendidos por el Ministerio de Economía y Finanzas con cargo a los recursos que proporcione oportunamente SEDAPAL; Que, de acuerdo con lo dispuesto por la Décimo Sexta Disposición Complementaria y Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 034-2012-EF, el reembolso a favor del Gobierno Nacional correspondiente a compromisos generados en el marco de las operaciones realizadas bajo el ámbito del Sistema Nacional de Endeudamiento, es efectuado a través de un fi deicomiso; Que, en tal sentido, el servicio de la deuda de la operación de endeudamiento aprobada por el Decreto Supremo Nº 149-2012-EF será atendido a través del Fideicomiso de Administración de Fondos cuya constitución fue aprobada mediante el artículo 2° de la Resolución Ministerial Nº 056- 2009-EF/75, y cuyo contrato respectivo fue modifi cado en el marco de la Resolución Ministerial Nº 168-2010-EF/75; el cual se encuentra a cargo SEDAPAL, en calidad de fi deicomitente, el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, en calidad de Fideicomisario, y la Corporación Financiera de Desarrollo – COFIDE, en calidad de fi duciario; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público y la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 034-2012-EF, y el Decreto Supremo N° 149- 2012-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Apruébese el Convenio de Traspaso de Recursos a ser suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, y la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima - SEDAPAL, mediante el cual se establecen los términos y condiciones para el traspaso de los recursos y el pago del servicio de la deuda correspondiente a la operación de endeudamiento externo aprobada por el Decreto Supremo Nº 149-2012-EF. El mecanismo de garantía del presente Convenio de Traspaso de Recursos será el Fideicomiso de Administración de Fondos cuya constitución fue aprobada mediante el artículo 2° de la Resolución Ministerial Nº 056-2009-EF/75. Artículo 2º.- Autorícese al Director General de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público a suscribir, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, el Convenio de Traspaso de Recursos que se aprueba en el artículo precedente, así como toda documentación necesaria para su implementación. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 850682-2 Establecen la Programación de Compromisos Anual correspondiente a la revisión del tercer trimestre del año fiscal 2012 para los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 024-2012-EF/50.01 Lima, 5 de octubre de 2012 CONSIDERANDO: Que, los literales a) y c) del numeral 13.2 del artículo 13° de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 3° y 4° de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, disponen que la Dirección General de Presupuesto Público es el órgano rector y constituye la más alta autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Presupuesto, y cuenta con las atribuciones de programar, dirigir, coordinar y evaluar la gestión del proceso presupuestario, así como emitir las directivas y normas complementarias pertinentes; Que, la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, comprende, entre otros, los créditos presupuestarios máximos correspondientes a los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; Que, el artículo 29°-A de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, incorporado por la