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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE OCTUBRE DEL AÑO 2012 (12/10/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 12 de octubre de 2012 476056 - Directora: Srta. Paquita Ríos del Águila, Alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Sacanche - Director: Sr. Francisco Yalta Mego, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Tingo de Saposoa. - Director: Sr. Hanover Rojas Vásquez, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Pachiza. - Director: Sr. José Gilberto Ydrogo Vera, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Pajarillo. Artículo 3º.- Registro de Anexos Inscribir el Informe Técnico de Viabilidad, el Estatuto, el Acta de Constitución y las Ordenanzas Municipales que aprueban la Constitución de la “Mancomunidad Municipal Intercuencas Andino Amazónica Francisco Izquierdo Ríos”, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Artículo 4º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Ofi cial El Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.descentralizacion.gob.pe. Artículo 5º.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA MADELEINE FLORIÁN CEDRÓN Secretaria de Descentralización 852106-3 AGRICULTURA Oficializan el II Congreso Internacional de Palma Aceitera a realizarse en la ciudad de Tingo María RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0372-2012-AG Lima, 09 de octubre de 2012 VISTO: El Ofi cio N° 2369-2012-AG-DGCA/DA, de fecha 19 de Setiembre del 2012, del Director General de la Dirección General de Competitividad Agraria, del Ministerio de Agricultura, mediante el cual, solicita se Ofi cialice el “II Congreso Internacional de Palma Aceitera”, a realizarse en la ciudad de Tingo María, comprensión del Distrito Rupa Rupa de la, Provincia Leoncio Prado, Departamento de Huánuco – Perú; y, CONSIDERANDO: Que, es política del Ministerio de Agricultura promover, fomentar e incentivar la organización de Ferias y Eventos Agropecuarios con la participación activa de los agentes productivos, sean personas naturales o jurídicas, vinculadas a la producción agraria a nivel nacional, regional y local; así como promover la inversión privada en el desarrollo del Sector Agrario; Que, mediante Ofi cio Nº 079-2012-CO-IICIPalma-Perú, presentada el 11 de Setiembre del 2012, el Presidente de la Comisión Organizadora del evento de la Confederación Nacional de Palmicultores y Empresas de Palma Aceitera del Perú - CONAPAL, solicita la ofi cialización del “II Congreso Internacional de Palma Aceitera”, a realizarse los días 12 y 13 de Octubre del presente año, en el Auditorio de la Universidad Nacional Agraria de la Selva, en la ciudad de Tingo María comprensión del Distrito Rupa Rupa, Provincia de Leoncio Prado, Región Huánuco; Que, el mencionado evento tiene por objetivo enfatizar la Nutrición y Sanidad Vegetal como componentes estratégicos para la alta productividad de la palma aceitera y fomentar su desarrollo tecnológico y sostenible en la Región Huánuco y la Amazonía Peruana, promover las recomendaciones de los expertos nacionales e internacionales para el incremento de la productividad, en función a las experiencias regionales, para dar a conocer a los inversionistas nacionales e internacionales, las potencialidades de la amazonía peruana; Que, la Dirección General de Competitividad Agraria mediante el ofi cio del visto, adjunta el Informe Nº 005-2012- AG-DGCA-DA/JRM, que recomienda la ofi cialización de dicho evento; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 997 Ley Orgánica y Funciones del Ministerio de Agricultura, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG, lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 008-2002-AG que aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Ministerio de Agricultura, modifi cado por la Resolución Ministerial Nº 0212-2011-AG, y la Resolución Ministerial Nº 0650-2006-AG Reglamento de Ferias y Eventos Agropecuarios; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ofi cializar el “II Congreso Internacional de Palma Aceitera”, a realizarse los días 12 y 13 de octubre del presente año, en el Auditorio de la Universidad Nacional Agraria de la Selva, en la ciudad de Tingo María comprensión del Distrito Rupa Rupa, Provincia de Leoncio Prado, Región Huánuco, organizado por la Confederación Nacional de Palmicultores y Empresas de Palma Aceitera del Perú – CONAPAL. Artículo 2º.- El Comité Organizador del congreso a que se refi ere el artículo precedente, presentará ante el Ministerio de Agricultura un informe acerca de los resultados de su gestión, dentro de treinta (30) días calendario después de fi nalizado dicho evento. Regístrese, comuníquese y publíquese. MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Agricultura 851813-1 Designan Director Zonal Junín del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 146-2012-AG-AGRO RURAL-DE Lima, 11 de octubre de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 049-2012-AG-AGRO RURAL-DE se designó al Ing. Pablo Antonio García Pehovaz en el cargo de Director de la Dirección Zonal Junín del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL; Que, el citado funcionario ha presentado su renuncia al cargo, la misma que se ha visto pertinente aceptar y designar a quien desempeñará dichas funciones; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de Operaciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 1120- 2008-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- ACEPTAR, con efectividad al 12 de octubre de 2012, la renuncia del ING. PABLO ANTONIO GARCÍA PEHOVAZ al cargo de Director Zonal Junín del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL, dándose las gracias por los servicios prestados.