Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2012 (12/10/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 12 de octubre de 2012

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Declaran de interes nacional y de necesidad publica la seguridad alimentaria y nutricional de la poblacion nacional y crean la Comision Multisectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional, de naturaleza permanente, adscrita al Ministerio de Agricultura
DECRETO SUPREMO N° 102-2012-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Estado peruano ha asumido los compromisos de las Cumbres Mundiales sobre la Alimentacion de 1996 y de 2000, la Declaracion de MORDAZA sobre Seguridad Alimentaria Mundial de noviembre de 1996 y la Cumbre del Milenio celebrada en Nueva MORDAZA en Septiembre de 2000 a partir del cual el MORDAZA se compromete a reducir a la mitad el porcentaje de poblacion que sufre de hambre al 2015; Que, a traves de la Decimo MORDAZA Politica de Estado del Acuerdo Nacional, denominada Promocion de la Seguridad Alimentaria y Nutricional, el MORDAZA se compromete a establecer una politica de seguridad alimentaria que permita la disponibilidad y el acceso de la poblacion a alimentos inocuos, suficientes y de calidad, para garantizar una MORDAZA activa y saludable dentro de una MORDAZA de desarrollo humano integral; Que, mediante Decreto Supremo Nº 066-2004-PCM se aprobo la Estrategia Nacional de Seguridad Alimentaria 2004-2015, que establece los objetivos y metas para que al 2015 se logre la seguridad alimentaria y nutricional previendo la proteccion de los grupos mas vulnerables; Que, es proposito del Gobierno Nacional adoptar las medidas necesarias para que el MORDAZA produzca los alimentos esenciales, en calidad y cantidad suficiente, para garantizar el derecho a la alimentacion y nutricion de la poblacion, especialmente de la mas pobre y vulnerable, priorizando la atencion de la ninez, las mujeres embarazadas o lactantes y la poblacion de la tercera edad, asi como generar excedentes para la exportacion; Que, resulta necesario declarar el compromiso del Estado, por encima de la politica y los cambios de gobierno, de abordar la problematica de la seguridad alimentaria y nutricional de manera permanente, por ser de interes nacional y de necesidad publica; Que, a tal fin, es conveniente la creacion de una Comision Multisectorial de naturaleza permanente que coordine, articule, evalue y formule la propuesta de politicas y estrategias nacionales relacionadas con la seguridad alimentaria y nutricional de la poblacion, teniendo como funcion, entre otras, la de revisar la Estrategia Nacional de Seguridad Alimentaria 2004 ­ 2015 y proponer una nueva, con miras a la celebracion del bicentenario de la independencia nacional, que comprenda el periodo 2012 ­ 2021; De conformidad con el articulo 118º, inciso 8, de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 36º, numeral 3, de la Ley Nº 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo; y con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Objeto Declarese de interes nacional y de necesidad publica la seguridad alimentaria y nutricional de la poblacion nacional, para lo cual se elaborara y propondra los planes y acciones

pertinentes para que al 2021 la poblacion peruana logre la seguridad alimentaria y nutricional Articulo 2º.- Creacion de la Comision Multisectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional. Crease la Comision Multisectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional, de naturaleza permanente, adscrita al Ministerio de Agricultura, con la finalidad de coordinar los esfuerzos de las instituciones publicas y privadas, nacionales y extranjeras, y representantes de la sociedad civil, orientados al logro de la Seguridad Alimentaria y Nutricional Nacional, Articulo 3º.- De la conformacion La Comision Multisectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional estara conformada por: - Un representante del Ministerio de Agricultura, quien la presidira, - Un representante del Ministerio del Ambiente, - Un representante del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, - Un representante del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, - Un representante del Ministerio de Educacion, - Un representante del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - Un representante del Ministerio de la Produccion, - Un representante del Ministerio de Relaciones Exteriores, - Un representante del Ministerio de Salud, - El Presidente de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales, - Un representante de la Red de Municipalidades Rurales del Peru ­ REMURPE, - Un representante de la Junta Nacional de Usuarios de los Distritos de Riego del Peru, - Un representante de la Convencion Nacional del Agro Peruano ­ CONVEAGRO, y - Un representante de la Asociacion Nacional de Empresas Pesqueras Artesanales del Peru ­ ANEPAP. Las entidades conformantes de la Comision Multisectorial, podran designar un representante alterno para casos de ausencia del representante designado. La Comision Multisectorial podra convocar a otras entidades publicas y privadas, cuyas participaciones se estimen necesarias para la consecucion de su objeto, sin que ello demande recursos adicionales al Tesoro Publico. Articulo 4º.- Designacion de representantes e instalacion de la Comision Multisectorial Los representantes de las entidades seran designados mediante resolucion del titular del Sector, dentro de los cinco (5) dias habiles siguientes a la publicacion de este Decreto Supremo. Dentro del mismo plazo lo haran las otras entidades mediante comunicacion dirigida al Ministro de Agricultura. La Comision Multisectorial debera instalarse dentro de los diez (10) dias habiles contados a partir del dia siguiente del vencimiento del plazo para la acreditacion de los representantes. Articulo 5º.- De las funciones y atribuciones: La Comision Multisectorial creada por el presente Decreto Supremo, tendra las funciones y atribuciones siguientes: a) Evaluar y recomendar las politicas en materia de seguridad alimentaria y nutricional, basado en los informes o planteamientos tecnicos que proporcionen los sectores involucrados; b) Evaluar la Estrategia Nacional de Seguridad Alimentaria 2004 - 2015, actualizarla y proponer la Estrategia Nacional de Seguridad Alimentaria del periodo 2012 - 2021; c) Proponer el Plan Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional del 2012 al 2021, el mismo que debera incluir las responsabilidades, los plazos y la prevision del financiamiento correspondiente para su implementacion; d) Proponer mecanismos de articulacion y complementariedad entre los miembros de la Comision

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