TEXTO PAGINA: 9
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 12 de octubre de 2012 476055 orgánica, competencias y funciones, provisión de personal y desarrollo de capacidades, recursos, y relaciones de coordinación, cooperación y colaboración; y Sostenibilidad: estrategias de fortalecimiento y consolidación institucional, desarrollo económico local, capacidad de gestión y evaluación; Que, el Estatuto señala como objeto de la Mancomunidad Municipal: a) Protección y conservación del ambiente, con enfoque del ecosistema de la cuenca de los ríos, y la industrialización de residuos sólidos, b) Planifi cación del desarrollo urbano – rural y fomento de la inversión privada, el empleo y la competitividad productiva, c) Seguridad ciudadana y promoción de una cultura de paz que revierta la violencia familiar, contra la mujer, los niños y adolescentes, d) Desarrollo Territorial y Económico Productivo, e) Participación para mejorar la calidad en la prestación de los servicios de salud y educación, y la defensa y promoción de derechos ciudadanos, f) Diseño y promoción de un circuito turístico poniendo en valor nuestras potencialidades histórico – culturales de recursos naturales y paisajísticas; Que, en el ámbito de las funciones, el Estatuto establece como delegación de funciones específi cas exclusivas: a) Promover e impulsar el proceso de planeamiento para el desarrollo urbano - rural, con enfoque de gestión territorial y de las cuencas que forman nuestro espacio mancomunado, b) Promover, apoyar y ejecutar proyectos de inversión y de servicios públicos municipales, orientados a la protección y conservación del ambiente, que presenten, objetivamente externalidades o economías de escala de ámbito territorial de la mancomunidad municipal, c) Proponer la emisión de normas técnicas generales, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo así como sobre protección y conservación del ambiente, d) Proponer, ejecutar y monitorear los planes y políticas locales en materia ambiental, en concordancia con las políticas, normas y planes regionales sectoriales y nacionales, e) Concertar acciones, programas y proyectos para promocionar la actividad turística, la recreación y proyección social de nuestras comunidades, f) Planifi car y concertar el desarrollo social en su circunscripción en armonía con las políticas y planes regionales y provinciales, aplicando estrategias participativas que permitan el desarrollo de capacidades para superar la pobreza, g) Ejecutar actividades de apoyo directo e indirecto a la actividad empresarial en su jurisdicción sobre información, capacitación, acceso a mercados, tecnología, fi nanciamiento y otros campos a fi n de mejorar la competitividad, h) Concertar con instituciones del sector público y privado de su jurisdicción sobre la elaboración y ejecución de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo económico del ámbito territorial de la mancomunidad, i) Concertar con instituciones del sector público y el privado, la elaboración y ejecución de programas de apoyo al desarrollo económico local sostenible, j) Facilitación de la articulación económica y social, en base a potencialidades, k) Promover las condiciones favorables para la productividad y competitividad, l) Fortalecer y desarrollar cadenas productivas y conglomerados, de conformidad a lo establecido en la Ley N° 28846, m) Ejecutar iniciativas de apoyo a la competitividad productiva, de acuerdo a lo señalado en la Ley N° 29337, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 192-2009-EF. Adicionalmente, como delegación de funciones específi cas compartidas: a) Ejecutar directamente o proveer la ejecución de proyectos, de infraestructura o de servicios, para el cumplimiento del objeto de la mancomunidad municipal, en coordinación con los Gobiernos Regionales involucrados, y de acuerdo a los planes de desarrollo concertado de cada municipalidad conformante de la mancomunidad, b) Fortalecer el espíritu solidario y el trabajo colectivo, orientado hacia el desarrollo de la convivencia social, armoniosa y productiva, a la prevención de desastres naturales y a la seguridad ciudadana, c) Difundir programas de saneamiento ambiental en coordinación con los Gobiernos Regionales pertinentes, d) Promover la cultura de la prevención mediante la educación para la preservación del ambiente y mitigaciones de desastres, e) Promover el desarrollo económico local, en coordinación con las entidades locales y regionales competentes, aprovechando las ventajas comparativas productivas y turísticas, f) Gestión de la atención primaria de salud, en los componentes de planeamiento y control, g) Fomentar el turismo sostenible y regular los servicios destinados a ese fi n, en cooperación con las entidades competentes, h) Participar en la evaluación del Proyecto educativo en el ámbito territorial de la Mancomunidad Municipal. Que, fi nalmente, el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal Intercuencas Andino Amazónica Francisco Izquierdo Ríos”, contiene información sobre domicilio, ámbito territorial, órganos directivos, recursos, plazo de duración indefi nida, disposiciones para garantizar la participación ciudadana, condiciones para la adhesión y separación de municipalidades, requisitos para su modifi cación, y las reglas para la disposición de bienes en caso de disolución; Que, mediante el Acta de Vistos, se acordó la constitución de la “Mancomunidad Municipal Intercuencas Andino Amazónica Francisco Izquierdo Ríos”, la aprobación de su Estatuto y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, por las Ordenanzas Municipales de Vistos, la Municipalidad Provincial de Huallaga y las Municipalidades Distritales de Alto de Saposoa, El Eslabón, Piscoyacu, Sacanche y Tingo de Saposoa de la Provincia de Huallaga, Pachiza y Pajarillo de la Provincia de Mariscal Cáceres en el Departamento de San Martín aprueban la constitución de la “Mancomunidad Municipal Intercuencas Andino Amazónica Francisco Izquierdo Ríos”; ratifi cando el contenido del Acta de Constitución y el Estatuto, y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, acorde con el Informe Nº 059-2012–PCM/SD-OGI- VQA, se concluye que se han subsanado las observaciones al trámite de inscripción y que en la elaboración de los documentos del acto constitutivo se ha cumplido con el procedimiento establecido en el artículo 11º del Reglamento de la Ley y en el artículo 6° del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emisión de la Resolución de Secretaría de Descentralización, que dispone la inscripción de la constitución de la “Mancomunidad Municipal Intercuencas Andino Amazónica Francisco Izquierdo Ríos”, en el Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley N° 29341; el Decreto Supremo N° 046- 2010-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD, que aprueba el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Formalización de Inscripción de la Mancomunidad Municipal Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales a la “Mancomunidad Municipal Intercuencas Andino Amazónica Francisco Izquierdo Ríos”; integrada por la Municipalidad Provincial de Huallaga y las Municipalidades Distritales de Alto Saposoa, El Eslabón, Piscoyacu, Sacanche y Tingo de Saposoa de la Provincia de Huallaga, Pachiza y Pajarillo de la Provincia de Mariscal Cáceres en el Departamento de San Martín; reconociéndosele, a partir de dicho acto, la condición de persona jurídica de derecho público, como entidad pública. Artículo 2º.- Reconocimiento del Consejo Directivo Reconocer al Consejo Directivo de la “Mancomunidad Municipal Intercuencas Andino Amazónica Francisco Izquierdo Ríos”, como sigue: - Presidente: Sr. Fernando Grández Veintemilla, Alcalde de la Municipalidad Provincial de Huallaga - Director: Sr. Julián Hernández Díaz, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Alto Saposoa - Director: Sr. Juan Delgado Talledo, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Piscoyacu. - Director: Sr. Santos Juan Rosas Rosas, Alcalde de la Municipalidad Distrital de El Eslabón