Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2012 (12/10/2012)
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TEXTO DE LA PÁGINA 7
El Peruano MORDAZA, viernes 12 de octubre de 2012
NORMAS LEGALES
476053
RESOLUCION DE SECRETARIA DE DESCENTRALIZACION Nº 058-2012-PCM/SD
MORDAZA, 28 de septiembre de 2012 VISTOS: Los oficios N° 001-2012-Mancomunidad Municipal/P y N° 002-2012-MMVC/A; el Informe Tecnico de Viabilidad; la Ordenanza Municipal Nº 003-2012-MDCH-PB/RA de la Municipalidad Distrital de Churuja; la Ordenanza Municipal Nº 005-2012-MDC/A de la Municipalidad Distrital de Cuispes; la Ordenanza Municipal Nº 004-2012-MDJ-A de la Municipalidad Distrital de Jazan; la Ordenanza Municipal Nº 005-2012-MDSC-BA de la Municipalidad Distrital de San Carlos; la Ordenanza Municipal Nº 006-2012-MDSHAMAZONAS de la Municipalidad Distrital de Shipasbamba; la Ordenanza Municipal Nº 003-2012-MDV/A de la Municipalidad Distrital de Valera; el Acta de Constitucion y el Estatuto de la "Mancomunidad Municipal MORDAZA de las Cataratas - Bongara - Region Amazonas"; el Oficio N° 1772-2012-PCM/SD y los informes Nº 033-2012PCM/SDOGI-MIRA y Nº 042-2012PCM/SD-OGI-MIRA; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N° 29341, en el articulo 2º, define a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo de dos o mas municipalidades, colindantes o no, con la finalidad de llevar a cabo la prestacion conjunta de servicios y la ejecucion de obras; promoviendo el desarrollo local, la participacion ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, la Ley citada, en el articulo 5°, senala que la inscripcion en el Registro de Mancomunidades Municipales otorga personeria juridica de derecho publico a la mancomunidad municipal; Que, el articulo 11° del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, establece el procedimiento de constitucion de la mancomunidad municipal; Que, mediante Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 228-2010-PCM/SD se dispuso adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales a lo previsto en la Ley N° 29341 y en el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; aprobandose el MORDAZA Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; Que, mediante el Oficio N° 001-2012-Mancomunidad Municipal/P el Senor MORDAZA y Presidente de la "Mancomunidad Municipal MORDAZA de las Cataratas - Bongara - Region Amazonas" solicita la inscripcion de esta, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Esta Mancomunidad Municipal la integran las Municipalidades Distritales de Churuja, Cuispes, Jazan, San MORDAZA, Shipasbamba y MORDAZA de la Provincia de Bongara, en el Departamento de Amazonas; Que, por Oficio N° 1772-2012-PCM/SD la Secretaria de Descentralizacion remite el Informe N° 033-2012-PCM/ SD-OGI-MIRA que contiene las observaciones al tramite de inscripcion de la "Mancomunidad Municipal MORDAZA de las Cataratas - Bongara - Region Amazonas"; Que, mediante Oficio N° 002-2012-MMVC/A el Senor MORDAZA y Presidente de la "Mancomunidad Municipal MORDAZA de las Cataratas - Bongara - Region Amazonas", presenta los documentos para subsanar las observaciones en el tramite de inscripcion de esta entidad; Que, el Informe Tecnico de Viabilidad de Vistos contiene informacion sobre: Diagnostico: institucional, social y demografico; Gestion estrategica: vision, mision, ambito territorial, objeto, objetivos y desarrollo economico local; Gestion descentralizada: estructura organica, competencias y funciones, provision de personal y desarrollo de capacidades, recursos, y relaciones de coordinacion, cooperacion y colaboracion; y Sostenibilidad: estrategias de fortalecimiento y consolidacion institucional, desarrollo economico local, capacidad de gestion y evaluacion; Que, el Estatuto senala como objeto de la Mancomunidad Municipal: a) Fomento del manejo sustentable de los recursos naturales y la inversion privada con responsabilidad
social, b) Promocion del desarrollo economico local, en especial, del sector agropecuario, energetico, minero y el turismo local sostenible, con enfoque de corredores economicos y ciudades intermedias, c) Promocion de la seguridad alimentaria y nutricional, d) Saneamiento basico y gestion ambiental, e) Mejoramiento de la recaudacion tributaria para las municipalidades integrantes de la mancomunidad municipal y f) Construccion y mejoramiento de infraestructura economica y social; Que, en el ambito de las funciones, el Estatuto establece como delegacion de funciones especificas exclusivas: a) Planificar y concertar el desarrollo social en su circunscripcion, en MORDAZA con las politicas y planes, regionales y provinciales, aplicando estrategias participativas que permitan el desarrollo de capacidades para superar la pobreza, b) Ejecutar actividades de apoyo, directo e indirecto, a la actividad empresarial en su jurisdiccion sobre informacion, capacitacion, acceso a mercados, tecnologia, financiamiento y otros MORDAZA, a fin de mejorar la competitividad, c) Concertar con instituciones del sector publico y privado de su jurisdiccion, sobre la elaboracion y ejecucion de planes, programas y proyectos, que favorezcan el desarrollo humano y economico del ambito territorial de la mancomunidad municipal, d) Ejecutar directamente o proveer la ejecucion de actividades de capacitacion sobre tecnologia y gestion agropecuaria, transformacion de productos agropecuarios, gestion empresarial y turismo sostenible, e) Facilitar y participar en los espacios de concertacion y participacion ciudadana para la planificacion, gestion, y de proteccion y apoyo a la poblacion en riesgo, f) Fomentar la modernizacion de sistemas y la implementacion de programas, para incrementar la recaudacion de tributos municipales, g) Promover las condiciones favorables para la productividad y competitividad de las zonas urbanas y rurales del distrito, h) Fortalecer y desarrollar MORDAZA productivas y conglomerados, de conformidad a lo establecido en la Ley N° 28846 e i) Ejecutar iniciativas de apoyo a la competitividad productiva, de acuerdo a lo senalado en la Ley N° 29337, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 192-2009-EF. Adicionalmente, como delegacion de funciones especificas compartidas: a) Ejecutar directamente o proveer la ejecucion de las obras de infraestructura, MORDAZA o rural, que MORDAZA indispensables para el desenvolvimiento de la MORDAZA del vecindario, para el cumplimiento del objeto de la mancomunidad municipal, en coordinacion con la municipalidad provincial respectiva, y organismos regionales y nacionales competentes, b) Proveer el servicio de saneamiento basico rural, con la ejecucion de proyectos de abastecimiento de agua, alcantarillado e instalacion de letrinas, en los distritos integrantes de la mancomunidad municipal, c) Difundir programas de saneamiento ambiental en coordinacion con las municipalidades provinciales, y los organismos regionales y nacionales pertinentes, d) Participar en el diseno y ejecucion de programas y proyectos de manejo de residuos solidos, en coordinacion con las entidades competentes, e) Contribuir a la elaboracion y aplicacion de instrumentos de gestion ambiental, f) Fomentar el turismo sostenible y regular los servicios destinados a ese fin, en cooperacion con las entidades competentes, g) Promover la igualdad de oportunidades con criterio de equidad, y h) Promover la cultura de la prevencion mediante la educacion para la preservacion del ambiente y mitigacion de desastres; Que, finalmente, el Estatuto de la "Mancomunidad Municipal MORDAZA de las Cataratas - Bongara - Region Amazonas", contiene informacion sobre domicilio, ambito territorial, organos directivos, recursos, plazo de duracion indefinida, disposiciones para garantizar la participacion ciudadana, condiciones para la adhesion y separacion de municipalidades, requisitos para su modificacion, y las reglas para la disposicion de bienes en caso de disolucion; Que, mediante el Acta de Vistos, se acordo la constitucion de la "Mancomunidad Municipal MORDAZA de las Cataratas - Bongara - Region Amazonas", la aprobacion de su Estatuto y la designacion del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, por las Ordenanzas Municipales de Vistos, las Municipalidades Distritales de Churuja, Cuispes, Jazan, San MORDAZA, Shipasbamba y MORDAZA, aprueban