NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (13/09/2012)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 13 de setiembre de 2012 474340 DEFENSA Otorgan la Condecoración “Orden Cruz Peruana al Mérito Naval” en el grado de “Gran Cruz”, Distintivo Blanco, al Jefe de Estado Mayor de la Marina Militar Italiana por la causal “Calificados Merecimientos” RESOLUCIÓN SUPREMA N° 416-2012-DE/MGP Lima, 12 de setiembre de 2012 VISTO: El Acta Nº 04-2012 del 17 de agosto de 2012, mediante la cual, el Consejo de la Condecoración de la “ORDEN CRUZ PERUANA AL MÉRITO NAVAL”, sobre la base de la recomendación formulada por la Comisión Auxiliar Permanente de Evaluación, determinó la procedencia del otorgamiento de la Condecoración de la “ORDEN CRUZ PERUANA AL MÉRITO NAVAL” en el grado de “GRAN CRUZ”, Distintivo Blanco, al señor Almirante de Escuadra Luigi BINELLI Mantelli, Jefe de Estado Mayor de la Marina Militar Italiana, por la causal “Califi cados Merecimientos”, por haber contribuido al estrechamiento de los vínculos de amistad y cooperación con la Marina de Guerra del Perú; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 10678, se crea la Condecoración de la “ORDEN CRUZ PERUANA AL MÉRITO NAVAL”, cuyo Reglamento (REOCPMENA-11102) fue aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0811-84-MA/CG del 19 de junio de 1984 y actualizado con Resolución Ministerial N° 1164-2004-DE/MGP del 09 de noviembre de 2004; Que, el Artículo 201° Inciso j) del Reglamento de la Condecoración de “ORDEN CRUZ PERUANA AL MÉRITO NAVAL”, (REOCPMENA-11102), establece que la “ORDEN CRUZ PERUANA AL MÉRITO NAVAL”, se otorgará al Personal Militar, Policial y Civil nacional o extranjero a propuesta de las Autoridades indicadas en el Artículo 602° del citado Reglamento, con la aprobación del Consejo de la Condecoración; Que, de conformidad con los Artículos 401° inciso a) y 408° inciso b) del Reglamento precitado, la Condecoración se otorgará al Personal de las Fuerzas Armadas Extranjeras por la causal “Califi cados Merecimientos”, por haber contribuido al estrechamiento de los vínculos de amistad y cooperación con la Marina de Guerra del Perú; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 419° inciso a) del referido Reglamento, la condecoración se otorgará al Personal de las Fuerzas Armadas Extranjeras en el grado de “GRAN CRUZ”, siempre y cuando sea del grado de Vicealmirante o grado equivalente; Que, el Artículo 602° Inciso c) del Reglamento de la Condecoración, señala que la propuesta para el otorgamiento de la condecoración será formulada por los Comandantes Generales; Que, el señor Almirante de Escuadra Luigi BINELLI Mantelli, Jefe de Estado Mayor de la Marina Militar Italiana, se encuentra comprendido dentro de los supuestos de hecho previstos en los considerandos anteriores; Estando a lo recomendado por el Consejo de la Condecoración; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Otorgar la Condecoración “ORDEN CRUZ PERUANA AL MÉRITO NAVAL” en el grado de “GRAN CRUZ”, Distintivo Blanco, al señor Almirante de Escuadra Luigi BINELLI Mantelli, Jefe de Estado Mayor de la Marina Militar Italiana, por la causal “Califi cados Merecimientos”, por haber contribuido al estrechamiento de los vínculos de amistad y cooperación con la Marina de Guerra del Perú. Artículo Segundo.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 840659-1 Autorizan ingreso al territorio peruano de personal militar de Francia RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1025-2012-DE/SG Lima, 12 de setiembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 731 del 10 de setiembre de 2012, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República Francesa, sin armas de guerra; Que, con Ofi cio Nº 531-280-JEMGE/OAIE/Q-2.b del 07 de setiembre de 2012, el Sub Jefe del Estado Mayor General del Ejército, emite opinión favorable para el ingreso al país de personal militar de la República Francesa; Que, el referido personal militar, ingresará a territorio de la República, del 13 de setiembre al 30 de noviembre de 2012, a fi n de participar en un curso de Vocación Académica en la Escuela Militar de Chorrillos “Francisco Bolognesi”; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el Artículo Único de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por el Ejército del Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, al Subteniente Jean CASAUBIEILH de la Escuela Saint Cyr de la República Francesa, del 13 de setiembre al 30 de noviembre de 2012, a fi n de participar en un curso de Vocación Académica en la Escuela Militar de Chorrillos “Francisco Bolognesi”. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el Artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO ALVARO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 840249-1