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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (13/09/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 13 de setiembre de 2012 474343 se contrae el Artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO ALVARO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 840657-2 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Designan responsable de brindar información de acceso público correspondiente al Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 160-2012-MIDIS Lima, 11 de setiembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; Que, mediante Resolución Ministerial N° 042-2012- MIDIS, se designó al señor Diego Ernesto Tolmos Saponara, Jefe de la Oficina General de Administración, como responsable de brindar la información de acceso público correspondiente al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, en mérito a lo señalado en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2003-PCM, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM; Que, por Resolución Ministerial N° 156-2012-MIDIS se acepta, a partir del 10 de setiembre de 2012, la renuncia formulada por el señor Diego Ernesto Tolmos Saponara al cargo de Jefe de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, en mérito a lo señalado en el considerando precedente, resulta necesario designar al responsable de brindar la información de acceso público correspondiente al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; De conformidad con las atribuciones previstas en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2012-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida, a partir del 10 de setiembre de 2012, la designación del señor Diego Ernesto Tolmos Saponara como responsable de brindar la información de acceso público correspondiente al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. Artículo 2.- Designar, a partir del 10 de setiembre de 2012, a la señora Ruth Marina Vilca Tasayco, en su condición de Jefe de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, como responsable de brindar la información de acceso público correspondiente al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, en virtud a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 072- 2003-PCM. Artículo 3º.- El personal y funcionarios del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, bajo responsabilidad, deberán facilitar la información y/o documentación que les sea solicitada en virtud a la designación efectuada por el artículo 2 de la presente resolución, para el cumplimiento de la entrega de información en los plazos establecidos por las normas vigentes. Artículo 4º.- La presente resolución ministerial será publicada en el portal institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.midis.gob.pe) el mismo día de su publicación en el diario oficial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. CAROLINA TRIVELLI ÁVILA Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 840199-1 ENERGIA Y MINAS Reconocen servidumbre convencional de obras hidroeléctricas para el Reservorio Checras de la Central Hidroeléctrica Cheves a favor de concesión definitiva de generación de la que es titular Empresa de Generación Eléctrica Cheves S.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 383-2012-MEM/DM Lima, 7 de agosto de 2012 VISTO: El Expediente Nº 11220011 presentado por Empresa de Generación Eléctrica Cheves S.A., persona jurídica inscrita en a Partida N° 00179957 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral de Lima, sobre solicitud de reconocimiento de la servidumbre convencional de obras hidroeléctricas para el Reservorio Checras de la Central Hidroeléctrica Cheves; CONSIDERANDO: Que, Empresa de Generación Eléctrica Cheves S.A., titular de la concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica Cheves, en mérito de la Resolución Suprema Nº 027-2003-EM, publicada el 07 de agosto de 2003, mediante la cual adquirió los derechos y obligaciones de la concesión otorgada originalmente a favor de PERÚ HYDRO S.A., mediante la Resolución Suprema N° 124-2001-EM, publicada el 16 de julio de 2001, solicitó el reconocimiento de la servidumbre convencional de obras hidroeléctricas para el Reservorio Checras de la Central Hidroeléctrica Cheves, ubicado en el distrito de Checras, provincia de Huaura, departamento de Lima, según las coordenadas UTM (PSAD 56) que fi guran en el Expediente; Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio señalado en el considerando que antecede, se ha constituido la servidumbre convencional de obras hidroeléctricas para el Reservorio Checras de la Central Hidroeléctrica Cheves, conforme consta en el testimonio de Escritura Pública del Contrato de Servidumbre de fecha 25 de mayo de 2012, cuya copia obra en el Expediente; Que, el artículo 217 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades eléctricas, pueden solicitar al Ministerio de Energía y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicación a tal servidumbre convencional las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y en las normas técnicas pertinentes; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispuesto por el artículo 217 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas;