Norma Legal Oficial del día 15 de septiembre del año 2012 (15/09/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, sabado 15 de setiembre de 2012

NORMAS LEGALES

474543

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 27 de Agosto del 2012, el Informe Nº159 -2012-SG-MSJM de fecha 17 de Agosto del 2012 de la Secretaria General, el Memorandum Nº989-2012-GM-MSJM de la Gerencia Municipal, el Informe Nº575-2012-GAJ-MSJM de la Gerencia de Asesoria Juridica, Informe Nº480-2012-SGPGPP/MDSJM de la Sub Gerencia de Presupuesto, sobre el proyecto de Ordenanza que autoriza la celebracion del III Matrimonio Civil Comunitario 2012; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley de Reforma Nº 28607, establece que las Municipalidades provinciales y distritales son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo 11 del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades - Ley N" 27972, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el Articulo 4º de la Constitucion Politica senala: "La comunidad y el Estado protegen especialmente al MORDAZA, al adolescente, a la MORDAZA y al anciano en situacion de abandono. Tambien protegen a la familia y promueven el matrimonio. Reconocen a estos ultimos como Institutos naturales y fundamentales de la sociedad (...)": Que, el Art. 233º del Codigo Civil, senala que: "La regulacion juridica de la familia tiene por finalidad contribuir a su consolidacion y fortalecimiento, en MORDAZA con los principios y normas proclamados en la Constitucion Politica del Peru"; Que, mediante Informe Nº159-2012-SG-MSJM del 17.08.2012, la Secretaria General, presenta el Informe Tecnico Sustentatorio para la celebracion del III Matrimonio Civil Comunitario 2012, en el que precisa que el proyecto normativo presentado, no requiere de pre publicacion, por cuanto es una MORDAZA que otorga un beneficio economico a los vecinos que desean regularizar su union de hecho, ademas de propiciar la union familiar como cedula unica de la sociedad, por consiguiente, se encuentra exceptuada de la publicacion conforme al Articulo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. Que la Institucion Accion Social e Integracion ACSI solicita la celebracion de un Matrimonio Civil Comunitario a realizarse en A.H. MORDAZA y Alto Progreso en Pamplona Alta, con el objetivo de consolidar la union familiar, asimismo existen reiterados pedidos de los vecinos, quienes viviendo en union de hecho, desean formalizar su situacion y actualizar su estado civil contrayendo matrimonio, pero por razones de limitaciones economicas en que se encuentran, no pueden acceder a una celebracion particular, por lo que solicitan la realizacion del matrimonio civil masivo y a fin de brindar las facilidades economicas a los contrayentes, resulta conveniente establecer como unico pago para la celebracion del matrimonio civil comunitario, la suma de S/. 100.00 nuevos soles por derecho de tramite; Que, la Gerencia de Asesoria Juridica mediante Informe Nº575-2012-GAJ-MSJM del .08.2012, opina: Que, el proyecto de Ordenanza presentado por la Secretaria General, sobre celebracion de Matrimonio Civil Comunitario a realizarse el dia 24 de noviembre de 2012, resulta procedente aprobar la correspondiente Ordenanza, estableciendose como pago unico por derecho a tramite de S/.100.00 (Cien y 00/100 Nuevos Soles) a los participantes del matrimonio civil comunitario 2012; Estando al Informe Nº575-2012-GAJ-MSJM de la Gerencia de Asesoria Juridico y de conformidad con los Articulos 9º numerales 8), 9), 39) y 40) de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; luego del debate correspondiente y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, se aprobo por Unanimidad la siguiente: ORDENANZA QUE AUTORIZA LA CELEBRACION DEL MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2012 Articulo Primero.- AUTORIZAR la celebracion del III MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO, a realizarse el dia

24 de Noviembre de 2012 a las 10:00 horas en la Plaza de MORDAZA del distrito de San MORDAZA de Miraflores. Articulo Segundo.- ESTABLECER como pago unico por derecho de tramite, la suma de S/.100.00 (cien y 00/100 nuevos soles). Articulo Tercero.- ESTABLECER como requisitos del MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO, los siguientes: 1. Partida de nacimiento original y emitida en el ano 2012 de ambos contrayentes. 2. MORDAZA autenticada por fedatario del DNI de ambos contrayentes. 3. MORDAZA autenticada por fedatario del DNI de 2 testigos de solteria. 4. MORDAZA de no Inscripcion de Estado Civil Otorgada por la RENIEC 5. Declaracion Jurada de domicilio del contrayente que vive en el distrito de San MORDAZA de Miraflores. 6. Certificado Medico Prenupcial costo es de S/.20.00 (Veinte con 00/100 nuevos Soles), en casos de parejas convivientes que tengan hijos estan exonerados de este pago, acreditandose con la Partida de Nacimiento de uno de sus hijos. 7. Pago Unico S/. 100.00 (Cien y 00/100 Nuevos Soles). 8. Para los casos de menores de edad, divorciados, viudos, extranjeros, personas con parentesco entre si, miembros de las fuerzas armadas, matrimonio por poder, deberan adjuntar ademas de los requisitos mencionados, los previstos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA. Articulo Cuarto.- DISPENSAR, la publicacion de los Edictos Matrimoniales en base a la facultad que confiere el articulo 252 del Codigo Civil vigente, debiendo encargar a la Secretaria General la publicacion en el periodico mural los Edictos Matrimoniales. Articulo Quinto.- ESTABLECER que el plazo de inscripcion para la celebracion del Matrimonio Civil Comunitario, se inicia a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Ordenanza y culmina el 22 de noviembre del 2012, en la oficina de celebracion de matrimonios, ubicado en el 2º Piso de la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores. Articulo Sexto.- ENCARGAR a la Secretaria General, el MORDAZA de inscripcion para la celebracion del matrimonio civil comunitario y a la Sub Gerencia de Relaciones Publicas y Comunicaciones, la difusion, programacion y organizacion del matrimonio. Articulo Setimo.- FACULTAR al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia apruebe las disposiciones para la mejor aplicacion de la presente ordenanza. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 840814-1

MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Declaran en estado de abandono a vehiculos y disponen su internamiento en el deposito municipal
GERENCIA DE SEGURIDAD CIUDADANA RESOLUCION DE GERENCIA Nº 10-2012-GCS-MDS Surquillo, 22 de agosto del 2012 VISTO: Que, mediante los INFORME Nº 2485-RCS-2012SGPM-GSC-MDS, INFORME Nº 2425-RCS-2012SGPMS-GSC-MDS E INFORME Nº 2490-RCS-2012SGPMS-GSC-MDS, la Sub Gerencia de Policia Municipal y Serenazgo pone de conocimiento sobre los detalles de las verificaciones realizadas en diversas lugares dentro del

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.