Norma Legal Oficial del día 15 de septiembre del año 2012 (15/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, sabado 15 de setiembre de 2012

empresa denominada ANGELUS PRODUCCIONES S.A.C., los gastos que origine su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA QWISTGAARD MORDAZA Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre 838865-1

2.1. EN MATERIA DE CONTRATACIONES DEL ESTADO (...) l) Aprobar y autorizar el pago de los mayores gastos generales generados como consecuencia de las ampliaciones de plazo, en el MORDAZA del Reglamento de la Ley de Contratacion del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184-2008-EF". m) Designar a los Comites de Recepcion de Obra. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 841854-1

VIVIENDA
Incorporan literales l) y m) en el subnumeral 2.1 del Articulo 2 de la R.M. Nº 003-2012-VIVIENDA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 195-2012-VIVIENDA MORDAZA, 14 de setiembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, se definen las funciones generales y la estructura organica de los Ministerios, precisando en el ultimo parrafo del articulo 25, que los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios las facultades y atribuciones que no MORDAZA privativas de su funcion, siempre que la normatividad lo autorice; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 003-2012VIVIENDA, de fecha 7 de enero de 2012, se delego en el Director General de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, durante el Ejercicio Fiscal 2012, entre otras, las facultades en materia de Contrataciones del Estado, tal como se advierte en el numeral 2.1 del articulo 2 de la citada Resolucion; Que, el articulo 204 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, senala que para el pago de los mayores gastos generales se formulara una Valorizacion de Mayores Gastos Generales, la cual debera ser presentada por el residente al inspector o supervisor; dicho profesional en un plazo MORDAZA de cinco (5) dias contados a partir del dia siguiente de recibida la mencionada valorizacion la elevara a la Entidad con las correcciones a que hubiere lugar para su revision y aprobacion; debiendo la Entidad cancelar dicha valorizacion en un plazo MORDAZA de treinta (30) dias contados a partir del dia siguiente de recibida la valorizacion por parte del inspector o supervisor; Que, asimismo, dicho articulo senala que a partir del vencimiento del plazo establecido para el pago de dicha valorizacion, el contratista tendra derecho al reconocimiento de los intereses legales, de conformidad con los articulos 1244, 1245 y 1246 del Codigo Civil, para lo cual se formulara una Valorizacion de Intereses y se efectuara en las valorizaciones siguientes; Que, el literal k) del articulo 12 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, establece que es funcion del Ministro delegar en sus Viceministros y en otros funcionarios, las atribuciones y facultades que no MORDAZA privativas de su funcion de Ministro de Estado; Que, en ese sentido, resulta necesario modificar el numeral 2.1 del articulo 2 de la Resolucion Ministerial Nº 003-2012-VIVIENDA; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; El Decreto Supremo N° 184-2008-EF, que aprobo el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y el Decreto Supremo N° 002-2002-VIVIENDA, que aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio; SE RESUELVE: "Articulo Unico.- Incorporar los literales l) y m) en el subnumeral 2.1 del articulo 2 de la Resolucion Ministerial N° 003-2012-VIVIENDA, en los siguientes terminos:

ORGANISMOS EJECUTORES COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y MORDAZA SIN DROGAS
Aprueban transferencia financiera a favor del Gobierno Regional de San MORDAZA - Unidad Ejecutora 0924 Direccion Regional de Agricultura, para la ejecucion de actividad correspondiente al Programa PIR DAIS
RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 155-2012-DV-PE MORDAZA, 14 de setiembre 2012 VISTO: El Informe Nº 184-2012-DV-OPP de fecha 12 de setiembre de 2012, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 3° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas ­ DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2011-PCM, establece que DEVIDA es el organismo publico encargado de disenar la Politica Nacional de caracter Multisectorial de Lucha contra el Trafico Ilicito de Drogas y el Consumo de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del MORDAZA, en coordinacion con los Sectores competentes, tomando en consideracion las Politicas Sectoriales vigentes, asi como conducir el MORDAZA de su implementacion; Que, el articulo 12° de la Ley Nº 29812- Ley del Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2012 establece en el numeral 12.1, inciso a), punto viii) que autoriza a DEVIDA, en el presente ano fiscal a realizar de manera excepcional, transferencias financieras entre entidades en el MORDAZA de los Programas Presupuestales: "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible ­ PIRDAIS", "Prevencion y Tratamiento del Consumo de Drogas" y "Gestion Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Peru"; precisandose en el numeral 12.2 del referido articulo, que dichas transferencias financieras, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante resolucion del titular del pliego, requiriendose el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo que tal resolucion, debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano;

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