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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (15/09/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 40

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 15 de setiembre de 2012 474542 VISTO: En Sesión Extraordinaria N° 11-2012-CR/ GR.M, del 21 de junio del 2012, del Consejo Regional de Moquegua. Considerando: Que, conforme prescribe el Artículo 191° de la Constitución Política del Estado, modifi cada por la Ley N° 27680 Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV: sobre Descentralización; establecen que los Gobiernos Regiones, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, según Ley Nº 27867, y sus modifi catorias, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en sus artículos 11,13, dispone que: “EI Consejo Regional es el Órgano Normativo y Fiscalizador del Gobierno Regional, correspondiéndole las atribuciones y funciones que sean delegadas”. Que, mediante Ley N° 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto Público, Art. Nº 58 modifi cado por la Primera Disposición Final de la Ley N° 29465, dispone que los titulares de Pliego Presupuestarios, proponen a la Dirección Nacional de Presupuesto Público la creación de Unidades Ejecutoras, debiendo contar para dicha creación con un presupuesto anual por toda fuente de fi nanciamiento no inferior a Diez Millones de Nuevos Soles. Que, mediante OFICIO Nº 1239-2010-P/GR.MOQ. el Gobierno Regional Moquegua solicita al a la Dirección Nacional de Presupuesto Público-MEF, Opinión favorable para la creación de la Unidad Ejecutora Subregión de Desarrollo Sánchez Cerro, al interior del Pliego Presupuestario 455 – Gobierno Regional Moquegua, alcanzando para ello el Expediente Técnico correspondiente. Que, según OFICIO Nº 667-2010-EF/76.20 de fecha 24 de Noviembre del 2010, la Dirección Nacional de Presupuesto Público, emite opinión favorable para la creación de la Unidad Ejecutora Subregión de Desarrollo General Sánchez Cerro. Que, con RER N° 1033-2010-GR/MOQ. de fecha 30 de Noviembre del 2010 el Titular de Pliego 455 Gobierno Regional Moquegua, dispone lo siguiente: Artículo Primero CREAR la Unidad Ejecutora Sub Región de Desarrollo Sánchez Cerro; Artículo Segundo: Disponer la Gerencia de Regional de Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, ejecute las acciones correspondientes en el marco de la normatividad presupuestal vigente, a fi n de dar cumplimiento a lo dispuesto en el articulo precedente, Artículo Tercero: Disponer que la Gerencia Subregional de General Sánchez Cerro efectúe la adecuación y actualización de sus documentos de gestión, debiendo informar documentadamente de todo lo actuado a la Presidencia del Gobierno Regional Moquegua. Que, de conformidad con la Ley 28411, Ley 29812, y en uso de las facultades otorgadas por Ley N° 27867 y modifi catorias, con el voto Unánime del Consejo Regional y con la dispensa de aprobación del acta de sus miembros. SE ACUERDA: Artículo Primero.- DECLARAR DE INTERES REGIONAL, el Apropiado Funcionamiento, Implementación e inicio de Actividades de la Unidad Ejecutora Sánchez Cerro – Omate, para el ejercicio fi scal 2013, como Unidad Ejecutora integrante del Pliego Presupuestario 455 Gobierno Regional Moquegua. Artículo Segundo.- DISPONER que la Gerencia General, Gerencia de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Dirección Regional de Administración, según corresponda efectúen las acciones convenientes y oportunas para la programación y asignación de recursos presupuestarios inmediatas, entre otras acciones, tendientes al cumplimiento de los dispuesto en el artículo anterior. Artículo Tercero.- RECOMENDAR a la Dirección de Recursos Humanos del Gobierno Regional que los trabajadores nombrados en esta Sub Región y que han sido desplazados a otra Unidad Orgánica del Gobierno Regional sean ubicados en su plaza original en la Unidad Ejecutora Sánchez Cerro. Artículo Cuarto.- CONSTITUIR una Comisión Multipartidaria del Consejo Regional que conjuntamente con las autoridades locales de Sánchez Cerro realicen gestiones al más alto nivel y ante el Ministerio de Economía y Finanzas, para lograr el Adecuado funcionamiento de la Unidad Ejecutora Sánchez Cerro. Artículo Quinto: DISPONER su publicación en el Diario Ofi cial El peruano y en el portal Web del Gobierno Regional Moquegua. Regístrese, publíquese y cúmplase. PABLO F. RAMIREZ DELGADO Consejero Delegado Consejo Regional Moquegua 840784-1 GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI Aprueban transferencia financiera de recursos del Gobierno Regional a favor de EMAPACOPSA ACUERDO Nº 075-2012-GRU/CR Pucallpa, 19 de julio del 2012 POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI, en Sesión Ordinaria de fecha 21 de junio del 2012, con el voto unánime del Consejo Regional y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 101º del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, aprobó el siguiente Acuerdo Regional: Primero.- APROBAR la Transferencia Financiera de los Recursos del Gobierno Regional de Ucayali a favor de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Coronel Portillo SA – EMAPACOPSA, ascendente a la suma de S/. 395,000.00 (TRESCIENTOS NOVENTICINCO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) en mérito al Convenio Interinstitucional Nº 001-2012 de fecha 10/01/2012 y que tiene por fi nalidad cubrir los costos de capacitación y equipamientos de la EPS considerado en el expediente técnico del proyecto se Inversión Pública “Construcción del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario de Yarinacocha - II Etapa - Sector 10 – Pucallpa; Segundo.- RECOMENDAR al Ejecutivo Regional informe al Consejo Regional del avance del gasto que se realice en mérito a la presente transferencia; Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Administración la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Ofi cial El Peruano y en un Diario de circulación regional, así como en el portal web del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe). POR TANTO: Mando se publique y cumple. ORISON ARMANDO LEVEAU BARTRA Consejero Delegado Consejo Regional 840827-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Autorizan celebración de Matrimonio Civil Comunitario 2012 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 230-MDSJM San Juan de Mirafl ores, 27 de agosto del 2012