NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (16/09/2012)
CANTIDAD DE PAGINAS: 40
TEXTO PAGINA: 4
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 16 de setiembre de 2012 474550 y de Gobierno del Foro América del Sur - Países Árabes (ASPA); Que, dicha Cumbre permitirá al Perú recibir a los más altos representantes de los países de América del Sur y de los Países Árabes, para abordar temas de importancia birregional, a favor del desarrollo, la preservación del medioambiente, el diálogo intercultural, y el intercambio recíproco en materia de comercio, inversiones y turismo; Que, mediante Resolución Suprema N° 156-2012- RE, de 4 de julio de 2012, se modifi có el artículo 1° de la Resolución Suprema N° 002-2012-RE, declarando de Interés Nacional la realización en el Perú, en el transcurso del cuarto trimestre del año 2012, de la III Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno del Foro América del Sur - Países Árabes (ASPA), así como también las actividades y eventos relacionados con ella que tendrán lugar antes, durante y después de la citada cumbre; Que, dada la importancia de este evento, es necesario adoptar medidas de diversa naturaleza para la atención y seguridad de los altos dignatarios que nos visitarán, por lo que resulta conveniente declarar día no laborable sujeto a horas de trabajo compensables o recuperables, en Lima Metropolitana (Lima y sus distritos) y en la Provincia Constitucional del Callao, los días de la Cumbre en el que se reunirán los Jefes de Estado y de Gobierno de los países miembros del Foro ASPA, a fi n de facilitar la implementación de tales medidas; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1°.- Días no laborables Declarar día no laborable, a nivel de Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao, para los trabajadores de los Sectores Público y Privado, los días lunes 1° y martes 2 de octubre de 2012. Para los fi nes tributarios, dichos días serán considerados hábiles. Artículo 2º.- Compensación de horas En el sector público, las horas dejadas de laborar durante los días declarados no laborables serán compensadas en los días inmediatos posteriores, o en la oportunidad que establezca el Titular de cada entidad pública, en función a las necesidades de la misma. En el sector privado, mediante acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, se establecerá la forma como se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar; a falta de acuerdo, decidirá el empleador. Artículo 3°.- Supuesto de excepción Sin perjuicio de lo establecido en los artículos precedentes, los titulares de las entidades del Sector Público adoptarán las medidas necesarias para garantizar a la comunidad, durante los días no laborables establecidos, la provisión de aquellos servicios que resultan indispensables. Artículo 4°.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Relaciones Exteriores y el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de setiembre del año dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores JOSÉ ANDRÉS VILLENA PETROSINO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 841937-2 Autorizan viaje de funcionario de CEPLAN a Ecuador, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 294-2012-PCM Lima, 15 de setiembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Vecindad Peruana - Ecuatoriana ha sido establecida por el Acuerdo Amplio Peruano- Ecuatoriano de Integración Fronteriza, Desarrollo y Vecindad de 1998, a fi n de impulsar, apoyar y coordinar los programas, proyectos y actividades que generen acercamiento y comunidad de interés entre ambos país; Que, por Ofi cio RE (SUD) Nº 1-0-B/220, el Secretario Ejecutivo Nacional de la Comisión Peruana – Ecuatoriana, comunica al Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN) que en la ciudad de Guayaquil, República del Ecuador, se llevará a cabo el 19 de setiembre en curso, la XI Reunión de la Comisión de Vecindad Peruana – Ecuatoriana, en la cual deben presentarse las metas específi cas de carácter binacional en materia de desarrollo social para la Zona de Integración Fronteriza, al ser alcanzadas de manera sucesiva y progresiva en el próximo quinquenio y decenio; Que, la presentación de las referidas metas de desarrollo social, fue instruida al Centro Nacional de Planeamiento Estratégico del Perú (CEPLAN) y a la Secretaría Nacional de Planifi cación y Desarrollo del Ecuador (SENPLADES), según el punto 2 del anexo 1 de la Declaración Presidencial “Fortaleciendo la Integración para la Inclusión Social y el Desarrollo Sostenible”, suscrita por los mandatarios de ambos países en el marco del Encuentro Presidencial y V Reunión del Gabinete Binacional de Ministros del Ecuador y del Perú, realizadas en la ciudad de Chiclayo, el 29 de febrero de 2012; Que, por comunicación electrónica de fecha 10 de setiembre de 2012, el Director de Coordinación del Capítulo Perú del Plan Binacional de Desarrollo Fronterizo Perú – Ecuador, solicita al CEPLAN que el funcionario responsable del indicado tema, pueda estar presente del 17 al 19 de setiembre en curso, en la ciudad de Guayaquil para que intervenga en la reunión preparatoria de la citada Reunión de Vecindad, a fi n de fi niquitar las tratativas con la contraparte ecuatoriana, dado que se trata de una presentación binacional; Que, en ese sentido, es conveniente autorizar el viaje del señor Elías Joel Ruiz Chávez, Director Nacional de la Dirección Nacional de Seguimiento y Evaluación del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, a la ciudad Guayaquil, República de Ecuador, del 17 al 19 de setiembre de 2012, y; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, el Decreto Supremo Nº 046- 2009-PCM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, y la Ley Nº 29812-Ley de Presupuesto del Sector Publico para el año 2012; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje en comisión de servicio, del 17 al 19 de setiembre de 2012, del señor Elías Joel Ruiz Chávez, Director Nacional de la Dirección Nacional de Seguimiento y Evaluación del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, a la ciudad de Guayaquil, República de Ecuador, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- El gasto que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema será cubierto con cargo al Pliego Presupuestal del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, conforme al siguiente detalle: Viáticos US$ 600.00 Pasajes (incluye TUUA) US$ 1,209.40 ---------------------- Total US$ 1,809.40 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno, la persona autorizada por la presente Resolución Suprema deberá presentar un informe respecto de las acciones realizadas durante el viaje, los logros obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados.