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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (16/09/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 21

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 16 de setiembre de 2012 474567 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Aprueban valuaciones comerciales de terreno, cultivos y/o mejoras de la Comunidad Campesina de Icaco afectados por derecho de vía de Proyecto Vial ubicado en el departamento de Puno RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 477-2012-MTC/02 Lima, 11 de setiembre de 2012 VISTO: La Nota de Elevación Nº 415-2012-MTC/20 de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVÍAS NACIONAL sobre la aprobación de valuaciones comerciales de predios de la Comunidad Campesina de ICACO afectados por el derecho de vía del Proyecto Corredor Vial Interoceánico del Sur, Perú - Brasil, Tramo IV: Azángaro - Puente Inambari, Segunda - Tercera Etapas ; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27628, Ley que facilita la ejecución de obras públicas viales, establece que la adquisición de inmuebles afectados por trazos en vías públicas se realizará por trato directo entre la entidad ejecutora y los propietarios, o conforme al procedimiento establecido en la Ley General de Expropiaciones; Que, de acuerdo con los artículos 2 y 3 de la Ley Nº 27628, el valor de tasación para la adquisición de inmuebles por trato directo afectados por trazos en vías públicas será fi jado por el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA, actualmente a cargo de la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento acorde con el Decreto Supremo Nº 025-2006-VIVIENDA y la Resolución Ministerial Nº 010-2007-VIVIENDA, sobre la base del valor comercial actualizado de los mismos, que será aprobada mediante Resolución Ministerial del Sector Transportes y Comunicaciones, y que, el precio que se pagará por todo concepto a los propietarios vía trato directo será el monto del valor comercial actualizado de los mismos, más un porcentaje del 10% de dicho valor; Que, Provías Nacional y la Dirección Nacional de Construcción suscribieron el Convenio Marco N° 037- 2009-MTC/20 de Cooperación Interinstitucional, para que en aplicación de la Ley N° 27117, Ley General de Expropiaciones, y la Ley N° 27628, la referida Dirección efectúe la valuación comercial de los predios afectados por la ejecución de obras públicas realizadas por dicho Proyecto Especial, así como los ejecutados por los contratos de concesión de los Proyectos de Infraestructura de Transporte que comprenden la Red Vial Nacional; Que, dentro de los alcances del Convenio Marco N° 037-2009-MTC/20 de Cooperación Interinstitucional, Provías Nacional y la Dirección Nacional de Construcción suscribieron los Convenios Específi cos Nos. 51, 56 y 77 de fechas 25 de marzo, 5 de abril y 18 de agosto de 2011, con el objeto de que se efectúe las valuaciones comerciales de 55, 59 y 56 predios afectados por el derecho de vía del Proyecto Corredor Vial Interoceánico del Sur, Perú - Brasil, Tramo IV: Azángaro - Puente Inambari, Segunda - Tercera Etapas, ubicados en el distrito de San Gabán, provincia de Carabaya, departamento de Puno, respectivamente; Que, la Unidad Gerencial de Estudios de Provías Nacional, a través del Memorándum N° 3450-2012- MTC/20.6 e Informe N° 122-2012-SOV, manifi esta que la Dirección Nacional de Construcción cumplió con remitir un total de ciento setenta (170) Informes Técnicos de Tasación de acuerdo con los convenios suscritos, de los cuales ciento treinta y seis (136) corresponden a valuaciones de un (1) predio (terreno) y ciento treinta y cinco (135) cultivos y/o mejoras pertenecientes a la Comunidad Campesina de ICACO, afectados por el derecho de vía del Proyecto Corredor Vial Interoceánico del Sur, Perú - Brasil, Tramo IV: Azángaro - Puente Inambari, Segunda - Tercera Etapas, ubicados en el distrito de San Gabán, provincia de Carabaya, departamento de Puno; por lo que, en aplicación de la Ley N° 27628, Ley que facilita la ejecución de obras públicas viales, y teniéndose en cuenta la Ley N° 24656, Ley General de Comunidades Campesinas, corresponde aprobar las valuaciones efectuadas, señalando las 136 valuaciones en relación adjunta; Que, la Unidad Gerencial de Asesoría Legal de Provías Nacional con el Informe N° 492-2012-MTC/20.3 encuentra procedente, en aplicación de la Ley N° 27628, efectuar el trámite para la aprobación de las valuaciones comerciales de los bienes de la Comunidad Campesina de ICACO que se señala en el Informe N° 122-2012-SOV; Que, en consecuencia, de acuerdo con lo actuado, debe expedirse la resolución correspondiente; De conformidad con las Leyes Nº 27628 y Nº 29370 y el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar las valuaciones comerciales efectuadas por la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento contenidas en los Informes Técnicos de Tasación emitidos por dicha dependencia, correspondientes a un (1) terreno y ciento treinta y cinco (135) cultivos y/o mejoras de la Comunidad Campesina de ICACO, afectados por el derecho de vía del Proyecto Corredor Vial Interoceánico del Sur, Perú - Brasil, Tramo IV: Azángaro - Puente Inambari, Segunda - Tercera Etapas, ubicados en el distrito de San Gabán, provincia de Carabaya, departamento de Puno; de acuerdo al Anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO VALUACIONES COMERCIALES CORRESPONDIENTES A UN (01) PREDIO Y CIENTO TREINTA Y CINCO (135) CULTIVOS Y/O MEJORAS PERTENECIENTES A LA COMUNIDAD CAMPESINA DE ICACO AFECTADOS POR EL DERECHO DE VÍA DEL PROYECTO CORREDOR VIAL INTEROCEÁNICO DEL SUR, PERÚ - BRASIL, TRAMO IV: AZÁNGARO - PUENTE INAMBARI, SEGUNDA - TERCERA ETAPAS ITEM CÓDIGO VALOR COMERCIAL (US $) 1 T4 - CIC01 4,672.10 2 T4 - S.H- 014 1,567.35 3 T4 - S.H-015 2,953.97 4 T4 - S.H-016 2,654.19 5 T4 - S.H-017 1,919.68 6 T4 - S.H-018 1,673.12 7 T4 - S.H-019 1,498.25 8 T4 - S.H-020 2,140.18 9 T4 - S.H-021 4,177.36 10 T4 - S.H-022 2,938.25 11 T4 - S.H-023 9,625.76 12 T4 - S.H-024 77.55 13 T4 - S.H-025 2,231.69 14 T4 - S.H-026 659.83 15 T4 - S.H-027 2,057.36 16 T4 - S.H-028 658.16 17 T4 - S.H-029 2,075.36 18 T4 - S.H-030 1,251.81 19 T4 - S.H-031 1,786.35 20 T4 - S.H-032 2,350.56 21 T4 - S.H-033 687.96 22 T4 - S.H-034 1,968.69