Norma Legal Oficial del día 17 de septiembre del año 2012 (17/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, lunes 17 de setiembre de 2012

NORMAS LEGALES

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sincretismo cultural de los habitantes andinos, asi como la gran valoracion y cuidado de la naturaleza y la intima relacion entre las comunidades rurales y su entorno natural; Que, el articulo 21º de la Constitucion Politica del Peru senala que es funcion del Estado la proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el numeral 2) del articulo 1º de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, establece que integran el Patrimonio Cultural de la Nacion, las creaciones de una comunidad cultural fundadas en las tradiciones, expresadas por individuos de manera unilateral o grupal, y que reconocidamente responden a las expectativas de la comunidad, como expresion de la identidad cultural y social; ademas de los valores transmitidos oralmente, tales como los idiomas, lenguas y dialectos originarios, el saber y los conocimientos tradicionales, ya MORDAZA artisticos, gastronomicos, medicinales, tecnologicos, folcloricos o religiosos, los conocimientos colectivos de los pueblos y otras expresiones o manifestaciones culturales que en conjunto conforman nuestra diversidad cultural como pais; Que, los articulos IV y VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, senalan que es de interes social y de necesidad publica la identificacion, registro, inventario, declaracion, proteccion, restauracion, investigacion, conservacion, puesta en valor y difusion del Patrimonio Cultural de la Nacion y su restitucion en los casos pertinentes; siendo el Instituto Nacional de Cultura (hoy Ministerio de Cultura) la autoridad encargada de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nacion dentro del ambito de su competencia; Que, corresponde al Ministerio de Cultura en cumplimiento de la funcion que le asigna la Ley y con la participacion activa de la comunidad, realizar una permanente identificacion de dichas manifestaciones tradicionales del MORDAZA que deben ser declaradas como Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el articulo 14º de la Ley Nº 29565 - Ley de creacion del Ministerio de Cultura, senala que el Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales tiene entre sus funciones, la de formular, coordinar, ejecutar y supervisar la politica relacionada con el fomento de la cultura y la creacion cultural en todos sus aspectos y ramas del Patrimonio Cultural, lo que incluye la declaracion, administracion, promocion, difusion y proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion, de conformidad con la respectiva politica nacional; Que, la Directiva Nº 001-2011-MC, aprobada por Resolucion Ministerial Nº 080-2011-MC, modificada por Resolucion Ministerial Nº 103-2011-MC y Resolucion Ministerial Nº 302-2012-MC, establece el procedimiento para la declaracion de las manifestaciones del Patrimonio Inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nacion y el otorgamiento de reconocimientos, correspondiendo a esta autoridad, declarar las manifestaciones del Patrimonio Cultural Inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, mediante Informe Nº 539-2012-OAGJ-SG/MC, de fecha 29 de agosto de 2012, la Oficina General de Asesoria Juridica senalo que de acuerdo a la normativa vigente, entiendase la expuesta en la presente Resolucion y en virtud a lo manifestado por la Direccion de Patrimonio Inmaterial Contemporaneo, la celebracion del MORDAZA de la provincia de Tayacaja, departamento de Huancavelica, reune las condiciones necesarias para que sea declarada como Patrimonio Cultural de la Nacion; Estando a lo visado por la Directora General de la Direccion General de Patrimonio Cultural, la Directora de la Direccion de Patrimonio Inmaterial Contemporaneo y el Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29565 - Ley de creacion del Ministerio de Cultura; Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2006ED; la Directiva Nº 001-2011-MC, aprobada por Resolucion Ministerial Nº 080-2011-MC y modificada por Resolucion Ministerial Nº 103-2011-MC y Resolucion Nº 302-2012-MC; el Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 001-2011-MC; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a la celebracion del MORDAZA de la provincia de

Tayacaja, departamento de Huancavelica, por su gran continuidad historica y vigencia, su contribucion para reforzar la identidad regional y de transmitir simbolos y valores comunales ancestrales, constituyendo tambien una ocasion para el desenvolvimiento y transmision intergeneracional de practicas musicales tradicionales de la zona. Asimismo, por constituir un ejemplo del sincretismo cultural MORDAZA y reflejar la estrecha relacion e interaccion de las comunidades rurales con su entorno natural. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VARON GABAI Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 841468-1 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 051-2012-VMPCIC-MC MORDAZA, 12 de setiembre de 2012 Visto, el Oficio Nº 068-2012-MPSC/A (Exp. Nº 0160222012) de la Municipalidad Provincial de MORDAZA MORDAZA del departamento de La Libertad; el Informe N° 140-2012DPIC-DGPC/MC de la Direccion de Patrimonio Inmaterial Contemporaneo; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 07 de MORDAZA de 2012, el MORDAZA de la Municipalidad Provincial de MORDAZA MORDAZA del departamento de La MORDAZA, emitio el Oficio Nº 0682012-MPSC/A por medio del cual remite el expediente tecnico de declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nacion de la manifestacion cultural conocida como la "Contradanza"; Que, a traves del Informe N° 302-2012-DGPCVMPCIC/MC del 16 de agosto de 2012, la Direccion General de Patrimonio Cultural elevo al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales el Informe Nº 140-2012-DPIC-DGPC/MC, de fecha 15 de agosto de 2012, que fuera emitido por la Direccion de Patrimonio Inmaterial Contemporaneo donde recomienda declarar como Patrimonio Cultural de la Nacion a la Contradanza; Que, en el Informe MORDAZA citado, la Direccion de Patrimonio Inmaterial Contemporaneo senala como fundamentos de la declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nacion de la manifestacion cultural denominada la Contradanza, los siguientes argumentos: Que, la contradanza es originalmente una danza europea que, sobre un compas binario, tiene una coreografia consistente en un numero variable de figuras entre un grupo de bailarines organizados en dos o cuatro hileras. Como muchas otras danzas, deriva de una danza de origen rural, en este caso ingles (contradanza es una traduccion de la palabra MORDAZA "contredance", a su vez tomado del original ingles "country dance" o danza campestre) que fue adoptada por la corte isabelina hacia 1600 y por otras cortes europeas a lo largo del siglo XVII. Segun el expediente, esta moda llega a Espana hacia 1710, en sus versiones francesa e inglesa, no solo como una moda cortesana sino tambien como un baile publico para carnavales y bailes de mascaras en general. En la version inglesa, consistia en dos filas enfrentadas, de varones y otra de mujeres, de un numero variable de personas, y en la version francesa, se trata de cuatro parejas que forman un MORDAZA, en ambos casos la coreografia consiste en que los participantes salen de su distribucion original para encontrarse y desarrollar una figura de baile, volviendo a su posicion de inicio, esquema con el cual se pasa por un variado numero de figuras. En poco tiempo esta moda llega a las colonias americanas y cobra popularidad entre los diversos estratos sociales, incluyendo los estratos indigenas y afroamericanos, y fue la base de diversas danzas en numerosas partes del continente; Que, segun la informacion accesible sobre este tema, en 1551 llego a Huamachuco un grupo de sacerdotes agustinos quienes trazan el diseno de la MORDAZA y establecen los sitios para la construccion de la iglesia y el convento, fundando de esta manera la MORDAZA de Huamachuco. Dos anos despues, esta orden instituye como patrona local

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